Déjanos todas tus preguntas para la rendición de cuentas de Minhacienda

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El próximo lunes 21 de octubre te rinde cuentas en Ministerio de Hacienda y Crédito Público desde las 8:00 a.m. En Urna de Cristal abrimos espacios para que participes y contribuyas a mejorar el desempeño de la entidad con tus preguntas y aportes. 

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PREGUNTAS DE LOS CIUDADANOS

JMtarazona
Dom, 20/10/2013 - 08:22
Pregunta:
Respuesta: <p>Buenas tardes, de manera atenta&nbsp; se le informa que es un documento proyectado ante el Senado, el cual debe surtir una serie de debates para poder ser aprobado en su texto y sancionado por la Presidencia de la Rep&uacute;blica que es donde empieza a tener vigencia</p>
<p>Para la Presidencia de la Rep&uacute;blica y para el Ministerio de Defensa Nacional es muy grato contar con personas como usted, tendremos en cuenta su sugerencia para hacerla participe a las fuerzas y entes respectivos</p>
MARLEN GUERRERO BELTRAN
Sáb, 19/10/2013 - 23:46
Pregunta:
Respuesta: <p>Buenas tardes,</p>
<p>De la manera m&aacute;s atenta, indicamos que la respuesta a su petici&oacute;n, puede consultarla a trav&eacute;s del siguiente enlace:</p>
<p><a href="http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/radicado-201320120929812">http://www.slideshare.net/ServicioalCiudadanoUrna_DPS/radicado-201320120929812</a></p>
<p>Agradecemos su pregunta y lo invitamos a seguir participando.</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>&Aacute;rea de Gesti&oacute;n de Servicio al Ciudadano - DPS</p>
<p>Subdirecci&oacute;n General</p>
leimy
Jue, 17/10/2013 - 21:49
Pregunta:
Respuesta: <p class="rtejustify">Buenas tardes</p>
<p class="rtejustify">Desde el 15 de julio, comenz&oacute; a circular la nueva licencia de conducci&oacute;n que tiene como caracter&iacute;stica el conservar el mismo n&uacute;mero de la c&eacute;dula del ciudadano. Si la licencia de conducci&oacute;n no est&aacute; vencida y no necesita recategorizarse no es necesario cambiar el documento.</p>
<p class="rtejustify">En caso que la licencia se encuentre vencida, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas.</p>
<p class="rtejustify">Con relaci&oacute;n a la vigencias de las licencias de conducci&oacute;n, el Decreto 019 de 2012 defini&oacute; la vigencia de las licencias para conducir veh&iacute;culo particular, por eso, si tu licencia es para conducir veh&iacute;culos particulares, autom&aacute;ticamente queda con vigencia de 10 a&ntilde;os, salvo los conductores que est&eacute;n en el rango de edad entre los 60 y 80 a&ntilde;os de edad donde la vigencia ser&aacute; de 5 a&ntilde;os y despu&eacute;s de los 80 a&ntilde;os deber&aacute;s renovar la licencia cada a&ntilde;o.</p>
<p class="rtejustify">Para renovar tu licencia de conducci&oacute;n sigue estos dos (2) pasos:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Examen m&eacute;dico:</li>
<li class="rtejustify">
Foto y cancelaci&oacute;n de derechos ante el organismo de tr&aacute;nsito</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Una vez el organismo de tr&aacute;nsito hace las validaciones respecto a la identificaci&oacute;n de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducci&oacute;n.</p>
<p class="rtejustify">Por &uacute;ltimo, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovaci&oacute;n de la licencia de conducci&oacute;n, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el tr&aacute;mite y lo debe pagar el ciudadano.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en <a href="http://www.mintransporte.gov.co">www.mintransporte.gov.co</a>.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la tem&aacute;tica promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisi&oacute;n en Urna de Cristal TV y programa de radio a trav&eacute;s de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra p&aacute;gina web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a trav&eacute;s de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify">&nbsp;</p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
mariluz ramirez
Jue, 17/10/2013 - 10:20
Pregunta:
Respuesta: <p>Apreciado ciudadano:</p>
<p>Agradecemos su propuesta, esta ser&aacute; tenida en cuenta en el momento de planificar y dise&ntilde;ar nuevas pol&iacute;ticas y programas de acceso a vivienda. es importante tener en cuenta que planificacion y ejecucion de proyectos de vivienda es competencia de los entes territoriales en el marco de sus planes de ordenamiento territorial propios.</p>
Oscar Fernando Ortega
Jue, 17/10/2013 - 08:54
Pregunta:
Respuesta: <p>Se&ntilde;or:</p>
<p>Oscar Fernando Ortega</p>
<p>Gracias por comunciarse con el Ministero de Relaciones Exteriores de Colombia</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Nos permitimos indicarle que en el siguiente enlace encontrar&aacute; informaci&oacute;n al respecto y tambien se podpra informar por medio de las declaraciones de la Canciller&nbsp;<a href="http://www.cancilleria.gov.co/casos_corte">http://www.cancilleria.gov.co/casos_corte</a></p>
<p>Agradecemos su comunicacion</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Juliana Trujillo&nbsp;</p>
<p>Centro Integral de Atencion al Ciudadano</p>
<p>Ministerio de Relaciones Exteriores&nbsp;</p>
yulianadaniel
Mié, 16/10/2013 - 09:57
Pregunta:
Respuesta: Buenas tardes, los mecanismos de control y sistemas de regulación están establecidos por ley y se deben aplicar en todo momento. Existen además órganos de control y superintendencias que ejercen vigilancia sobre los dineros del estado, códigos de ética y de buen gobierno que los funcionarios deben seguir.

Cordialmente

yulianadaniel
Mié, 16/10/2013 - 09:55
Pregunta:
Respuesta: <p>Buenas tardes, con el fin de dar respuesta a su inquietud, sugerimos consultar el documento sobre el &nbsp;Regimen de los Diputados, Consejales y Ediles de Colombia, publicado por el Departamento Administrativo de la Funci&oacute;n P&uacute;blica &nbsp;<a href="http://portal.dafp.gov.co/portal/pls/portal/formularios.retrive_publicaciones?no=968">http://portal.dafp.gov.co/portal/pls/portal/formularios.retrive_publicaciones?no=968</a></p>
<p>Cordial saludo.&nbsp;</p>
yulianadaniel
Mié, 16/10/2013 - 09:55
Pregunta:
yulianadaniel
Mié, 16/10/2013 - 09:54
Pregunta:
yulianadaniel
Mié, 16/10/2013 - 09:54
Pregunta:
Respuesta: <p>Respetado (a) ciudadano (a):</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El salario m&iacute;nimo en&nbsp;<a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Colombia" title="Colombia">Colombia</a>&nbsp;es el salario m&iacute;nimo legal mensual vigente (SMLMV) el cual se reajusta antes de iniciar un nuevo a&ntilde;o. El SMLMV se paga en periodos que no pueden superar al mes por un valor proporcional al periodo trabajado sobre el total de la asignaci&oacute;n salarial mensual. En 2013, el salario es de $589.500 mensuales por una jornada laboral de 48 horas por semana.</p>
<p>De acuerdo a la legislaci&oacute;n laboral vigente, todos los empleados de entidades oficiales y empresas privadas que devenguen hasta 2 SMMLV y que residan en poblaciones donde se preste el servicio p&uacute;blico de transporte, tienen derecho a un subsidio de $ 70.500</p>
<p>Con forme a lo estipulado en el C&oacute;digo Sustantivo Laboral, me permito citarle lo m&aacute;s importante con respecto a su pregunta:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>ARTICULO 145. DEFINICION. Salario m&iacute;nimo es el que todo trabajador tiene derecho a percibir para subvenir a sus necesidades normales y a las de su familia, en el orden material, moral y cultural.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>ARTICULO 146. FACTORES PARA FIJARLO.</p>
<p>1. Para fijar el salario m&iacute;nimo deben tomarse en cuenta el costo de la vida, las modalidades del trabajo, la capacidad econ&oacute;mica de las empresas y {empleadores} y las condiciones de cada regi&oacute;n y actividad.</p>
<p>2. Para los trabajadores del campo el salario m&iacute;nimo debe fijarse tomando en cuenta las facilidades que el empleador proporciona a sus trabajadores, en lo que se refiere a habitaci&oacute;n, cultivos, combustibles y circunstancias an&aacute;logas que disminuyen el costo de la vida.</p>
<p>3. Las circunstancias de que algunos de los {empleadores} puedan estar obligados a suministrar a sus trabajadores alimentaci&oacute;n y alojamiento, tambi&eacute;n debe tomarse en cuenta para la fijaci&oacute;n del salario m&iacute;nimo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>ARTICULO 147. PROCEDIMIENTO DE FIJACION. Art&iacute;culo modificado por el art&iacute;culo 19 de la Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:</p>
<p>1. El salario m&iacute;nimo puede fijarse en pacto o convenci&oacute;n colectiva o en fallo arbitral.</p>
<p>2. &lt;Numeral 2o. subrogado por el art&iacute;culo 8 de la Ley 278 de 1996. El nuevo texto es el siguiente:&gt;</p>
<p>&quot;ART&Iacute;CULO 8. Las decisiones de la Comisi&oacute;n ser&aacute;n adoptadas por consenso. El voto de cada sector representativo ser&aacute; el de la mayor&iacute;a de sus miembros. &quot;</p>
<p>&nbsp;</p>
AnisA
Mié, 16/10/2013 - 02:56
Pregunta:
Respuesta: Buenos días, en respuesta a su pregunta le informo que tan pronto el Gobierno Nacional expida el decreto reglamentario sobre el particular, se procederá a la devolución, en los términos y condiciones señalados en el mismo.

Cordialmente
AnisA
Mié, 16/10/2013 - 02:46
Pregunta:
Respuesta: Buenos días, en respuesta a su pregunta le informo que tan pronto el Gobierno Nacional expida el decreto reglamentario sobre el particular, se procederá a la devolución, en los términos y condiciones señalados en el mismo.

Cordialmente
AnisA
Mié, 16/10/2013 - 01:35
Pregunta:
Respuesta: Buenos días, en respuesta a su pregunta le informo que tan pronto el Gobierno Nacional expida el decreto reglamentario sobre el particular, se procederá a la devolución, en los términos y condiciones señalados en el mismo.

Cordialmente
LUZ ANGELA JARAMILLO YEPES
Lun, 14/10/2013 - 21:03
Pregunta:
Respuesta: <p class="rtejustify">Buenas tardes Luz Angela.</p>
<p class="rtejustify">El Sisb&eacute;n es el sistema de informaci&oacute;n dise&ntilde;ado por el Gobierno Nacional para identificar a las familias potenciales beneficiarias de programas Sociales. Este sistema tiene varios objetivos, a saber:</p>
<ul>
<li class="rtejustify">
Establecer un mecanismo t&eacute;cnico, objetivo, equitativo y uniforme de identificaci&oacute;n de posibles beneficiarios del gasto social para ser usado por las entidades territoriales y ejecutores de pol&iacute;tica social del orden nacional.</li>
<li class="rtejustify">
Facilitar la clasificaci&oacute;n de los potenciales beneficiarios para programas sociales de manera r&aacute;pida, objetiva, uniforme y equitativa.</li>
<li class="rtejustify">
Permitir la elaboraci&oacute;n de diagn&oacute;sticos socioecon&oacute;micos precisos de la poblaci&oacute;n pobre para apoyar los planes de desarrollo municipal y distrital, y el dise&ntilde;o y elaboraci&oacute;n de programas concretos, orientados a los sectores de menores recursos o poblaci&oacute;n vulnerable.</li>
<li class="rtejustify">
Contribuir al fortalecimiento institucional del municipio y distrito, mediante la puesta en marcha de un sistema moderno de informaci&oacute;n social confiable.</li>
<li class="rtejustify">
Apoyar la coordinaci&oacute;n interinstitucional municipal y distrital para mejorar el impacto del gasto social, eliminar duplicidades y facilitar el control tanto municipal y distrital, como de la sociedad y entidades ejecutoras de programas sociales que asignan subsidios a trav&eacute;s del Sisb&eacute;n.</li>
<li class="rtejustify">
Facilitar la evaluaci&oacute;n de las metas de focalizaci&oacute;n de los departamentos, distritos y municipios y lucha contra la pobreza en el territorio colombiano.</li>
</ul>
<p class="rtejustify">Sin embargo, y guardado relaci&oacute;n a la consulta realizada, el Equipo de Urna de Cristal se permite se&ntilde;alar que el Gobierno Nacional posee programas, mediante los cuales los ciudadanos podr&aacute;n hacer parte del programa de &ldquo;Postulaci&oacute;n y Asignaci&oacute;n al Subsidio Familiar de Vivienda&rdquo;, a trav&eacute;s del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.</p>
<p class="rtejustify">Este programa busca promover la adquisici&oacute;n de vivienda para familias de todo el pa&iacute;s que tengan ingresos de hasta dos (2) salarios m&iacute;nimos mensuales. Estas familias podr&aacute;n tener casa propia sin comprometer m&aacute;s del 30% de su ingreso en el pago de las cuo​​tas del cr&eacute;dito que se les otorgue para la adquisici&oacute;n de vivienda. Lo anterior significa que un hogar que tenga ingresos de un (1) salario m&iacute;nimo mensual podr&aacute; comprar su casa, en el marco de este programa, con una cuota mensual aproximada de 180 mil pesos.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"><br />
Equipo Urna de Cristal</p>