¿Qué problemas tiene con el actual sistema pensional?

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Esta semana queremos consultar con los ciudadanos sobre los problemas concretos que se presentan en el actual sistema pensional. Actualmente el Gobierno a través del Ministerio de Trabajo plantea una propuesta de nuevo modelo de protección para la vejez. Cuéntanos tus problemas, opiniones, propuestas y comentarios. 

Conoce la propuesta de modelo pensional del Ministerio de Trabajo.

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PREGUNTAS DE LOS CIUDADANOS

Lulu Reyes Copello
Mar, 05/03/2013 - 16:56
Pregunta:
Respuesta: <p class="rtejustify">Buenos d&iacute;as</p>
<p class="rtejustify">Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico.</p>
<p class="rtejustify">En cuanto al interrogante planteado, el Equipo de Urna de Cristal, se permite brindar orientaci&oacute;n relacionada con el caso particular, para lo cual deber&aacute; en primera medida, radicar ante la entidad competente, en este caso Colpensiones, un Derecho de Petici&oacute;n con el fin de que sea informado el estado actual del tr&aacute;mite. As&iacute; mismo, en caso de no sea resuelto el Derecho de Petici&oacute;n, podr&aacute; acudir de manera subsidiaria al mecanismo de protecci&oacute;n de los Derechos Fundamentales, la Acci&oacute;n de tutela. En este sentido, deber&aacute; agotar todos y cada uno de los procedimientos se&ntilde;alados particularmente para el caso concreto, y as&iacute; poder acudir ante la Justicia Administrativa en caso de ser necesario.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte, podr&aacute; acudir ante el Ministerio del Trabajo, entidad que solucionar&aacute; todas y cada una de sus dudas, y de esta manera atender en la mayor parte las peticiones relacionadas con la materia. Para conocer el tr&aacute;mite, te invitamos a que visites www.mintrabajo.gov.co.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica para el programa de televisi&oacute;n, programa de radio y los Acuerdos para la Prosperidad. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify">&nbsp;</p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
ramon11046
Mar, 05/03/2013 - 13:58
Pregunta:
Respuesta: <p>OPINION DEL CIUDADANO</p>
Martha Yanneth Tellez
Lun, 04/03/2013 - 16:58
Pregunta:
Respuesta: <p>Respetado Ciudadano:</p>
<p class="rtejustify">En Colombia hay dos modalidades de cotizar para pensi&oacute;n: afiliarse a un r&eacute;gimen de prima media (RPM) a trav&eacute;s de COLPENSIONESantiguo ISS (Instituto de Seguros Sociales) o ahorrar en un fondo privado de pensi&oacute;n a trav&eacute;s de las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesant&iacute;a (AFP) en un r&eacute;gimen de ahorro individual (RAI).</p>
<p class="rtejustify">Existen cosas importantes para tener en cuenta en los de Fondos de Pensiones y Cesant&iacute;a (AFP) en un r&eacute;gimen de ahorro individual (RAI):</p>
<p class="rtejustify">1. En las AFP los aportes de los afiliados constituyen una cuenta de ahorro individual pensional.<br />
2. En el RAI el monto de la pensi&oacute;n de vejez depende del capital ahorrado.<br />
3. En el RAI, cuando el monto de su cuenta supera la cuant&iacute;a exigida para cubrir el 75% del promedio de los 10 &uacute;ltimos a&ntilde;os (cuota exigida por ley), el cotizante puede pedir que lo pensionen con lo legal y reclamar el excedente de su cuenta de ahorro individual para administrarla a su gusto.<br />
4 En el RAI su cuenta es &uacute;nicamente suya y heredable. Esto significa que si usted muere antes de tener el derecho de pensi&oacute;n, este dinero constituir&iacute;a algo similar a un seguro de vida para su familia.<br />
5. En el RAI los afiliados pueden realizar aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorias para incrementar el monto de su pensi&oacute;n y anticiparla.</p>
<p class="rtejustify">6. En cuanto al valor m&aacute;ximo de la pensi&oacute;n, con el RAI no hay un valor l&iacute;mite y los afiliados pueden recibir una pensi&oacute;n superior a la m&aacute;xima establecida por el RPM si el saldo en su cuenta de ahorro individual alcanza para financiarla.</p>
Enrique Gómez Müller
Lun, 04/03/2013 - 16:26
Pregunta:
Respuesta: <p>Respetado Ciudadano:</p>
<p class="rtejustify">Para resolver su inquietud es necesario que se dirija a COLPENSIONES, con el fin de consultar su solicitud. COLPENSIONES tiene su sede principal en Bogot&aacute; en la carrera 10 No. 72- 33 Torre B piso 11 y su Call Center 489-09-09, y sus oficinas de atenci&oacute;n al ciudadano en Bogot&aacute; a la carrera 15 No. 94-61 o en la carrera 13 No. 28-08, piso 2 locales 31 y 32.</p>
lucía
Dom, 03/03/2013 - 23:25
Pregunta:
Respuesta: <p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">La Urna de Cristal, es una herramienta de interacci&oacute;n con el ciudadano que tiene como objetivo generar propuestas para mejorar las pol&iacute;ticas del Gobierno Colombiano. Las quejas y los reclamos o mensajes con respecto a alguna entidad o tema determinado, debes hacerla llegar al ente espec&iacute;fico.</p>
<p class="rtejustify">Sin embargo el Equipo de Urna de Cristal, se permite brindar orientaci&oacute;n relacionada con el caso particular, para lo cual deber&aacute; en primera medida, radicar ante la entidad competente, en este caso Colpensiones, un Derecho de Petici&oacute;n con el fin de que sea informado el estado actual del tr&aacute;mite. As&iacute; mismo, en caso de no sea resuelto el Derecho de Petici&oacute;n, podr&aacute; acudir de manera subsidiaria al mecanismo de protecci&oacute;n de los Derechos Fundamentales, la Acci&oacute;n de tutela. En este sentido, deber&aacute; agotar todos y cada uno de los procedimientos se&ntilde;alados particularmente para el caso concreto, y as&iacute; poder acudir ante la Justicia Administrativa en caso de ser necesario.</p>
<p class="rtejustify">Por otra parte, podr&aacute; acudir ante el Ministerio del Trabajo, entidad que solucionar&aacute; todas y cada una de sus dudas, y de esta manera atender en la mayor parte las peticiones relacionadas con la materia. Para conocer el tr&aacute;mite, te invitamos a que visites www.mintrabajo.gov.co.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica para el programa de televisi&oacute;n, programa de radio y los Acuerdos para la Prosperidad. Lo invitamos a que participe y vote semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify">&nbsp;</p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
Elizabeth
Sáb, 02/03/2013 - 22:57
Pregunta:
Respuesta: <p>&nbsp;</p>
<p>Se&ntilde;or Ciudadano:</p>
<p>se debe dirigir a&nbsp;la oficina de&nbsp;Colpensiones,&nbsp; sucursal regional Caribe, ubicado en la ciudad: Cartagena.</p>
<p>Direcci&oacute;n: Calle 30 no. 17-109 locales 1-18 y 1-19 pie del cerro, Centro Comercial Portal de San Felipe.</p>
<p>Tel&eacute;fono 18000410909. Horario de atenci&oacute;n: 8am a 11:30am y 2:00pm a 4:00 pm de Lunes a Viernes,</p>
<p>&nbsp;</p>
LIMOS357
Sáb, 02/03/2013 - 20:29
Pregunta:
Respuesta: <p>Resp&egrave;tado Ciudadano:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p class="rtejustify">Se debe tener en cuenta que la pensi&oacute;n en sus diferentes modalidades es un pago que recibe una persona por encontrarse inmersa dentro de unos requisitos que exige la ley. La pensi&oacute;n est&aacute; establecida para personas que han dejado de laborar, mientras que el subsidio se establece para aquellos que est&aacute;n laborando a la fecha de su otorgamiento.</p>
LIMOS357
Sáb, 02/03/2013 - 20:26
Pregunta:
Respuesta: <p>Se&ntilde;or Ciudadano:</p>
<p class="rtejustify">El Gobierno Nacional ha creado los Beneficios Econ&oacute;micos Peri&oacute;dicos (BEP), un Esquema Flexible de Protecci&oacute;n para la Vejez. Un mecanismo que ser&aacute; administrado por COLPENSIONES para estas personas que no cuentan con suficientes ingresos, como consecuencia de la informalidad de la actividad econ&oacute;mica a la que se dedican o porque ganan menos de un salario m&iacute;nimo mensual. Un sistema flexible y voluntario para que estas personas guarden desde ahora los recursos que puedan y cuando puedan, mientras el Gobierno premia ese esfuerzo entregando un subsidio proporcional. El prop&oacute;sito es que estos colombianos tengan una vejez tranquila cuando dejen de trabajar.&nbsp; &iquest;Qui&eacute;n puede acceder al Esquema Flexible de Protecci&oacute;n para la Vejez? Personas con ingresos inferiores a un salario m&iacute;nimo; personas que alguna vez comenzaron a cotizar pero que por diferentes circunstancias no cumplen los requisitos para recibir la pensi&oacute;n. &iquest;C&oacute;mo y cu&aacute;ndo se puede comenzar a hacer los aportes a este Esquema Flexible de Protecci&oacute;n para la Vejez? Los aportes los podr&aacute; realizar cualquier persona que quiera participar en este mecanismo, guardando la cantidad de dinero que pueda y en la periodicidad en la que tenga capacidad para hacerlo. Actualmente, la nueva administradora del R&eacute;gimen de Prima Media, COLPENSIONES, est&aacute; estructurando la forma en el que este mecanismo de ahorro funcionar&aacute; en el d&iacute;a a d&iacute;a.&nbsp; &iquest;Qu&eacute; caracter&iacute;sticas tiene?&nbsp; Es un mecanismo individual, independiente, aut&oacute;nomo y voluntario de protecci&oacute;n para la vejez. Estimula el inter&eacute;s de los colombianos de escasos recursos por tener alg&uacute;n tipo de protecci&oacute;n en la vejez con la ayuda del Gobierno. Ofrece flexibilidad en la cantidad y la periodicidad a la hora de guardar los recursos y la participaci&oacute;n es voluntaria. Permite la inserci&oacute;n en el sistema financiero formal a los trabajadores informales.</p>
Alba María Ortiz Sierra
Sáb, 02/03/2013 - 18:51
Pregunta:
Respuesta: <p>Se&ntilde;or Ciudadano:</p>
<p class="rtejustify">De acuerdo al numeral 12 del art&iacute;culo 30 del Decreto 4108 de 2011 y al numeral 10 del art&iacute;culo 1 de la Resoluci&oacute;n 404 de 2012 debe dirigirse al Ministerio de Trabajo, Direcci&oacute;n Territorial del lugar de su residencia con el fin de verificar el cumplimiento de los deberes de los empleadores en relaci&oacute;n con el pago de las cotizaciones a la seguridad social y para la imposici&oacute;n de multas por violaci&oacute;n a las normas contenidas en los art&iacute;culos 161, 204 y 210 de la ley 100 de 1993. Lo anterior teniendo en cuenta que el art&iacute;culo 198 de la Ley 1607 DE 2012 (Reforma Tributaria) que derog&oacute; el art&iacute;culo 123 de la Ley 1438 de 2011 que facultaba a la UGPP.</p>
Yolima Yamel Perez Nuñez
Sáb, 02/03/2013 - 12:04
Pregunta:
Respuesta: <p>Respetada Ciudadana:</p>
<p>Puede ingresar a <a href="http://www.colpensiones.gov.co/">www.colpensiones.gov.co</a> en el link Historia laboral y ah&iacute; consultar su historia. En caso de no obtener resultados positivos debe dirigirse a COLPENSIONES, entidad que tiene su sede principal en Bogot&aacute; en la carrera 10 No. 72- 33 Torre B piso 11 y su Call Center 489-09-09, y sus oficinas de atenci&oacute;n al ciudadano en Bogot&aacute; a la carrera 15 No. 94-61 o en la carrera 13 No. 28-08, piso 2 locales 31 y 32.</p>
carito
Jue, 28/02/2013 - 11:07
Pregunta:
Respuesta: <p>Se&ntilde;or Ciudadano debe dirigirse a COLPENSIONES, con el fin de averiguar que paso con el pago. COLPENSIONES tiene su sede principal en Bogot&aacute; en la carrera 10 No. 72- 33 Torre B piso 11 y su Call Center 489-09-09, y sus oficinas de atenci&oacute;n al ciudadano en Bogot&aacute; a la carrera 15 No. 94-61 o en la carrera 13 No. 28-08, piso 2 locales 31 y 32. En caso que la pensi&oacute;n hubiere sido reconocida por un Fondo debe dirigirse a este averiguar lo pertinente.</p>
carito
Jue, 28/02/2013 - 11:07
Pregunta:
julieta
Jue, 28/02/2013 - 11:05
Pregunta:
Respuesta: <p class="rtejustify">Una vez emitida la Resoluci&oacute;n en donde se reconoce la pensi&oacute;n, el beneficiario debe notificarse personalmente o la entidad lo notificar&aacute; por edicto y una vez este ejecutoriado por lo general se debe incluir en la n&oacute;mina del mes siguiente.</p>
<p>&nbsp;</p>
carito
Jue, 28/02/2013 - 10:57
Pregunta: