Respuesta: <div>
Estimado ciudadano,</div>
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Para el otorgamiento de becas se han considerado las disposiciones normativas y los contextos de las situaciones particulares. El límite de edad no es discriminatorio, la edad fija límites para acceder a determinadas actividades, así lo ha afirmado la Corte Constitucional: "La edad constituye un factor necesario para acceder a determinados cargos públicos, concursos, convocatorias y para ejercer el derecho al voto, entre otros derechos. El exigir en estos casos una edad, mínima o máxima, determinada, no constituye discriminación alguna; al contrario, es un elemento primordial para determinar la madurez, experiencia, responsabilidad y, en el caso bajo examen, para determinar el sector de la población que puede, luego de haber terminado sus estudios a través de la beca obtenida, prestar su fuerza laboral al Estado colombiano en un lapso prolongado." (T395 de 1997).</div>
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Cordialmente,</div>
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Subdirección de Apoyo a las IES</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Respuesta: <p><span style="font-size: 12pt; font-family: "Arial Narrow", sans-serif;">Presupuesto del año 2016 se construyó con responsabilidad fiscal y con sentido social, teniendo en cuenta el nuevo contexto económico caracterizado por bajos precios del petróleo, buscando impulsar el crecimiento de la economía y mantener la dinámica de generación de empleo de calidad y reducción de la pobreza.</span></p>
Respuesta: <p>Buenos días Sr. Libreros.</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos algunas normas reglamentarias de la la Ley Estatutaria:</p>
<p>*Decreto 2353 de 2015, por el cual se unificaron las reglas de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud y se creó el Sistema de Afiliación Transaccional..</p>
<p>*Resolución 429 de 2016, mediante la cual se creó la Política de Atención Integral en Salud (PAIS).</p>
<p>*Resolución 1328 de 2016, mediante la cual se eliminaron los Comités Técnico-Científicos para la aprobación de medicamentos, procedimientos y servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud.</p>
<p>*Resolución 3951 de 2016, por la cual se estableció el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC.</p>
<p>Lo invitamos a consultar más información sobre la Ley Estatutaria en este enlace: https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/Paginas/ley-estatutaria-de-salud.aspx</p>
<p>Agradecemos su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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Respuesta: <p>Se dio respuesta a través de oficio dirigido el día 4 de mayo de 2016 al correo electrónico <a href="mailto:lmosquera.sies@gmail.com">lmosquera.sies@gmail.com</a> (ver adjunto), por parte de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República..</p>
felipe mosquera1 Jue, 25/02/2016 - 20:15 Pregunta:
Respuesta: <div>
Estimado ciudadano,</div>
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El Gobierno Nacional en su Plan de Desarrollo 2014-2018, estableció como una de sus metas que el 8% de los estudiantes del sector oficial evaluados tengan el nivel Pre-Intermedio B1 o superior de inglés, según el Marco Común Europeo de Referencia (MCER). Para lograrlo, los recursos del Estado en material de bilingüismo son invertidos con el propósito de fortalecer el aprendizaje del inglés en la educación básica y media, y de que todos los niños, las niñas y los jóvenes matriculados en colegios oficiales cuenten con la oportunidad de aprender inglés. </div>
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A través del programa “Colombia Bilingüe 2014-2018” el Gobierno Nacional busca impactar a la totalidad de los estudiantes y de los docentes del área de inglés del sector oficial, mediante estrategias de impacto nacional y de estrategias de aceleración. Esta últimas se encuentran focalizadas en 42 secretarías de educación, 350 instituciones educativas y llega a impactar a 2.000 docentes y 176.000 estudiantes. </div>
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El objetivo es lograr que los estudiantes se comuniquen cada vez mejor en inglés y que puedan acceder a mejores oportunidades laborales y profesionales. Para ello, el programa cuenta con las siguientes estrategias enfocadas al logro de la meta, beneficiando a estudiantes y docentes: 1. Programa Formadores Nativos Extranjeros; 2. Campos nacionales e internacionales de inmersión en inglés; 3. Textos Escolares “English, Please!” (Edición Fast Track); 4. Colombia Bilingüe English Kit; 5. Incentivos docentes; 6. Formación virtual masiva; 7. Recursos educativos en el portal Colombia Aprende.</div>
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Para mayor información sobre el programa o sus estrategias lo invitamos a visitar http://colombiaaprende.edu.co/colombiabilingue </div>
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Para obtener información más detallada, por favor no dude en comunicarse con Adriana Giraldo a adgiraldo@mineducacion.gov.co o al Tel. 2222800 Ext: 2134. Esperamos que esta información sea de su utilidad.</div>
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Cordialmente,</div>
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Dirección de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media</div>
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Ministerio de Educación Preescolar, Básica y Media</div>
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