Resuelve todas tus dudas sobre el nuevo subsidio para adquirir vivienda

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El gobierno nacional presentó "Mi Casa Ya - Subsidio a la tasa de interés", un nuevo programa para que los colombianos puedan acceder a vivienda propia.

En total serán entregados 50 mil subsidios, siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos:

  • No haber sido beneficiario de ninguno de los subsidios a la tasa de interés ofrecidos por el Gobierno nacional anteriormente.
  • Comprar una vivienda nueva urbana con precio mayor a 135 salarios mínimos ($93.076.358) y menor o igual a 335 salarios mínimos ($230.967.258).
  • El trámite se podrá adelantar directamente en la entidad financiera de su preferencia o el Fondo Nacional del Ahorro una vez se cuente con toda la reglamentación.

Te invitamos a dejar todas tus preguntas para resolverlas a través de nuestro sitio web y en el programa de Urna de Cristal Televisión, el 21 de enero a las 7 p.m.

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PREGUNTAS DE LOS CIUDADANOS

Nasly forero
Mar, 26/01/2016 - 20:33
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le solicitamos remitir sus datos personales (nombre completo, tipo y n&uacute;mero de documento de identidad y direcci&oacute;n de residencia), lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud.&nbsp;</p>
<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo&nbsp;<a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 49 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>
<p>Igualmente puede comunicarse con el Centro de Contacto al Ciudadano al tel&eacute;fono (1)7458021 o a la L&iacute;nea gratuita nacional 01 8000 112 435, donde nuestros asesores estar&aacute;n prestos a brindar informaci&oacute;n respecto a sus inquietudes referentes al Fondo Nacional de Vivienda.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que una vez decida qu&eacute; vivienda comprar a trav&eacute;s del programa Mi Casa Ya, se debi&oacute; acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida, seguido de esto la entidad financiera realiza los cruces de informaci&oacute;n y la verificaci&oacute;n del cumplimiento de los requisitos tanto del subsidio como del cr&eacute;dito de vivienda. Por lo anterior es necesario acudir ante la entidad bancaria donde solicit&oacute; el cr&eacute;dito, quien le informar&aacute; sobre el estado de su solicitud.</p>
Sandra Sanchez Silva
Mar, 26/01/2016 - 18:00
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que con las inversiones del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo (PIPE 2.0) regresa el&nbsp;<strong>subsidio a la tasa de inter&eacute;s</strong>&nbsp;para hogares interesados en adquirir vivienda nueva cuyo valor oscile entre los $93 y los 230 millones de pesos.</p>
<p>Gracias a estos nuevos beneficios 50 mil familias de clase media podr&aacute;n hacer realidad el sue&ntilde;o de tener&nbsp;<strong>casa propia</strong>&nbsp;y dejar de pagar arriendo.</p>
<p>Con la implementaci&oacute;n de estos 50 mil&nbsp;<strong>nuevos cupos al subsidio a la tasa de inter&eacute;s</strong>&nbsp;para la compra de&nbsp;<strong>vivienda</strong>&nbsp;entre 135 y 335 salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (93 &ndash; 230 millones) se espera generar entre 85 mil y 100 mil empleos directos, y cerca de 250 mil indirectos.</p>
<p>El acceso a este subsidio es a trav&eacute;s de las entidades bancarias para compra de&nbsp;<strong>proyectos de vivienda nueva</strong>.&nbsp;</p>
luis alberto suarez fernandez
Mar, 26/01/2016 - 10:46
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada</p>
<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;No obstante dentro de la oferta institucional vigente del Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA, no hay programas abiertos en la modalidad de construcci&oacute;n en sitio propio, sin embargo se recomienda acudir ante la caja de compensaci&oacute;n familiar a la cual se encuentre afiliado o en su defecto a la Alcald&iacute;a Municipal de donde se encuentre ubicado el predio con el fin de recibir informaci&oacute;n sobre los programas de vivienda que puedan tener en la modalidad de construcci&oacute;n en sitio propio</p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO:<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre&nbsp;$48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s&nbsp;<a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a>&nbsp;para compra de vivienda de valor menor a&nbsp;$93.076.290.&nbsp;Programa Arriendo Social:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a>&nbsp; &nbsp; &nbsp;&nbsp;</p>
Fanorl
Mar, 26/01/2016 - 09:51
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, respecto a su solicitud, es importante tener en cuenta que<strong> n</strong><strong>o es necesario recurrir a intermediarios para realizar el tr&aacute;mite de solicitud de subsidio dicho tramite es gratuito y se realiza ante las cajas de compensaci&oacute;n familiar, as&iacute; mismo durante ninguna etapa del proceso de asignaci&oacute;n se realiza alg&uacute;n tipo de cobro.</strong></p>
<p>Si tiene alguna otra inquietud sobre el tema de vivienda, respetuosamente la invito a acudir a la Caja de Compensaci&oacute;n Familiar m&aacute;s cercana a su residencia actual, la cual estar&aacute; atenta&nbsp; a resolver sus consultas, en desarrollo del Contrato de Encargo de Gesti&oacute;n suscrito entre Fonvivienda y Cavis UT.</p>
<p>Igualmente en la p&aacute;gina web <a href="http://www.100milviviendasgratis.gov.co/">www.100milviviendasgratis.gov.co</a> usted puede acceder a toda la informaci&oacute;n actualizada sobre este programa, de igual manera en el link <a href="http://www.100milviviendasgratis.gov.co/publico/Default.aspx">http://www.100milviviendasgratis.gov.co/publico/Default.aspx</a> encontrar&aacute;&nbsp; lo correspondiente&nbsp; a la ejecuci&oacute;n de los proyectos; y de acuerdo al Contrato de Encargo de Gesti&oacute;n suscrito entre el Fonvivienda y Cavis UT en el link <a href="http://www.uniontemporaldecajas.org/">http://www.uniontemporaldecajas.org/</a> usted encontrar&aacute; la relaci&oacute;n de las convocatorias para la postulaci&oacute;n de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, que a la fecha se les ha dado apertura</p>
Fanorl
Mar, 26/01/2016 - 09:48
Pregunta:
Respuesta: <p><span>Buen d&iacute;a, nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS, de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin, es la unica forma de poder acceder a este beneficio.<o p=""></o></span></p>
sandra dayana ramirez molina
Lun, 25/01/2016 - 22:57
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa, al ingresar encontrar&aacute; la informaci&oacute;n sobre los municipios y departamentos donde aplica cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a>&nbsp;o&nbsp;<a href="http://www.100milviviendasgratis.gov.co">http://www.100milviviendasgratis.gov.co</a></p>
<p>Programa CASA AHORRO:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780.&nbsp;</p>
<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre&nbsp;$48.261.780 y $93.076.290.&nbsp;</p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s:&nbsp;<a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a>&nbsp;para compra de vivienda de valor menor a&nbsp;$93.076.290.&nbsp;</p>
<p>Programa Mi Casa ya &ndash; Subsidio a la Tasa:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a>&nbsp;para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090.&nbsp;</p>
<p>Programa Arriendo Social:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a>&nbsp; &nbsp; &nbsp;&nbsp;</p>
LULU 85
Lun, 25/01/2016 - 18:57
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, respecto a su inquietud, para acceder a los mencionados beneficios de &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, los hogares deber&aacute;n cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto No. 1077 del 2015 ART&Iacute;CULO 2.1.1.4.1.3.1., se&ntilde;alados a continuaci&oacute;n:</p>
<p>- Tener ingresos totales mensuales superiores al equivalente a dos (2) salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes y hasta por el equivalente a cuatro (4) salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes.</p>
<p>- &nbsp;No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.</p>
<p>- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>
<p>- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno Nacional, que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago, de acuerdo con lo establecido en el art&iacute;culo 33 de la Ley 546 de 1999 o cuando la vivienda en la cual se haya aplicado el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastres naturales, calamidades p&uacute;blicas, emergencias, o atentados terroristas, o que haya sido abandonada o despojada en el marco del conflicto armado interno.</p>
<p>- No haber sido beneficiarios, a cualquier t&iacute;tulo, de las coberturas de tasa de inter&eacute;s, establecidas en los Decretos 1143 de 2009, 1190 de 2012, 0701 de 2013 o 161 de 2014, y las normas que lo reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan.</p>
<p>- Contar con un cr&eacute;dito aprobado para la adquisici&oacute;n de la soluci&oacute;n de vivienda.</p>
<p>El cumplimiento de los requisitos mencionados ser&aacute; verificado por el sistema de informaci&oacute;n dispuesto por el Gobierno Nacional para el efecto, el cual ser&aacute; consultado por el establecimiento de cr&eacute;dito o el Fondo Nacional del Ahorro al cual acuda para la obtenci&oacute;n del cr&eacute;dito de vivienda.</p>
<p>Adicionalmente, le informo que &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; aplicar&aacute; para la compra de viviendas de inter&eacute;s social urbanas nuevas, con valores superiores a 70 SMMLV e inferiores o iguales a 135 SMMLV, cuyas escrituras p&uacute;blicas de adquisici&oacute;n se suscriban con posterioridad al 1 de septiembre de 2015, de acuerdo a la resoluci&oacute;n 103 del 23 de febrero de 2016 se estableci&oacute; que Mi casa Ya se implementara en todos los departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios del mismo</p>
Yorly
Dom, 24/01/2016 - 23:28
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, respecto a su inquietud, nos permitimos informarle que para acceder al programa de Vivienda de inter&eacute;s Social &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, los hogares deber&aacute;n cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 1077 de 2015, se&ntilde;alados a continuaci&oacute;n:</p>
<p>- Tener ingresos totales mensuales superiores al equivalente a dos (2) salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes y hasta por el equivalente a cuatro (4) salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes.</p>
<p>- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.</p>
<p>- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>
<p>- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno Nacional, que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago, de acuerdo con lo establecido en el art&iacute;culo 33 de la Ley 546 de 1999 o cuando la vivienda en la cual se haya aplicado el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastres naturales, calamidades p&uacute;blicas, emergencias, o atentados terroristas, o que haya sido abandonada o despojada en el marco del conflicto armado interno.</p>
<p>- No haber sido beneficiarios, a cualquier t&iacute;tulo, de las coberturas de tasa de inter&eacute;s, establecidas en los Decretos 1143 de 2009, 1190 de 2012, 0701 de 2013 o 161 de 2014, y las normas que lo reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan.</p>
<p>-&nbsp;<strong>Contar con un cr&eacute;dito aprobado para la adquisici&oacute;n de la soluci&oacute;n de vivienda. Este requisito se acreditar&aacute; con una carta de aprobaci&oacute;n de cr&eacute;dito que deber&aacute; consistir en una evaluaci&oacute;n crediticia favorable emitida por un establecimiento de cr&eacute;dito o el Fondo Nacional del Ahorro.</strong></p>
<p>Asi las cosas, le informo que&nbsp;<strong>para que una persona pueda solicitar un cr&eacute;dito en una entidad financiera o en el FNA, esta no debe estar reportada como deudor moroso en ninguna central de informaci&oacute;n crediticia,</strong>&nbsp;ya que esto es un impedimento para la aprobaci&oacute;n del cr&eacute;dito, lo cual le impide acceder al programa.</p>
<p>Respecto a su inquietud, es viable, siempre y cuando durante todo el proceso, quien se postule, sea unicamente quien aparezca en toda la documentaci&oacute;n que requiere el proceso (inlcuidas las escrituras).</p>
Luis Gomez1
Dom, 24/01/2016 - 23:24
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, con respecto a su inquietud, le informamos que el programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; aplicar&aacute; para la compra de viviendas de inter&eacute;s social urbanas nuevas, con valores superiores a 70 SMMLV e inferiores o iguales a 135 SMMLV, cuyas escrituras p&uacute;blicas de adquisici&oacute;n se suscriban con posterioridad al 1 de septiembre de 2015, de acuerdo a la resoluci&oacute;n 103 del 23 de FEB de 2016 se estableci&oacute; que Mi casa Ya se implementara en todos los departamentos del pa&iacute;s y en todos los municipios del mismo, teniendo en cuenta la siguiente distribuci&oacute;n:</p>
<p>&bull; (30.000) treinta mil cupos disponibles desde el 23 de febrero de 2016&nbsp; para los hogares ubicados en los Municipios de Bogot&aacute; D.C., Soacha, Cajic&aacute;, Ch&iacute;a, Facatativ&aacute;, Funza, Fusagasug&aacute;, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquir&aacute;.</p>
<p>&bull; Para los dem&aacute;s municipios del pa&iacute;s los hogares podr&aacute;n seguir aplicando seg&uacute;n lo establecido en la normatividad vigente hasta completar (100.000) cien mil Hogares beneficiados.</p>
<p>Teniendo en cuenta que los beneficios de &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo; se encuentran vinculados a un cr&eacute;dito de vivienda, la solicitud de acceso al mismo deber&aacute; ser atendida por cualquier establecimiento de cr&eacute;dito o el Fondo Nacional del Ahorro, a su elecci&oacute;n.</p>
<p>&nbsp;</p>
Maria elena gamboa villamizar
Dom, 24/01/2016 - 14:03
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a>&nbsp;Programa CASA AHORRO:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre&nbsp;$48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s:&nbsp;<a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a>&nbsp;para compra de vivienda de valor menor a&nbsp;$93.076.290. Programa Mi Casa ya &ndash; Subsidio a la Tasa:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a>&nbsp;para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;</p>
MARITZA CASTELLANOS
Sáb, 23/01/2016 - 18:51
Pregunta:
MARITZA CASTELLANOS
Sáb, 23/01/2016 - 18:51
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa, al ingresar encontrar&aacute; la informaci&oacute;n sobre los municipios y departamentos donde aplica cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a>&nbsp;o&nbsp;<a href="http://www.100milviviendasgratis.gov.co">http://www.100milviviendasgratis.gov.co</a></p>
<p>Programa CASA AHORRO:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780.&nbsp;</p>
<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre&nbsp;$48.261.780 y $93.076.290.&nbsp;</p>
<p>Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s:&nbsp;<a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a>&nbsp;para compra de vivienda de valor menor a&nbsp;$93.076.290.&nbsp;</p>
<p>Programa Mi Casa ya &ndash; Subsidio a la Tasa:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a>&nbsp;para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090.&nbsp;</p>
<p>Programa Arriendo Social:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a>&nbsp; &nbsp; &nbsp;&nbsp;</p>
Monalisa
Sáb, 23/01/2016 - 17:04
Pregunta:
Respuesta: <p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, el Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a>&nbsp;Programa CASA AHORRO:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre&nbsp;$48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Inter&eacute;s:&nbsp;<a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a>&nbsp;para compra de vivienda de valor menor a&nbsp;$93.076.290. Programa Mi Casa ya &ndash; Subsidio a la Tasa:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a>&nbsp;para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social:&nbsp;<a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;</p>
Monalisa
Sáb, 23/01/2016 - 17:04
Pregunta:
jacobo gaviria
Vie, 22/01/2016 - 20:29
Pregunta:
Respuesta: <p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en la secci&oacute;n 1 del cap&iacute;tulo 2 del t&iacute;tulo 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS, de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>