YO TENGO UNA NIÑA CON DISCAPACIDAD Y SOY CABEZA DE FAMILIA QUE PRIORIDAD TENGO EN EL SUBSIDIO TOTAL DE VIVIENDA
YO TENGO UNA NIÑA CON DISCAPACIDAD Y SOY CABEZA DE FAMILIA QUE PRIORIDAD TENGO EN EL SUBSIDIO TOTAL DE VIVIENDA
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin. <o p=""></o></span>Es importante tener en cuenta que los hogares que tengan como miembro a una persona en situación de discapacidad tendrán prioridad en el programa de vivienda gratis en el momento de la selección de los beneficiarios.</p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en el Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin. <o p=""></o></span>Es importante tener en cuenta que los hogares que tengan como miembro a una persona en situación de discapacidad tendrán prioridad en el programa de vivienda gratis en el momento de la selección de los beneficiarios.</p>
QUE PRIORIDAD TIENEN LAS MADRES CABEZA DE FAMILIA DE EXTRACTOS 1 Y 2 PARA ADQUIRIR UNA VIVIENDA SUBSIDIADA TOTALMENTE
QUE PRIORIDAD TIENEN LAS MADRES CABEZA DE FAMILIA DE EXTRACTOS 1 Y 2 PARA ADQUIRIR UNA VIVIENDA SUBSIDIADA TOTALMENTE
Respuesta
<p><span>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan el Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin. <o p=""></o></span>Es importante tener en cuenta que las madres cabeza de hogar que cumplan con los anteriores requisitos podrán tener prioridad en la selección de los beneficiarios</p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan el Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin. <o p=""></o></span>Es importante tener en cuenta que las madres cabeza de hogar que cumplan con los anteriores requisitos podrán tener prioridad en la selección de los beneficiarios</p>
haciendo un sorteo a los desplazados que tengan más 10 años para vivienda subsidiada sin necesidad de estar en comfenalc
haciendo un sorteo a los desplazados que tengan más 10 años para vivienda subsidiada sin necesidad de estar en comfenalc
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
Tengo 59 años trabajando no logre vivienda que tengo que hacer para una subsidiada
Registrada:
Código:
10203
Tengo 59 años trabajando no logre vivienda que tengo que hacer para una subsidiada
Registrada:
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10203
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
una persona que no tiene vida crediticia y gana el salario minimo, puede acceder al subsidio
Registrada:
Código:
10200
una persona que no tiene vida crediticia y gana el salario minimo, puede acceder al subsidio
Registrada:
Código:
10200
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el Programa Mi Casa Ya - Ahorradores, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
En estos momentos vivo en arriendo y me gano el minimo el cual no alcansa para nada como ago para tener vivienda
En estos momentos vivo en arriendo y me gano el minimo el cual no alcansa para nada como ago para tener vivienda
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el Programa Mi Casa Ya - Ahorradores, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
donde es el lugar donde van a dar informacion para la viviendo 100% sudsidiada
Registrada:
Código:
10198
donde es el lugar donde van a dar informacion para la viviendo 100% sudsidiada
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<p><span>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin. <o p=""></o></span>Usted puede comunicarse con el Call Center al teléfono (1)7458021, al celular 3123151805 o a la Línea gratuita 01 8000 112 435, donde nuestros asesores estarán prestos a brindar información respecto a sus inquietudes referentes a Fonvivienda.</p>
<p><span>Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o p=""></o></span></p>
<p><span>Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o p=""></o></span></p>
<p><span>El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o p=""></o></span></p>
<p><span>Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin. <o p=""></o></span>Usted puede comunicarse con el Call Center al teléfono (1)7458021, al celular 3123151805 o a la Línea gratuita 01 8000 112 435, donde nuestros asesores estarán prestos a brindar información respecto a sus inquietudes referentes a Fonvivienda.</p>
Como es el proceso del subsidio para alguien que quiere regresar a pais y obtener el beneficio?
Registrada:
Código:
10197
Como es el proceso del subsidio para alguien que quiere regresar a pais y obtener el beneficio?
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Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa Mi Casa Ya-Ahorradores: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya-Cuota inicial: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa Mi Casa Ya-Ahorradores: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya-Cuota inicial: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
Hola bueno días soy desplasado del munisipo de san jacinto he requerido a ustedes para poder tener vivienda
Hola bueno días soy desplasado del munisipo de san jacinto he requerido a ustedes para poder tener vivienda
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
Si vivo en exterior y deseo regresar, pero tengo apto y, alli es donde vive mi madre, puedo acceder al subsidio para mi.
Si vivo en exterior y deseo regresar, pero tengo apto y, alli es donde vive mi madre, puedo acceder al subsidio para mi.
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. </p>
<p>Es importante que para ser beneficiario de alguno de los programas antes mencionados es requisito no ser propietario de vivienda a nivel nacional ni haber recibido algún subsidio con anterioridad.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. </p>
<p>Es importante que para ser beneficiario de alguno de los programas antes mencionados es requisito no ser propietario de vivienda a nivel nacional ni haber recibido algún subsidio con anterioridad.</p>
Soy empleada y devengo solo un salario mínimo, a que tipo de vivienda puedo acceder?. Estoy reportada en datacrédito.
Soy empleada y devengo solo un salario mínimo, a que tipo de vivienda puedo acceder?. Estoy reportada en datacrédito.
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a></p>
<p>Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores - VIPA: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a></p>
<p>Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a></p>
<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un crédito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de información crediticia no podrá acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.1.3.4 del Decreto 1077 de 2015, los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del artículo 2.1.1.3.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el ahorro previo debe ser mínimo del 5% del valor de la vivienda. El crédito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligación tener un crédito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerirá de acreditar un crédito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en la sección 1 del capítulo 3 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, “P<em>or el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones”</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013. </p>
Tengo un básico de 689.454 y en total gano 944.000 pero le pago a los bancos 570.000 puedo aspirar a Mi Casa YA. Gracias
Tengo un básico de 689.454 y en total gano 944.000 pero le pago a los bancos 570.000 puedo aspirar a Mi Casa YA. Gracias
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el Programa Mi Casa Ya - Ahorradores, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa Mi Casa Ya - Ahorradores se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa Mi Casa Ya - Ahorradores se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
tener bajo puntaje en datacredito es impedimento para acceder a un crédito para vivienda con el FNA? Muchas gracias
tener bajo puntaje en datacredito es impedimento para acceder a un crédito para vivienda con el FNA? Muchas gracias
Respuesta
<p>Buenas tardes Claudia:</p>
<p>En la actualidad el Fondo Nacional del Ahorro cuenta con diferentes programas para acceder al beneficio de vivienda. Dentro de estos programas se encuentran:</p>
<p>1. Crédito por cesantías. Con las cesantías puedes adquirir vivienda nueva, usada, mejorar la vivienda que ya tienes, construir en lote propio o vender tu cadena hipotecaria.</p>
<p>2. Crédito por ahorro voluntario. Cumpliendo con las consignaciones de ahorro voluntario podrás adquirir la vivienda.</p>
<p>3. Arriendo social. Vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, pagando el canon mensual del arriendo.</p>
<p>4. Mi vivienda FNA. Diferentes proyectos y alternativas para que adquirir vivienda</p>
<p>Para mayor información te invitamos que ingreses en: <a href="https://www.fna.gov.co/Vivienda">https://www.fna.gov.co/Vivienda</a></p>
<p>En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal </p>
<p>En la actualidad el Fondo Nacional del Ahorro cuenta con diferentes programas para acceder al beneficio de vivienda. Dentro de estos programas se encuentran:</p>
<p>1. Crédito por cesantías. Con las cesantías puedes adquirir vivienda nueva, usada, mejorar la vivienda que ya tienes, construir en lote propio o vender tu cadena hipotecaria.</p>
<p>2. Crédito por ahorro voluntario. Cumpliendo con las consignaciones de ahorro voluntario podrás adquirir la vivienda.</p>
<p>3. Arriendo social. Vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, pagando el canon mensual del arriendo.</p>
<p>4. Mi vivienda FNA. Diferentes proyectos y alternativas para que adquirir vivienda</p>
<p>Para mayor información te invitamos que ingreses en: <a href="https://www.fna.gov.co/Vivienda">https://www.fna.gov.co/Vivienda</a></p>
<p>En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
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<p>Cordial saludo,</p>
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<p>Equipo Urna de Cristal </p>
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a> </p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a> </p>
quiero saber cuales son los requisitos para acceder a las casa de 100% subsidiada ycomo hago para postularme soy de estr
quiero saber cuales son los requisitos para acceder a las casa de 100% subsidiada ycomo hago para postularme soy de estr
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE unicamente son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE unicamente son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
Me pueden ayudar? quiero casa propia,soy pensionada recibo un mínimo, cabeza de hogar, puedo acceder a "mi casa ya" ?
Me pueden ayudar? quiero casa propia,soy pensionada recibo un mínimo, cabeza de hogar, puedo acceder a "mi casa ya" ?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el Programa Mi Casa Ya - Ahorradores, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
Recibo el mínimo y por qué el FNA dice que mi perfil no aplica para ningún subsidio ni siquiera el arriendo social?
Recibo el mínimo y por qué el FNA dice que mi perfil no aplica para ningún subsidio ni siquiera el arriendo social?
Respuesta
<p>Buenas tardes Alejandra:</p>
<p>En la actualidad el Fondo Nacional del Ahorro cuenta con diferentes programas para acceder al beneficio de vivienda. Dentro de estos programas se encuentran:</p>
<p>1. Crédito por cesantías. Con las cesantías puedes adquirir vivienda nueva, usada, mejorar la vivienda que ya tienes, construir en lote propio o vender tu cadena hipotecaria.</p>
<p>2. Crédito por ahorro voluntario. Cumpliendo con las consignaciones de ahorro voluntario podrás adquirir la vivienda.</p>
<p>3. Arriendo social. Vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, pagando el canon mensual del arriendo.</p>
<p>4. Mi vivienda FNA. Diferentes proyectos y alternativas para que adquirir vivienda</p>
<p>Para mayor información te invitamos que ingreses en: <a href="https://www.fna.gov.co/Vivienda">https://www.fna.gov.co/Vivienda</a></p>
<p>En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal </p>
<p>En la actualidad el Fondo Nacional del Ahorro cuenta con diferentes programas para acceder al beneficio de vivienda. Dentro de estos programas se encuentran:</p>
<p>1. Crédito por cesantías. Con las cesantías puedes adquirir vivienda nueva, usada, mejorar la vivienda que ya tienes, construir en lote propio o vender tu cadena hipotecaria.</p>
<p>2. Crédito por ahorro voluntario. Cumpliendo con las consignaciones de ahorro voluntario podrás adquirir la vivienda.</p>
<p>3. Arriendo social. Vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, pagando el canon mensual del arriendo.</p>
<p>4. Mi vivienda FNA. Diferentes proyectos y alternativas para que adquirir vivienda</p>
<p>Para mayor información te invitamos que ingreses en: <a href="https://www.fna.gov.co/Vivienda">https://www.fna.gov.co/Vivienda</a></p>
<p>En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal </p>
Soy docente del sector oficial, no estoy afiliado al FNA, ¿Puedo acceder al programa de vivienda subsidiada al 100%?
Soy docente del sector oficial, no estoy afiliado al FNA, ¿Puedo acceder al programa de vivienda subsidiada al 100%?
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE unicamente son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE unicamente son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
Soy cabeza de hogar, pensionada de un minimo,me pueden decir a que subsidios me puedo acoger? quiero tener casita propia
Soy cabeza de hogar, pensionada de un minimo,me pueden decir a que subsidios me puedo acoger? quiero tener casita propia
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el Programa Mi Casa Ya - Ahorradores, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
cómo un pensionado que recibe sólo un mínimo puede tener casa propia? que ayudas o subsidios le puede dar el gobierno?
cómo un pensionado que recibe sólo un mínimo puede tener casa propia? que ayudas o subsidios le puede dar el gobierno?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a> </p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a> </p>
Cómo puedo obtener un subsidio de vivienda sin tener hijos ya que soy solo y los recursos no me alcanzan.
Cómo puedo obtener un subsidio de vivienda sin tener hijos ya que soy solo y los recursos no me alcanzan.
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Finalmente le informamos que para acceder a los programas antes mencionados se tiene en cuenta incluso los hogares unipersonales.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Finalmente le informamos que para acceder a los programas antes mencionados se tiene en cuenta incluso los hogares unipersonales.</p>
Tengo 2 años y soy pensionada, recibo el mínimo, tengo 2 hijos ¿a que programa me puedo acoger para tener casa propia?
Tengo 2 años y soy pensionada, recibo el mínimo, tengo 2 hijos ¿a que programa me puedo acoger para tener casa propia?
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el Programa Mi Casa Ya - Ahorradores, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes.</p>
¿Puedo acceder al programa de "Mi casa Ya" y utilizar mis puntos del ahorro voluntario del FNA?
Registrada:
Código:
10183
¿Puedo acceder al programa de "Mi casa Ya" y utilizar mis puntos del ahorro voluntario del FNA?
Registrada:
Código:
10183
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya-Cuota Inicial" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $13.789.080 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $8.273.448 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.378.908 - $2.757.816).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($93.076.290), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya-Cuota Inicial”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($93.076.290 del 2016) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica en todo el territorio nacional.</p>
<p>Inicialmente para este programa se dispuso un total de 100.000 cupos pero con el programa PIPE 2.0 fue adicionado en la presente vigencia con 30.000 cupos más.</p>
<p>En relación a su inquietud le informamos que usted puede realizar el cierre financiero con el ahorro que tenga en el FNA así como utilizar el crédito hipotecario que tenga con dicha entidad de acuerdo con las condiciones que presente la constructora del proyecto.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.378.908 - $2.757.816).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($93.076.290), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya-Cuota Inicial”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($93.076.290 del 2016) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica en todo el territorio nacional.</p>
<p>Inicialmente para este programa se dispuso un total de 100.000 cupos pero con el programa PIPE 2.0 fue adicionado en la presente vigencia con 30.000 cupos más.</p>
<p>En relación a su inquietud le informamos que usted puede realizar el cierre financiero con el ahorro que tenga en el FNA así como utilizar el crédito hipotecario que tenga con dicha entidad de acuerdo con las condiciones que presente la constructora del proyecto.</p>
ES ALGO QUE INQUIETA A GRAN PARTE DE LOS JÓVENES DEL PAÍS ¿CONTINUA EL PROGRAMA SER PILO PAGA?
Registrada:
Código:
10182
ES ALGO QUE INQUIETA A GRAN PARTE DE LOS JÓVENES DEL PAÍS ¿CONTINUA EL PROGRAMA SER PILO PAGA?
Registrada:
Código:
10182
Respuesta
<div>
Estimado ciudadano,</div>
<div>
</div>
<div>
La meta del Plan Nacional de Desarrollo 2014 - ¬2018, se proyectó para que en el cuatrienio el Programa Ser Pilo Paga cuente con 40.000 beneficiarios, de los cuales se han adjudicado 31.940 entre 2014 y 2016.</div>
<div>
</div>
<div>
Adicionalmente, el pasado 6 de abril de 2017, tras la reunión entre representantes del Gobierno Nacional y de las Instituciones de Educación Superior, el Presidente Juan Manuel Santos anunció el acuerdo de convertir el programa “Ser Pilo Paga” en Política de Estado. Desde entonces, el Ministerio de Educación Nacional viene adelantando un ejercicio estricto de formulación de escenarios de cobertura y costos y el análisis de diversas propuestas, para de esa manera, buscar la continuidad del Programa.</div>
<div>
</div>
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Cordialmente,</div>
<div>
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<div>
Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Estimado ciudadano,</div>
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La meta del Plan Nacional de Desarrollo 2014 - ¬2018, se proyectó para que en el cuatrienio el Programa Ser Pilo Paga cuente con 40.000 beneficiarios, de los cuales se han adjudicado 31.940 entre 2014 y 2016.</div>
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Adicionalmente, el pasado 6 de abril de 2017, tras la reunión entre representantes del Gobierno Nacional y de las Instituciones de Educación Superior, el Presidente Juan Manuel Santos anunció el acuerdo de convertir el programa “Ser Pilo Paga” en Política de Estado. Desde entonces, el Ministerio de Educación Nacional viene adelantando un ejercicio estricto de formulación de escenarios de cobertura y costos y el análisis de diversas propuestas, para de esa manera, buscar la continuidad del Programa.</div>
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Cordialmente,</div>
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Viceministerio de Educación Superior</div>
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Ministerio de Educación Nacional</div>
Perdí vivienda militar pos prestamo, no tengo casa, puede acceder a algún beneficio o préstamo económico.
Perdí vivienda militar pos prestamo, no tengo casa, puede acceder a algún beneficio o préstamo económico.
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Es importante que para ser beneficiario de alguno de los programas antes mencionados es requisito no ser propietario de vivienda a nivel nacional ni haber recibido algún subsidio con anterioridad.</p>
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<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Es importante que para ser beneficiario de alguno de los programas antes mencionados es requisito no ser propietario de vivienda a nivel nacional ni haber recibido algún subsidio con anterioridad.</p>
<p> </p>
como hago para acceder a mi vivienda como desplazada y mujer se suponia queeramos prioridad. me postule en julio del2007
como hago para acceder a mi vivienda como desplazada y mujer se suponia queeramos prioridad. me postule en julio del2007
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
SOY EMPLEADA COMO DOCENTE Y ME DICEN QUE NO ES POSIBLE PASAR MIS CESANTIAS AL FONDO NACIONAL DEL AHORRO QUE DEBO HACER?
SOY EMPLEADA COMO DOCENTE Y ME DICEN QUE NO ES POSIBLE PASAR MIS CESANTIAS AL FONDO NACIONAL DEL AHORRO QUE DEBO HACER?
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes Julieta</p>
<p class="rtejustify">En atención con tu intervemción, el equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Fondo Nacional del Ahorro señala los requisitos a través de los cuales podrás realizar el traslado de las cesantias. </p>
<p class="rtejustify">De acuerdo con lo anterior, te invitamos a que ingreses en el siguiente enlace. Allí conoceras todos los requisitos y pasos para realizar el trámite requierido. El enlace a través del cual podrás conocer los detalles es https:://www.fna.gov.co/Cesantias/Afiliaci%C3%B3n-y-traslados.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal </p>
<p class="rtejustify">En atención con tu intervemción, el equipo de Urna de Cristal se permite señalar que el Fondo Nacional del Ahorro señala los requisitos a través de los cuales podrás realizar el traslado de las cesantias. </p>
<p class="rtejustify">De acuerdo con lo anterior, te invitamos a que ingreses en el siguiente enlace. Allí conoceras todos los requisitos y pasos para realizar el trámite requierido. El enlace a través del cual podrás conocer los detalles es https:://www.fna.gov.co/Cesantias/Afiliaci%C3%B3n-y-traslados.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal </p>
soy desplazada desde el 2004 yme postule en julio del 2007 y no he recibido vivienda sesuponia que eramos prioridad
soy desplazada desde el 2004 yme postule en julio del 2007 y no he recibido vivienda sesuponia que eramos prioridad
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
Cordial saludo.
Para las viviendas tipo vipa se debe pagar por escrituración y cuanto?
Registrada:
Código:
10176
Cordial saludo.
Para las viviendas tipo vipa se debe pagar por escrituración y cuanto?
Registrada:
Código:
10176
Respuesta
<p>Buen día,</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Al respecto nos permitimos hacer referencia a lo dispuesto en las Resoluciones 726 y 727 de 2016 expedidas por la Superintendencia de Notariado y Registro donde se estipulan tanto las tarifas de los derechos notariales y registrales así como las exenciones de pago de los mismos, no obstante es importante tener en cuenta la Instrucción Administrativa de esa misma Entidad.</p>
<p>Resolución 726: <a href="https://www.supernotariado.gov.co/PortalSNR/ShowProperty?nodeId=%2FSNRContent%2FWLSWCCPORTAL01106404%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased#38;">https://www.supernotariado.gov.co/PortalSNR/ShowProperty?nodeId=%2FSNRContent%2FWLSWCCPORTAL01106404%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased#38;</a></p>
<p>Resolución 727: <a href="https://www.supernotariado.gov.co/PortalSNR/ShowProperty?nodeId=%2FSNRContent%2FWLSWCCPORTAL01106403%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased#38;">https://www.supernotariado.gov.co/PortalSNR/ShowProperty?nodeId=%2FSNRContent%2FWLSWCCPORTAL01106403%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased#38;</a></p>
<p> </p>
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<p>Al respecto nos permitimos hacer referencia a lo dispuesto en las Resoluciones 726 y 727 de 2016 expedidas por la Superintendencia de Notariado y Registro donde se estipulan tanto las tarifas de los derechos notariales y registrales así como las exenciones de pago de los mismos, no obstante es importante tener en cuenta la Instrucción Administrativa de esa misma Entidad.</p>
<p>Resolución 726: <a href="https://www.supernotariado.gov.co/PortalSNR/ShowProperty?nodeId=%2FSNRContent%2FWLSWCCPORTAL01106404%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased#38;">https://www.supernotariado.gov.co/PortalSNR/ShowProperty?nodeId=%2FSNRContent%2FWLSWCCPORTAL01106404%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased#38;</a></p>
<p>Resolución 727: <a href="https://www.supernotariado.gov.co/PortalSNR/ShowProperty?nodeId=%2FSNRContent%2FWLSWCCPORTAL01106403%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased#38;">https://www.supernotariado.gov.co/PortalSNR/ShowProperty?nodeId=%2FSNRContent%2FWLSWCCPORTAL01106403%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased#38;</a></p>
quiero saber sobre las casa gratis que van a entregar en sahagun cordoba soy madre cabeza de hogar y no tengo casa
quiero saber sobre las casa gratis que van a entregar en sahagun cordoba soy madre cabeza de hogar y no tengo casa
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
Me gano un Salario Mínimo,afiliado a caja de compensació,pero no tengo ahorro programado.como me pueden ayudar,para vivi
Me gano un Salario Mínimo,afiliado a caja de compensació,pero no tengo ahorro programado.como me pueden ayudar,para vivi
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que el Programa Mi Casa Ya - Ahorradores, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensación Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 SMLMV. Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes. No obstante el 5% requerido para realizar el cierre financiero puede programar su pago conjuntamente con la constructora del proyecto de esta forma usted y su hogar podrían iniciar la vinculación a este programa fácilmente y acorde a su situación.</p>
<p>·No tener propiedad en el territorio nacional. ·No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplicó el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad pública o emergencia. ·No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de interés. ·Contar con un ahorro mínimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el artículo 2.1.1.1.1.3.2.2 del Decreto 1077 de 2015. ·Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir. ·En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013 derogado por la Sección 1 del capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, la autorización para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio autónomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensación Familiar, el hogar deberá autorizar el trámite que determine dicha Caja.</p>
<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deberán presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong> Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá: <a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, o en el link: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/vipa">http://www.minvivienda.gov.co/vipa</a> para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicación y la información acerca del constructor. El valor de la vivienda no podrá ser superior a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes. No obstante el 5% requerido para realizar el cierre financiero puede programar su pago conjuntamente con la constructora del proyecto de esta forma usted y su hogar podrían iniciar la vinculación a este programa fácilmente y acorde a su situación.</p>
Que la factura de acueducto, alcantarillado en Bogota se haga mensualmente al igual que lo hacen los otros operadores
Que la factura de acueducto, alcantarillado en Bogota se haga mensualmente al igual que lo hacen los otros operadores
Respuesta
<p class="rtejustify">Buenas tardes,</p>
<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu comentario e intervención, tu opinión es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir país. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal </p>
<p> </p>
<p class="rtejustify">Muchas gracias por tu comentario e intervención, tu opinión es muy importante para nosotros, para que de esta manera podamos construir país. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co/">www.urnadecristal.gov.co</a><u>.</u></p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal </p>
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De que forma puede un pensionado recibir los beneficios para vivienda. Soy pensionado y no estoy en el FNA. Gracias.
De que forma puede un pensionado recibir los beneficios para vivienda. Soy pensionado y no estoy en el FNA. Gracias.
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a> </p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a> </p>
MI madre es cabeza de familia somos estrato 1 y sisben podemos validar para la vivienda gratuita del gobierno?
MI madre es cabeza de familia somos estrato 1 y sisben podemos validar para la vivienda gratuita del gobierno?
Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen día, en atención a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, se reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, así:<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>
<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Ø Sistema de información de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. Ø Sistema de identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. Ø Registro Único de Población Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado "Calificado". Ø Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o él que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selección de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composición poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorización que se determinan en la sección 1 del capítulo 2 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015<o:p></o:p></span></p>
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a través de las oficinas del DPS, de encontrarse en algún listado deberá presentar postulación al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensación de su municipio dentro de las fechas establecidas para tal fin<o:p></o:p></span></p>
Buenas tardes, soy independiente vivo en ibaguè soy soltero Puedo solicitar subsidio del gobierno para vivienda vis
Buenas tardes, soy independiente vivo en ibaguè soy soltero Puedo solicitar subsidio del gobierno para vivienda vis
Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $13.789.080 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $8.273.448 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.378.908 - $2.757.816).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($93.076.290), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($93.076.290 del 2016) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica en todo el territorio nacional.</p>
<p>Inicialmente para este programa se dispuso un total de 100.000 cupos pero con el programa PIPE 2.0 fue adicionado en la presente vigencia con 30.000 cupos más.</p>
<p>Para finalizar le informamos que para acceder a este programa se tiene en cuenta incluso los hogares unipersonales.</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.378.908 - $2.757.816).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($93.076.290), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>El hogar interesado en acceder al programa “Mi Casa Ya”, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que más le llame la atención. Una vez decida qué vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el crédito hipotecario cobijado con la medida.</p>
<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($93.076.290 del 2016) y que cumpla con los requisitos técnicos en el marco del programa.</p>
<p>Es importante tener en cuenta que este programa aplica en todo el territorio nacional.</p>
<p>Inicialmente para este programa se dispuso un total de 100.000 cupos pero con el programa PIPE 2.0 fue adicionado en la presente vigencia con 30.000 cupos más.</p>
<p>Para finalizar le informamos que para acceder a este programa se tiene en cuenta incluso los hogares unipersonales.</p>
Soy funcionaria puedo acceder a los servicios de FNA para adquirir otro crédito dvivienda tengo un crédito con el fondo.
Soy funcionaria puedo acceder a los servicios de FNA para adquirir otro crédito dvivienda tengo un crédito con el fondo.
Respuesta
<p>Buenas tardes Karen:</p>
<p>En la actualidad el Fondo Nacional del Ahorro cuenta con diferentes programas para acceder al beneficio de vivienda. Dentro de estos programas se encuentran:</p>
<p>1. Crédito por cesantías. Con las cesantías puedes adquirir vivienda nueva, usada, mejorar la vivienda que ya tienes, construir en lote propio o vender tu cadena hipotecaria.</p>
<p>2. Crédito por ahorro voluntario. Cumpliendo con las consignaciones de ahorro voluntario podrás adquirir la vivienda.</p>
<p>3. Arriendo social. Vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, pagando el canon mensual del arriendo.</p>
<p>4. Mi vivienda FNA. Diferentes proyectos y alternativas para que adquirir vivienda</p>
<p>Para mayor información te invitamos que ingreses en: <a href="https://www.fna.gov.co/Vivienda">https://www.fna.gov.co/Vivienda</a></p>
<p>En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal </p>
<p>En la actualidad el Fondo Nacional del Ahorro cuenta con diferentes programas para acceder al beneficio de vivienda. Dentro de estos programas se encuentran:</p>
<p>1. Crédito por cesantías. Con las cesantías puedes adquirir vivienda nueva, usada, mejorar la vivienda que ya tienes, construir en lote propio o vender tu cadena hipotecaria.</p>
<p>2. Crédito por ahorro voluntario. Cumpliendo con las consignaciones de ahorro voluntario podrás adquirir la vivienda.</p>
<p>3. Arriendo social. Vivienda nueva, en cualquier parte de Colombia, pagando el canon mensual del arriendo.</p>
<p>4. Mi vivienda FNA. Diferentes proyectos y alternativas para que adquirir vivienda</p>
<p>Para mayor información te invitamos que ingreses en: <a href="https://www.fna.gov.co/Vivienda">https://www.fna.gov.co/Vivienda</a></p>
<p>En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p> </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal </p>
para las personas con discapacidad que beneficios hay y como acceder a ellos.
gracias
Registrada:
Código:
10166
para las personas con discapacidad que beneficios hay y como acceder a ellos.
gracias
Registrada:
Código:
10166
Respuesta
<p>Buen día, en atención a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias más pobres en materia de solución habitacional el Gobierno cuenta con un único instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda - SFV, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que únicamente puede ser usado para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y víctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Es importante tener en cuenta que los hogares que tengan como miembro a una persona en situación de discapacidad tendrán prioridad en el programa de vivienda gratis en el momento d ela selección de los beneficiarios.</p>
<p>Las Cajas de Compensación Familiar - CCF otorgan SFV a sus afiliados. Por su parte, Fonvivienda, es otorgante de SFV, para quienes no tienen afiliación a una CCF; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Es importante tener en cuenta que los hogares que tengan como miembro a una persona en situación de discapacidad tendrán prioridad en el programa de vivienda gratis en el momento d ela selección de los beneficiarios.</p>
Respuesta
<p>Buen día,</p>
<p> </p>
<p>Al respecto, lo invitamos a consultar la pagina <a href="http://www.micasaya.gov.co">http://www.micasaya.gov.co</a>, allí encontrará información sobre algunos de los proyectos de vivienda nueva que son ofertados por las constructoras no solo en la ciudad de Bogota sino en el resto del país.</p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a> </p>
<p> </p>
<p>Al respecto, lo invitamos a consultar la pagina <a href="http://www.micasaya.gov.co">http://www.micasaya.gov.co</a>, allí encontrará información sobre algunos de los proyectos de vivienda nueva que son ofertados por las constructoras no solo en la ciudad de Bogota sino en el resto del país.</p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a> </p>
Respuesta
<p>Buenas tardes,</p>
<p>Al respecto lo invitamos a visitar la pagina <a href="http://www.micasaya.gov.co">http://www.micasaya.gov.co</a>, allí encontrará la informqación de algunos proyectos que son ofertados por las diferentes contructoras no solo en la ciudad de Bogota sino en todo el país. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>
<p>Al respecto lo invitamos a visitar la pagina <a href="http://www.micasaya.gov.co">http://www.micasaya.gov.co</a>, allí encontrará la informqación de algunos proyectos que son ofertados por las diferentes contructoras no solo en la ciudad de Bogota sino en todo el país. </p>
<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrará información detallada sobre cada uno de los programas así como los requisitos en cada programa:</p>
<p>Programa de Vivienda Gratis: <a href="http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas">http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</a> Programa CASA AHORRO: <a href="http://portal.minvivienda.local/vipa">http://portal.minvivienda.local/vipa</a>, para compra de vivienda de valor menor a $48.261.780. Programa Mi Casa Ya: <a href="http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya">http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</a>, para compra de vivienda de valor entre $48.261.780 y $93.076.290. Programa Subsidio a la Tasa de Interés: <a href="http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s">http://www.minvivienda.gov.co/subsidio-a-la-tasa-de-inter%C3%A9s</a> para compra de vivienda de valor menor a $93.076.290. Programa Mi Casa ya – Subsidio a la Tasa: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/mi-casa-ya-subsidio-a-la-tasa-de-interes</a> para compra de vivienda de valor entre $93.076.290 y $230.967.090. Programa Arriendo Social: <a href="http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social">http://portal.minvivienda.local/viceministerios/viceministerio-de-vivienda/programas/arriendo-social</a></p>