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PREGUNTAS DE LOS CIUDADANOS

Jennifermolano21
Mié, 08/07/2020 - 10:11
Pregunta:
Respuesta: Hola Jennifer,

Respecto de tu solicitud queremos informarte que, Las cesantías son una prestación social a cargo del empleador y a favor del trabajador que
corresponde en un mes de salario por cada año de servicios prestados o proporcionalmente al tiempo
de servicio. Tiene como objetivo principal dar un auxilio monetario cuando la persona termine su
relación laboral.
Las cesantías se deben liquidar por el Empleador al final de año con destino al fondo de cesantías
que el empleado haya elegido, y en el caso de liquidar las cesantías o por terminación del contrato de
trabajo, el valor liquidado se paga directamente al trabajador en este caso, el día en que se le haga la
liquidación de contrato, se le deben pagar las cesantías y demás conceptos originados en la relación
laboral.
La obligación de la empresa es consignar cada año las cesantías a los fondos, nada más. Cualquier
trámite relacionado con las cesantías, debe ser realizado por el empleado ante el fondo de cesantías,
quien es el que le administra sus cesantías.
El empleador tiene plazo para depositar el valor de las cesantías en el Fondo correspondiente hasta
el 14 de febrero del año siguiente a que éstas se causen, y si pasada esta fecha no se ha hecho el
pago se generará una sanción por mora, correspondiente al pago de un día de salario por cada
día de retraso. (Artículo 99 de la Ley 50 de 1990).
Con lo cual se concluye que siendo una de las obligaciones del empleador el depositar el valor de las
cesantías en el Fondoque para el efecto el trabajador elija, la omisión de ésta genera la sanción
moratoria que obedece a cancelar el valor de un día de salario por cada día de retraso.

Así mismo te invitamos a visitar el sitio web oficial del Ministerio del trabajo o comunicarte por medio de los diferentes canales de atención: Canal Telefónico:

Comuníquese vía telefónica con asesores laborales en todo el país:

Línea nacional gratuita

Icono teléfono 01 8000 112-518

Bogotá

Icono teléfono (57-1) 3779999

Desde su celular en cualquier parte del país, marque:

Icono celular 120

Conmutador

(57-1) 377 99 99

Horario de atención:

Lunes a Viernes: 7:00 a.m. a 07:00 pm.

​Sábados: 7:00 a.m. a 1:00 p.m.

Para orientación laboral con ocasión de la emergencia sanitaria por el Covid-19, desde nuestro conmutador marque la opción 2 o la extensión 2020.

Jennifermolano21
Mié, 08/07/2020 - 10:11
Pregunta:
Respuesta: Hola Jennifer,

Respecto de tu solicitud queremos informarte que, Las cesantías son una prestación social a cargo del empleador y a favor del trabajador que
corresponde en un mes de salario por cada año de servicios prestados o proporcionalmente al tiempo
de servicio. Tiene como objetivo principal dar un auxilio monetario cuando la persona termine su
relación laboral.
Las cesantías se deben liquidar por el Empleador al final de año con destino al fondo de cesantías
que el empleado haya elegido, y en el caso de liquidar las cesantías o por terminación del contrato de
trabajo, el valor liquidado se paga directamente al trabajador en este caso, el día en que se le haga la
liquidación de contrato, se le deben pagar las cesantías y demás conceptos originados en la relación
laboral.
La obligación de la empresa es consignar cada año las cesantías a los fondos, nada más. Cualquier
trámite relacionado con las cesantías, debe ser realizado por el empleado ante el fondo de cesantías,
quien es el que le administra sus cesantías.
El empleador tiene plazo para depositar el valor de las cesantías en el Fondo correspondiente hasta
el 14 de febrero del año siguiente a que éstas se causen, y si pasada esta fecha no se ha hecho el
pago se generará una sanción por mora, correspondiente al pago de un día de salario por cada
día de retraso. (Artículo 99 de la Ley 50 de 1990).
Con lo cual se concluye que siendo una de las obligaciones del empleador el depositar el valor de las
cesantías en el Fondoque para el efecto el trabajador elija, la omisión de ésta genera la sanción
moratoria que obedece a cancelar el valor de un día de salario por cada día de retraso.

Así mismo te invitamos a visitar el sitio web oficial del Ministerio del trabajo o comunicarte por medio de los diferentes canales de atención: Canal Telefónico:

Comuníquese vía telefónica con asesores laborales en todo el país:

Línea nacional gratuita

Icono teléfono 01 8000 112-518

Bogotá

Icono teléfono (57-1) 3779999

Desde su celular en cualquier parte del país, marque:

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Conmutador

(57-1) 377 99 99

Horario de atención:

Lunes a Viernes: 7:00 a.m. a 07:00 pm.

​Sábados: 7:00 a.m. a 1:00 p.m.

Para orientación laboral con ocasión de la emergencia sanitaria por el Covid-19, desde nuestro conmutador marque la opción 2 o la extensión 2020.

Jenny Victoria Rojas Arciniegas
Mar, 30/06/2020 - 14:38
Pregunta:
Respuesta: Hola Jenny,
Respecto de tu solicitud te invitamos a revisar el programa Nacional de servicio al Ciudadano del Ministerio del Trabajo que brinda mayores y mejores herramientas para orientar, informar y responder a las inquietudes de cualquier ciudadano, sea trabajador o empleador y así acceder a información actualizada sobre obligaciones y derechos laborales de todos los Colombianos.
Puedes acceder a los puntos de atención personalizada y los canales de contacto telefónico a nivel nacional para que pueda resolver sus dudas directamente, reportar casos o hacer sus sugerencias.

Canal Telefónico:
Vía telefónica con asesores laborales en todo el país:
Línea nacional gratuita
Icono teléfono 01 8000 112-518
Bogotá:
Icono teléfono (57-1) 3779999
Desde su celular en cualquier parte del país, marque:
Icono celular 120
Conmutador (57-1) 377 99 99
Horario de atención:
Lunes a Viernes: 7:00 a.m. a 07:00 pm.
​Sábados: 7:00 a.m. a 1:00 p.m.
Para orientación laboral con ocasión de la emergencia sanitaria por el Covid-19, por favor marque la extensión 2020.

Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Jenny Victoria Rojas Arciniegas
Mar, 30/06/2020 - 14:37
Pregunta:
Respuesta: Hola Jenny,
Respecto de tu solicitud te invitamos a revisar el programa Nacional de servicio al Ciudadano del Ministerio del Trabajo que brinda mayores y mejores herramientas para orientar, informar y responder a las inquietudes de cualquier ciudadano, sea trabajador o empleador y así acceder a información actualizada sobre obligaciones y derechos laborales de todos los Colombianos.
Puedes acceder a los puntos de atención personalizada y los canales de contacto telefónico a nivel nacional para que pueda resolver sus dudas directamente, reportar casos o hacer sus sugerencias.

Canal Telefónico:
Vía telefónica con asesores laborales en todo el país:
Línea nacional gratuita
Icono teléfono 01 8000 112-518
Bogotá:
Icono teléfono (57-1) 3779999
Desde su celular en cualquier parte del país, marque:
Icono celular 120
Conmutador (57-1) 377 99 99
Horario de atención:
Lunes a Viernes: 7:00 a.m. a 07:00 pm.
​Sábados: 7:00 a.m. a 1:00 p.m.
Para orientación laboral con ocasión de la emergencia sanitaria por el Covid-19, por favor marque la extensión 2020.

Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Jenny Victoria Rojas Arciniegas
Mar, 30/06/2020 - 14:37
Pregunta:
Respuesta: Hola Jenny,
Respecto de tu solicitud te invitamos a revisar el programa Nacional de servicio al Ciudadano del Ministerio del Trabajo que brinda mayores y mejores herramientas para orientar, informar y responder a las inquietudes de cualquier ciudadano, sea trabajador o empleador y así acceder a información actualizada sobre obligaciones y derechos laborales de todos los Colombianos.
Puedes acceder a los puntos de atención personalizada y los canales de contacto telefónico a nivel nacional para que pueda resolver sus dudas directamente, reportar casos o hacer sus sugerencias.

Canal Telefónico:
Vía telefónica con asesores laborales en todo el país:
Línea nacional gratuita
Icono teléfono 01 8000 112-518
Bogotá:
Icono teléfono (57-1) 3779999
Desde su celular en cualquier parte del país, marque:
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Horario de atención:
Lunes a Viernes: 7:00 a.m. a 07:00 pm.
​Sábados: 7:00 a.m. a 1:00 p.m.
Para orientación laboral con ocasión de la emergencia sanitaria por el Covid-19, por favor marque la extensión 2020.

Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Jenny Victoria Rojas Arciniegas
Mar, 30/06/2020 - 14:37
Pregunta:
Respuesta: Hola Jenny,
Respecto de tu solicitud te invitamos a revisar el programa Nacional de servicio al Ciudadano del Ministerio del Trabajo que brinda mayores y mejores herramientas para orientar, informar y responder a las inquietudes de cualquier ciudadano, sea trabajador o empleador y así acceder a información actualizada sobre obligaciones y derechos laborales de todos los Colombianos.
Puedes acceder a los puntos de atención personalizada y los canales de contacto telefónico a nivel nacional para que pueda resolver sus dudas directamente, reportar casos o hacer sus sugerencias.

Canal Telefónico:
Vía telefónica con asesores laborales en todo el país:
Línea nacional gratuita
Icono teléfono 01 8000 112-518
Bogotá:
Icono teléfono (57-1) 3779999
Desde su celular en cualquier parte del país, marque:
Icono celular 120
Conmutador (57-1) 377 99 99
Horario de atención:
Lunes a Viernes: 7:00 a.m. a 07:00 pm.
​Sábados: 7:00 a.m. a 1:00 p.m.
Para orientación laboral con ocasión de la emergencia sanitaria por el Covid-19, por favor marque la extensión 2020.

Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Mairaiturre
Lun, 29/06/2020 - 16:41
Pregunta:
Respuesta: Hola,

Muchas gracias por escribirnos.

Respecto a tu solicitud, queremos indicarte que las pre-incripciones para Jóvenes en Acción se encuentran vigentes, para acceder a ello debes cumplir con los siguientes requisitos:
Los jóvenes elegibles (potenciales participantes) del Programa Jóvenes en Acción, son jóvenes bachilleres entre 14 y 28 años de edad y que adicionalmente se encuentren registrados en por lo menos uno de los siguientes listados poblacionales:
Estar en el SISBEN III, con uno de los puntajes especificados conforme al área de residencia (desagregación geográfica).
Estar registrado en la Red UNIDOS; ó
Estar registrado en el Registro Único de Víctimas -RUV en condición de desplazamiento en estado "INCLUIDO"; ó
Estar registrado en las listas censales de jóvenes indígenas ó
Estar registrado en las listas censales para jóvenes con medida de adoptabilidad o responsabilidad penal del ICBF.
No contar con titulo profesional universitario.

Los jóvenes que cumplan con los criterios de focalización poblacional y territorial y que además hayan iniciado su proceso de formación en el SENA o en alguna IES en convenio con el Prosperidad Social antes de efectuar su registro al Programa Jóvenes en Acción.



Quedaron habilitados los canales de atención al ciudadano de Prosperidad Social, para el pre-registro permanente al Programa Jóvenes en acción a través de los diferentes medios de atención que encontraras a continuación:
Líneas telefónicas: 01-8000-951-1100 031-5954410
Mensaje de texto: 85594
Chat web: https://bit.ly/33th1Ja
Videollamada: https://bit.ly/2WspoDA



Recuerda estar atenta ÚNICAMENTE a los diferentes medios oficiales de información, los cuales encontraras a continuación:



Páginas oficiales:
https://id.presidencia.gov.co/deinteres/index.html
https://www.prosperidadsocial.gov.co/Paginas/Inicio.aspx

Redes sociales:
https://twitter.com/infopresidencia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
https://twitter.com/ProsperidadCol?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthorhttps://twitter.com/FamiliasAccion?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
https://twitter.com/JovenesAccionCo?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
https://es-la.facebook.com/FamiliasAccionCo/



¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.

Facebook: www.facebook.com/urnadecristal
Twitter: www.twitter.com/urnadecristal
Instagram: www.instagram.com/urnadecristal
LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/

Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.
Manuel Andrés Carreño Herrera
Dom, 28/06/2020 - 11:32
Pregunta:
Respuesta: Hola Manuel,
Muchas gracias por escribirnos.

Respecto a tu solicitud, queremos indicarte que las pre-inscripciones para Jóvenes en Acción se encuentran vigentes, para acceder a ello debes cumplir con los siguientes requisitos:
Los jóvenes elegibles (potenciales participantes) del Programa Jóvenes en Acción, son jóvenes bachilleres entre 14 y 28 años de edad y que adicionalmente se encuentren registrados en por lo menos uno de los siguientes listados poblacionales:
Estar en el SISBEN III, con uno de los puntajes especificados conforme al área de residencia (desagregación geográfica).
Estar registrado en la Red UNIDOS; ó
Estar registrado en el Registro Único de Víctimas -RUV en condición de desplazamiento en estado "INCLUIDO"; ó
Estar registrado en las listas censales de jóvenes indígenas ó
Estar registrado en las listas censales para jóvenes con medida de adoptabilidad o responsabilidad penal del ICBF.
No contar con titulo profesional universitario.

Los jóvenes que cumplan con los criterios de focalización poblacional y territorial y que además hayan iniciado su proceso de formación en el SENA o en alguna IES en convenio con el Prosperidad Social antes de efectuar su registro al Programa Jóvenes en Acción.



Quedaron habilitados los canales de atención al ciudadano de Prosperidad Social, para el pre-registro permanente al Programa Jóvenes en acción a través de los diferentes medios de atención que encontraras a continuación:
Líneas telefónicas: 01-8000-951-1100 031-5954410
Mensaje de texto: 85594
Chat web: https://bit.ly/33th1Ja
Videollamada: https://bit.ly/2WspoDA



Recuerda estar atenta ÚNICAMENTE a los diferentes medios oficiales de información, los cuales encontraras a continuación:



Páginas oficiales:
https://id.presidencia.gov.co/deinteres/index.html
https://www.prosperidadsocial.gov.co/Paginas/Inicio.aspx

Redes sociales:
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Manuel Andrés Carreño Herrera
Dom, 28/06/2020 - 11:31
Pregunta:
Respuesta: Hola Manuel,
Muchas gracias por escribirnos.


Respecto a tu solicitud, queremos indicarte que las pre-inscripciones para Jóvenes en Acción se encuentran vigentes, para acceder a ello debes cumplir con los siguientes requisitos:
Los jóvenes elegibles (potenciales participantes) del Programa Jóvenes en Acción, son jóvenes bachilleres entre 14 y 28 años de edad y que adicionalmente se encuentren registrados en por lo menos uno de los siguientes listados poblacionales:
Estar en el SISBEN III, con uno de los puntajes especificados conforme al área de residencia (desagregación geográfica).
Estar registrado en la Red UNIDOS; ó
Estar registrado en el Registro Único de Víctimas -RUV en condición de desplazamiento en estado "INCLUIDO"; ó
Estar registrado en las listas censales de jóvenes indígenas ó
Estar registrado en las listas censales para jóvenes con medida de adoptabilidad o responsabilidad penal del ICBF.
No contar con titulo profesional universitario.

Los jóvenes que cumplan con los criterios de focalización poblacional y territorial y que además hayan iniciado su proceso de formación en el SENA o en alguna IES en convenio con el Prosperidad Social antes de efectuar su registro al Programa Jóvenes en Acción.



Quedaron habilitados los canales de atención al ciudadano de Prosperidad Social, para el pre-registro permanente al Programa Jóvenes en acción a través de los diferentes medios de atención que encontraras a continuación:
Líneas telefónicas: 01-8000-951-1100 031-5954410
Mensaje de texto: 85594
Chat web: https://bit.ly/33th1Ja
Videollamada: https://bit.ly/2WspoDA



Recuerda estar atenta ÚNICAMENTE a los diferentes medios oficiales de información, los cuales encontraras a continuación:



Páginas oficiales:
https://id.presidencia.gov.co/deinteres/index.html
https://www.prosperidadsocial.gov.co/Paginas/Inicio.aspx

Redes sociales:
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Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.
Josefina perez
Mié, 17/06/2020 - 20:33
Pregunta:
Respuesta: Hola,

Respecto de tu solicitud, te invitamos a comunicarte directamente con la administración mediante un Derecho de petición y de este modo agotar los requisitos del debido proceso, para obtener una respuesta la administración cuenta con 15 días para emitirla, en el caso de que no se llegue a ninguna solución puedes acercarte a la estación de policía más cercana a tu localidad.

¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.

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Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.
Ingrid1998
Mié, 03/06/2020 - 00:51
Pregunta:
Respuesta: Hola,

Respecto de solicitud queremos informarte que:

El Gobierno Nacional, busca que los Colombianos tengan acceso a la compra de viviendas, bajo el liderazgo de los Ministerios de Vivienda y Hacienda, razón por la cual creará cerca de 200.000 mil subsidios de vivienda nueva que iniciaran desde el segundo semestre del 2020 y hasta el año 2022 o hasta que se agoten. De estos 200 mil subsidios, 100 mil serán para familias con ingresos hasta de 4 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) que deseen adquirir una vivienda de interés social y 100 mil subsidios serán para hogares de cualquier nivel de ingreso que deseen adquirir viviendas No VIS cuyo valor no supere los 500 SMMLV. Los beneficiarios de los subsidios No VIS recibirán mensualmente cerca de $439 mil durante los primeros 7 años del crédito, lo que equivale a un subsidio total de más de $36 millones para que más familias puedan hacer realidad el sueño de tener casa propia.
Las personas que pueden acceder al subsidio para vivienda de interés social, los hogares interesados deben tener ingresos inferiores a 4 SMMLV, mientras que para el caso de los subsidios No VIS no hay restricciones de ingreso. De esta manera, todas las familias que deseen adquirir una vivienda cuyo valor sea superior al tope VIS e inferior a 500 SMMLV podrán aplicar, independientemente de su nivel de ingreso. Se puede aplicar al subsidio si se compra una vivienda que está en construcción actualmente. En este caso, la cobertura se solicita en la legalización del crédito hipotecario y se hace efectiva con el desembolso del crédito, que usualmente es al momento de registrar la escritura de la vivienda. Por supuesto, siempre se estará sujeto a la disponibilidad de cupos. A través de las entidades bancarias se reciben las postulaciones para el subsidio al momento de solicitar el crédito. Este subsidio aplica para todo el territorio nacional y no tiene cupos regionales. El programa opera por demanda, es decir, que se asignan los subsidios a medida que se van solicitando, independientemente del lugar de construcción de la vivienda. Invitamos a todos los colombianos que cumplan con los requisitos y que estén interesados en adquirir una vivienda a que apliquen a los subsidios del Gobierno Nacional.
Si deseas conocer más información te invitamos a estar atento a las páginas oficiales del Gobierno Nacional o a comunicarte con sus diferentes canales de atención, los cuales encontraras a continuación: Líneas telefónicas: Línea Gratuita: 018000413664 Línea en Bogotá: +57 (1) 419 7099 Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Conmutador:+57(1)3323434 Fax:+57(1)2817327 Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Página web: http://www.minvivienda.gov.co/sala-de-prensa/noticias/2020/mayo/si-quiere-acceder-a-los-subsidios-de-vivienda-del-gobierno-nacional-esto-es-lo-que-debe-hacer Chat: http://www.minvivienda.gov.co/atencion-al-ciudadano/chat
Ingrid1998
Mié, 03/06/2020 - 00:51
Pregunta:
Respuesta: Hola Ingrid,
Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial


Páginas oficiales:

https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html
https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx
www.dnp.gov.co
https://www.sisben.gov.co/
https://devolucioniva.dnp.gov.co/
https://ingresosolidario.dnp.gov.co/
Redes sociales:
https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx
https://twitter.com/DNP_Colombia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor



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Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.
nesther
Lun, 01/06/2020 - 13:03
Pregunta:
Respuesta: Hola Nether,

La voluntad y los objetivos de la alta dirección de la compañía, son el primer elemento para adelantar un proyecto de teletrabajo. Se deben tener claro los alcances, beneficios, tiempos de implementación, recursos y demás factores que permitan la conformación de un equipo interdisciplinario, que lidere y coordine el proyecto en todas sus fases, para la adecuada formalización y socialización al interior de la organización. Así mismo es importante generar un documento que soporte las acciones, para que todas la instancias de la empresa comprendan e interioricen el proceso. Cuando las organizaciones implementan el trabajo en casa, no solo aseguran beneficios para sus empleados, sino que también avanzan hacia la inclusión con las personas con discapacidad. Para tener acceso al teletrabajo te invitamos a consultar con tu empresa vinculante para ver si puedes desempeñar tus actividades desde casa.

Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.