davidferneycruz
Jue, 18/07/2013 - 13:22
Pregunta:
Respuesta: Respetado ciudadano,
Dando respuesta a su inquietud nos permitimos informarle que por disposición legal los recursos fiscales de la Nación destinados a becas o a créditos educativos universitarios en Colombia para apoyar a los estudiantes deben ser girados exclusivamente al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) y a él corresponde su administración; ésta es la única entidad autorizada y con plenas competencias para ofrecer créditos educativos y beneficios sobre los mismos. En el ICETEX se financia jóvenes colombianos que desean continuar sus estudios de posgrado en el país o en el extranjero (especializaciones, maestrías, doctorados, cursos de post-doctorado, avanzados en un segundo idioma, prácticas, etc.) Las instituciones donde se hacen los estudios son reconocidos por el Ministerio de Educación. ICETEX prestan de hasta 16 mil dólares bajo tipo de interés muy por debajo del mercado financiero. También ICETEX gestiona oferta internacional de becas ofrecidas por gobiernos, organizaciones internacionales, entre otros. En 2011, el ICETEX consiguió 904 becas con una inversión total de 22.414 millones de pesos.
Así mismo y para atender a la inquietud de generación de apoyo, es importante señalar el gobierno nacional ha definido acciones de financiación para las poblaciones que pertenezcan al nivel 1 ó 2 del SISBEN, versión II o su equivalente en la versión III del mismo. Dentro de estas acciones es importante resaltar el programa de Acceso con Calidad a la Educación Superior– ACCES. Ésta línea otorga crédito de carácter reembolsable, que le permite cubrir total o parcialmente los costos en programas académicos debidamente registrados en el Sistema Nacional del Información de la Educación Superior –SNIES. El crédito financia un porcentaje del valor de la matrícula de acuerdo a la clasificación socioeconómica por estrato del estudiante y el nivel correspondiente de SISBEN, en este caso el deudor solidario no requiere de bien raíz.
Los recursos del programa ACCES están orientados a crédito de matrícula o de sostenimiento:
Con relación al crédito de matrícula, el monto máximo de desembolso por semestre es de hasta once (11) salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada crédito educativo, y tiene un cubrimiento de acuerdo al tipo de programa de la siguiente manera:
Tipo de programa Cubrimiento sobre el valor de la matrícula
Programas técnico profesionales, tecnológicos, Hasta el 100%
Programas universitarios estrato 1 ó 2 Hasta el 75%
Programas universitarios estrato 3, 4, 5 ó 6 Hasta el 50%
El desembolso para matrícula se le gira directamente a la institución de educación superior en la que va a estudiar.
En cuanto a los Subsidios de Sostenimiento se presentan las siguientes consideraciones:
• Para créditos solicitados a partir de enero de 2012, estará disponible un subsidio por $653.499 (seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos noventa y nueve pesos moneda corriente) por semestre, suma que se incrementará anualmente de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
• Este subsidio se le otorgará a todos los beneficiarios de esta línea de crédito que pertenezcan al nivel 1 ó 2 del SISBEN, versión II o su equivalente en la versión III del mismo.
• Cada semestre el valor del subsidio de sostenimiento ($653.499) le será girado directamente al estudiante.
Con relación al Crédito Destinado a Sostenimiento, podrán acceder al crédito destinado a sostenimiento los siguientes estudiantes:
Beneficiarios del crédito Educativo Pregrado en las modalidades ACCES, que realicen su programa académico en Instituciones Oficiales (públicas), o en instituciones privadas cuando tenga garantizada la matrícula a través de un reconocimiento al merito académico y residan en el mismo municipio sede de la Institución de Educación Superior. La cuantía para cubrir el sostenimiento será de uno (1) a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) por semestre.
Es importante señalar que a partir de la expedición de la Ley 1547 del 05 de Julio de 2012, se ha establecido que todos los estudiantes beneficiarios de créditos para educación superior de pregrado otorgados por el ICETEX, pertenecientes a estratos socioeconómicos 1,2 ó 3, se les concederá subsidio equivalente al ciento por ciento (100%) de los intereses generados por dicho crédito durante la vigencia del mismo. Por lo tanto, el beneficiario deberá asumir el pago sólo del valor del crédito solicitado actualizado con el IPC anual.
Le invitamos a consultar información más detallada remitiéndose a la página Web: www.icetex.gov.co
191- habitos saludables en la educacion superior Quremos presentar la siguiente propuesta Desarrollar programas de asistencia nutricional con la participación de profesionales, cafeterias y estudiantes de las instutuciones de educación superior mediante la creación de alternativas que le permitan a los estudiantes, continuar en las Instituciónes sin interrumpir los estudios y que le permita terminar la carrera de forma exitosa; realizacón de estudios que identifien la deserción y atacar su posible causa; disminución de la deserción mediante programas de inclusión estudiantil; construir campañas, con harramientas de sensiblización que conlleven a crear hábiltos alimencios sanos entre los estudiantes de la educación Superior Garantizando en un 85% el acceso de los servicios de Bienestar, como: la orientación psicologicia, acompañamiento en nutrición, bienestar estudiantil y ofrecer programas de asistenciacia nutricional, que le permitan al estudianten tener hábitos saludables. El proyecto constaria aproximadamente $ 53.952.800 que podrian ser financiados por la nación, el departamento, el mucipio y las entidades de educación superior
Agradecemos su apreciación y nos unimos a su preocupación respecto a los programas que deben fortalecerse en pro de la permanencia en la educación superior. Al respecto queremos señalarle que el 22 de noviembre de 2010, el gobierno actual y los rectores de las Instituciones de Educación Superior del país suscriben el “Acuerdo Nacional para disminuir la deserción estudiantil en educación superior” en el cual se comprometen tres ejes fundamentales: el fortalecimiento de la financiación de la educación superior, la nivelación académica de los estudiantes y la promoción de la orientación vocacional y del bienestar.
En este sentido, el Ministerio de Educación Nacional ha desarrollado diversas convocatorias que vinculan tanto a las secretarias de educación como a las instituciones de educación superior para que se generen y fortalezcan planes de permanencia, los cuales usted podrá consultar en nuestra página web.
Es necesario tener en cuenta que por virtud de la autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política Nacional (art. 69) y en la ley 30 de 1992, se reconoce a las universidades “(…) el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional”; por esta razón, los programas de permanencia son administrados por cada institución de educación superior de acuerdo a los criterios que cada una de estas tienen previstos en sus reglamentos.
Cordialmente,
Viceministerio de Educación Superior
Ministerio de Educación Nacional