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Buen dia,
Deseo saber como pagar unicamente salud, ya que hoy soy independiente sin ingresos y cotice 30 años pension
Deseo saber como pagar unicamente salud, ya que hoy soy independiente sin ingresos y cotice 30 años pension
El gobierno response
Urna de Cristal
Hola Carlos,
En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:
Por regla general todo trabajador independiente que se encuentre cotizando al régimen contributivo en salud, debe hacerlo también a pensiones sobre la misma base, excepto aquellos con ingresos iguales o inferiores a un salario mínimo que a fecha de entrada en vigencia del Decreto 4465 de 2011 (25 de noviembre de 2011) se encontraran inscritos en el Registro de Independientes de Bajos Ingresos (RIBI), cotizando sólo a salud como cotizante 41 ó 42.
Estos trabajadores, en virtud del Decreto 1623 del 30 de julio de 2013, podrán seguir cotizando solo a salud hasta cuando comience a operar el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEP), que será manejado por Colpensiones.
Si a 25 de noviembre de 2011 no estaba inscrito en el RIBI y actualmente no cuenta con ingresos para afiliarse a los sistema de salud y pensiones, puede realizar el trámite de afiliación al Régimen Subsidiado, para lo cual debe acudir a la alcaldía de su municipio y solicitar que le sea aplicada la encuesta Sisben. El municipio debe informarle el puntaje y el nivel en que quedó clasificada.
Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web www.minsalud.gov.co donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx
En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:
Por regla general todo trabajador independiente que se encuentre cotizando al régimen contributivo en salud, debe hacerlo también a pensiones sobre la misma base, excepto aquellos con ingresos iguales o inferiores a un salario mínimo que a fecha de entrada en vigencia del Decreto 4465 de 2011 (25 de noviembre de 2011) se encontraran inscritos en el Registro de Independientes de Bajos Ingresos (RIBI), cotizando sólo a salud como cotizante 41 ó 42.
Estos trabajadores, en virtud del Decreto 1623 del 30 de julio de 2013, podrán seguir cotizando solo a salud hasta cuando comience a operar el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEP), que será manejado por Colpensiones.
Si a 25 de noviembre de 2011 no estaba inscrito en el RIBI y actualmente no cuenta con ingresos para afiliarse a los sistema de salud y pensiones, puede realizar el trámite de afiliación al Régimen Subsidiado, para lo cual debe acudir a la alcaldía de su municipio y solicitar que le sea aplicada la encuesta Sisben. El municipio debe informarle el puntaje y el nivel en que quedó clasificada.
Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web www.minsalud.gov.co donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx
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