No hay indicadores de gestión para la transparencia en la gobernanza electronica
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Hola,
¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales. Facebook: www.facebook.com/urnadecristal Twitter: www.twitter.com/urnadecristal Instagram: www.instagram.com/urnadecristal LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/ Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes. Cordialmente, El equipo de Urna de Cristal.
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Parqué tanto demora de PGN en la defensa de los derechos contra libre expresión, el trabajo y cátedra de Comunicación.
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Hola Gonzalo,
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hola buenos dias cordial saludo, que debo hacer para poder que me quiten el reporte que tengo?
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hola buenos dias cordial saludo, que debo hacer para poder que me quiten el reporte que tengo?
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Hola Iván,
La Ley de Borrón y Cuenta Nueva modifica el régimen de Habeas Data y trae beneficios para los deudores morosos que se pongan al día con sus obligaciones reportadas en centrales de riesgo.
En tu historial crediticio se registra tu comportamiento crediticio de los últimos 48 meses. Por lo tanto, si estuviste en mora y te pusiste al día o cancelaste la obligación en mora, en tu historial se reflejará esto. Sin embargo, durante el término legal de permanencia de la información negativa se evidenciará que en el pasado estuviste en mora, pero esta información se irá eliminando de tu historia de crédito con el tiempo.
Para más información puedes visitar:https://soluciones.datacredito.com.co/ley-de-borron-y-cuenta-nueva-datacredito-2021
La Ley de Borrón y Cuenta Nueva modifica el régimen de Habeas Data y trae beneficios para los deudores morosos que se pongan al día con sus obligaciones reportadas en centrales de riesgo.
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Que debo hacer para borrar un reporte negativo y como lo puedo solicitar, para entidades aplican...
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Que debo hacer para borrar un reporte negativo y como lo puedo solicitar, para entidades aplican...
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Hola,
La Ley de Borrón y Cuenta Nueva modifica el régimen de Habeas Data y trae beneficios para los deudores morosos que se pongan al día con sus obligaciones reportadas en centrales de riesgo.
En tu historial crediticio se registra tu comportamiento crediticio de los últimos 48 meses. Por lo tanto, si estuviste en mora y te pusiste al día o cancelaste la obligación en mora, en tu historial se reflejará esto. Sin embargo, durante el término legal de permanencia de la información negativa se evidenciará que en el pasado estuviste en mora, pero esta información se irá eliminando de tu historia de crédito con el tiempo.
Para más información puedes visitar:https://soluciones.datacredito.com.co/ley-de-borron-y-cuenta-nueva-datacredito-2021
La Ley de Borrón y Cuenta Nueva modifica el régimen de Habeas Data y trae beneficios para los deudores morosos que se pongan al día con sus obligaciones reportadas en centrales de riesgo.
En tu historial crediticio se registra tu comportamiento crediticio de los últimos 48 meses. Por lo tanto, si estuviste en mora y te pusiste al día o cancelaste la obligación en mora, en tu historial se reflejará esto. Sin embargo, durante el término legal de permanencia de la información negativa se evidenciará que en el pasado estuviste en mora, pero esta información se irá eliminando de tu historia de crédito con el tiempo.
Para más información puedes visitar:https://soluciones.datacredito.com.co/ley-de-borron-y-cuenta-nueva-datacredito-2021
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Hola Mary,
Desde el 13 de marzo de 2021, hasta el 13 enero de 2022 para Congreso de la República y hasta el 29 de marzo de 2022 para elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República; la Registraduría Nacional del Estado Civil adelantará el proceso de inscripción de ciudadanos en todas sus sedes del país entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. Durante este período, usted puede dirigirse a la sede de la entidad más cercana e inscribir su cédula si cambió su lugar de residencia o no pertenece al censo electoral actual.
Para más información:https://wapp.registraduria.gov.co/electoral/Elecciones-2022/PreguntasFrecuentes.html#:~:text=Los%20ciudadanos%20podr%C3%A1n%20acercarse%20a,m%C3%A1s%20cercano%20a%20su%20domicilio.
Desde el 13 de marzo de 2021, hasta el 13 enero de 2022 para Congreso de la República y hasta el 29 de marzo de 2022 para elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República; la Registraduría Nacional del Estado Civil adelantará el proceso de inscripción de ciudadanos en todas sus sedes del país entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. Durante este período, usted puede dirigirse a la sede de la entidad más cercana e inscribir su cédula si cambió su lugar de residencia o no pertenece al censo electoral actual.
Para más información:https://wapp.registraduria.gov.co/electoral/Elecciones-2022/PreguntasFrecuentes.html#:~:text=Los%20ciudadanos%20podr%C3%A1n%20acercarse%20a,m%C3%A1s%20cercano%20a%20su%20domicilio.
Cómo ago para saber si soy favorecida en familias en acción soy madre soltera de dos niñas una 5 y una 9 años por favor
Cómo ago para saber si soy favorecida en familias en acción soy madre soltera de dos niñas una 5 y una 9 años por favor
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Hola Gloria,
Queremos informarte que el DPS inicia la Fase IV del Programa Familias en Acción que tiene como consigna “Que nadie se quede atrás”, por eso: luego de cerca de 9 años de no tener inscripciones masivas en el país, del programa Familias en Acción, a partir del próximo 19 de abril, inicia este proceso. Los procesos de inscripción se realizarán mediante agendamiento de citas que serán informadas por la Alcaldía de cada Municipio El proceso de inscripciones será realizado en dos etapas: Etapa 1: - Entre el 19 de abril y el 31 de octubre del 2021: Se convocarán 1.892.412 familias en 1.100 Municipios. - En algunos Municipios serán convocadas menos 2.500 familias, en ellos el proceso se iniciará entre abril y mayo. - En los Municipios con más de 2.500 familias, las inscripciones se realizarán en julio. Etapa 2: - Se realizará cuando finalice el periodo electoral (julio y agosto del 2022). El proceso de inscripción será de la siguiente manera: 1. Asignación de cita por parte de la Alcaldía. 2. El día de la cita asignada, deberán llevar todos los documentos requeridos. 3. Firma del contrato social. 4. Generación y entrega de comprobante de la inscripción a Familias en acción. 5. Etapa de validación, en la que se verifican si los documentos o no legibles y que la inscripción se haya realizado correctamente. Las familias deben cumplir con los siguientes requisitos: -Familia clasificada en Sisbén IV entre A1 y B4. -En la ficha del Sisbén, deben estar registrados, niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que se encuentran a cargo de la familia. -Ser parte del proceso de focalización que desarrolla Prosperidad Social Los documentos que son requeridos en el proceso son: 1. Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía, de la persona que sea el titular, si es menor de edad puede presentar la tarjeta de identidad. En caso de no contar con el original, podrán presentar la contraseña, Original y fotocopia del Registro Civil de Nacimiento, de cada menos de 18 años y tarjeta de identidad para los menores entre 7 y 17 años. Datos de institución educativa, eps a la que pertenecen los menores de edad. No es necesario presentar una certificación de ello. Todos los documentos deben ser legibles para que no se presenten problemas al momento de la inscripción. DEBES TENER EN CUENTA QUE: 1. Las familias que no fueron focalizadas en la primera etapa, podrán ser convocadas en la segunda si cumplen con los requisitos. 2.Las familias inscritas en primera o segunda etapa, recibirán los incentivos, hasta cuando sea finalizado el proceso de transición de la fase III y se promulgue el inicio de la fase IV de Familias en Acción. 3.Las Alcaldías serán las encargadas de asignar, la fecha, hora y lugar para las inscripciones. Para acceder a más información: http://centrodedocumentacion.prosperidadsocial.gov.co/2021/Familias-en-Accion/Docs-Tecnicos-FA/Resolucion-00659-de-2021-inscripciones-IV-fase-Familias-en-Accion.pdf
Queremos informarte que el DPS inicia la Fase IV del Programa Familias en Acción que tiene como consigna “Que nadie se quede atrás”, por eso: luego de cerca de 9 años de no tener inscripciones masivas en el país, del programa Familias en Acción, a partir del próximo 19 de abril, inicia este proceso. Los procesos de inscripción se realizarán mediante agendamiento de citas que serán informadas por la Alcaldía de cada Municipio El proceso de inscripciones será realizado en dos etapas: Etapa 1: - Entre el 19 de abril y el 31 de octubre del 2021: Se convocarán 1.892.412 familias en 1.100 Municipios. - En algunos Municipios serán convocadas menos 2.500 familias, en ellos el proceso se iniciará entre abril y mayo. - En los Municipios con más de 2.500 familias, las inscripciones se realizarán en julio. Etapa 2: - Se realizará cuando finalice el periodo electoral (julio y agosto del 2022). El proceso de inscripción será de la siguiente manera: 1. Asignación de cita por parte de la Alcaldía. 2. El día de la cita asignada, deberán llevar todos los documentos requeridos. 3. Firma del contrato social. 4. Generación y entrega de comprobante de la inscripción a Familias en acción. 5. Etapa de validación, en la que se verifican si los documentos o no legibles y que la inscripción se haya realizado correctamente. Las familias deben cumplir con los siguientes requisitos: -Familia clasificada en Sisbén IV entre A1 y B4. -En la ficha del Sisbén, deben estar registrados, niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que se encuentran a cargo de la familia. -Ser parte del proceso de focalización que desarrolla Prosperidad Social Los documentos que son requeridos en el proceso son: 1. Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía, de la persona que sea el titular, si es menor de edad puede presentar la tarjeta de identidad. En caso de no contar con el original, podrán presentar la contraseña, Original y fotocopia del Registro Civil de Nacimiento, de cada menos de 18 años y tarjeta de identidad para los menores entre 7 y 17 años. Datos de institución educativa, eps a la que pertenecen los menores de edad. No es necesario presentar una certificación de ello. Todos los documentos deben ser legibles para que no se presenten problemas al momento de la inscripción. DEBES TENER EN CUENTA QUE: 1. Las familias que no fueron focalizadas en la primera etapa, podrán ser convocadas en la segunda si cumplen con los requisitos. 2.Las familias inscritas en primera o segunda etapa, recibirán los incentivos, hasta cuando sea finalizado el proceso de transición de la fase III y se promulgue el inicio de la fase IV de Familias en Acción. 3.Las Alcaldías serán las encargadas de asignar, la fecha, hora y lugar para las inscripciones. Para acceder a más información: http://centrodedocumentacion.prosperidadsocial.gov.co/2021/Familias-en-Accion/Docs-Tecnicos-FA/Resolucion-00659-de-2021-inscripciones-IV-fase-Familias-en-Accion.pdf
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Hola Carmen,
Las pre-inscripciones para Jóvenes en Acción se encuentran vigentes. Para acceder a ello debes cumplir con los siguientes requisitos:
• Los jóvenes elegibles (potenciales participantes) del programa Jóvenes en Acción, son jóvenes bachilleres entre 16 y 24 años de edad y que adicionalmente se encuentren registrados en por lo menos uno de los siguientes listados poblacionales:
• Estar en el SISBEN III, con uno de los puntajes especificados conforme al área de residencia (desagregación geográfica).
• Estar registrado en la Red UNIDOS.
• Estar registrado en el Registro Único de Víctimas - RUV, en condición de desplazamiento en estado "INCLUIDO"
• Estar registrado en las listas censales de jóvenes indígenas.
• Estar registrado en las listas censales para jóvenes con medida de adoptabilidad o responsabilidad penal del ICBF.
Las pre-inscripciones para Jóvenes en Acción se encuentran vigentes. Para acceder a ello debes cumplir con los siguientes requisitos:
• Los jóvenes elegibles (potenciales participantes) del programa Jóvenes en Acción, son jóvenes bachilleres entre 16 y 24 años de edad y que adicionalmente se encuentren registrados en por lo menos uno de los siguientes listados poblacionales:
• Estar en el SISBEN III, con uno de los puntajes especificados conforme al área de residencia (desagregación geográfica).
• Estar registrado en la Red UNIDOS.
• Estar registrado en el Registro Único de Víctimas - RUV, en condición de desplazamiento en estado "INCLUIDO"
• Estar registrado en las listas censales de jóvenes indígenas.
• Estar registrado en las listas censales para jóvenes con medida de adoptabilidad o responsabilidad penal del ICBF.
Hola , quisiera saber cómo puedo postularme al subsidio de vivienda y de ingreso solidario , soy madre cabeza de hogar
Hola , quisiera saber cómo puedo postularme al subsidio de vivienda y de ingreso solidario , soy madre cabeza de hogar
Respuesta
Hola Laura,
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Buenas tarde, Soy Yesenia Pautt como puedo tener información para las vacantes de empleo acorde a mi perfil profesional.
Buenas tarde, Soy Yesenia Pautt como puedo tener información para las vacantes de empleo acorde a mi perfil profesional.
Respuesta
Hola Yecenia,
Muchas gracias por contactarte con nosotros.
Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:
En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.
No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.
El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.
Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.
Muchas gracias por contactarte con nosotros.
Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:
En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.
No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.
El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.
Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.
Tengo 52 años con VIH tengo cargo mi madre 66 años solorecibimos devolución IVA ,como acceder subsidio vivienda gratis
Tengo 52 años con VIH tengo cargo mi madre 66 años solorecibimos devolución IVA ,como acceder subsidio vivienda gratis
Respuesta
Hola Mabel,
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Respuesta
Hola Yamiled,
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respuesta
Hola Emmanuel,
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Mi sisben es B2 soy madre soltera tengo 2 hijos y no he recibido ninguna ayuda del ingreso solidario ni de ninguna porq
Mi sisben es B2 soy madre soltera tengo 2 hijos y no he recibido ninguna ayuda del ingreso solidario ni de ninguna porq
Respuesta
Hola Evely,
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
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tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
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Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
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invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
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¿Cómo puedo o qué debo hacer para acceder al subsidio del ingreso solidario?
Registrada:
Código:
12165
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12165
Respuesta
Hola María,
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
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Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
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Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Hola como postularme al subsidios de vivienda y al subsidio de ingreso solidario soy madre cabeza de hogar
Hola como postularme al subsidios de vivienda y al subsidio de ingreso solidario soy madre cabeza de hogar
Respuesta
Hola,
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
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Buenos dias, me gustaria saber hasta que fecha esta disponible el subsidio de mi casa ya, y cuando se termine que opcion
Buenos dias, me gustaria saber hasta que fecha esta disponible el subsidio de mi casa ya, y cuando se termine que opcion
Respuesta
Hola,
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
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Hola Libesa,
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Buenas noches, me gustaría saber como hago para acceder a un subsidio de vivienda. Gracias
Registrada:
Código:
12162
Buenas noches, me gustaría saber como hago para acceder a un subsidio de vivienda. Gracias
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Hola,
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
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Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
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Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
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Sería sumamente provechoso para el país interesarse en las finanzas criptográficas haciendo uso de los recursos naturale
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Hola,
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¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.
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Cómo puedo postularme al subsidio de viviendo teniendo 21 años y desempleado pero con titulación universitaria
Cómo puedo postularme al subsidio de viviendo teniendo 21 años y desempleado pero con titulación universitaria
Respuesta
Hola Yainer,
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
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Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
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Requisitos para postularme a ingreso solidario o alguna ayuda del gobierno
Registrada:
Código:
12159
Requisitos para postularme a ingreso solidario o alguna ayuda del gobierno
Registrada:
Código:
12159
Respuesta
Hola,
Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial
Páginas oficiales:
https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html
https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx
www.dnp.gov.co
https://www.sisben.gov.co/
https://devolucioniva.dnp.gov.co/
https://ingresosolidario.dnp.gov.co/
Redes sociales:
https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx
https://twitter.com/DNP_Colombia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial
Páginas oficiales:
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https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx
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https://devolucioniva.dnp.gov.co/
https://ingresosolidario.dnp.gov.co/
Redes sociales:
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Soy Daniel Andrés Romero soy hombre soltero dicto clases en aguazul casanare , pago arriendo y me gustaria registr
Soy Daniel Andrés Romero soy hombre soltero dicto clases en aguazul casanare , pago arriendo y me gustaria registr
Respuesta
Hola,
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
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OTRAS AYUDAS RELACIONADAS
Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
OTRAS AYUDAS RELACIONADAS
Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus
Respuesta
Hola,
Muchas gracias por contactarte con nosotros.
Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:
En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.
No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.
El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.
Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.
Muchas gracias por contactarte con nosotros.
Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:
En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.
No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.
El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.
Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.
Respuesta
Hola Kathe,
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
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Hola,
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
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que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
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Hola Joha,
Muchas gracias por contactarte con nosotros.
Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:
En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.
No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.
El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.
Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.
Muchas gracias por contactarte con nosotros.
Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:
En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.
No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.
El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.
Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.
Señores Gobierno Nacional deseo postularme a un Subsidio de vivienda, nunca he tenido la oportunidad de tener un apoyo.
Señores Gobierno Nacional deseo postularme a un Subsidio de vivienda, nunca he tenido la oportunidad de tener un apoyo.
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Hola,
¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.
Facebook: www.facebook.com/urnadecristal
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¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.
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Hola,
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respecto de tu solicitud queremos informarte que a través del Decreto 812 del 4 de junio de 2020, El Programa Ingreso Solidario, fue creado mediante el Decreto 518 del 4 de abril de 2020 con el objetivo de
entregar transferencias monetarias no condicionadas en favor de las personas y hogares en situación de
pobreza y vulnerabilidad económica, que no fueran beneficiarios de los programas Familias en Acción,
Protección Social al Adulto Mayor Colombia Mayor, Jóvenes en Acción o de la compensación del impuesto
sobre las ventas – IVA.
El objetivo del programa es contrarrestar los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID –
19, a través de la entrega de una ayuda monetaria, buscando beneficiar a cerca de tres millones de
hogares, quienes fueron identificados previamente por el Departamento Nacional de Planeación – DNP, de
conformidad con el artículo 1 del Decreto 518 de 2020, teniendo en cuenta los hogares en situación de
pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén III y IV, y que cumplan con el
criterio de ordenamiento del Sisbén, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el precitado Decreto y
en el manual operativo del programa.
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web
https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ para conocer más información del programa. Reiteramos
que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios. Por
tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa. Para información adicional lo
invitamos a comunicarse al teléfono 5954410 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de
atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00
A.M hasta la 1:00 P.M o remitir mensaje de texto gratuito al 85594.
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
¿Cómo puedo acceder a un subsidio, para no perder mi casa que la tengo hipotecada y mis recurso no me alcanzan ?
¿Cómo puedo acceder a un subsidio, para no perder mi casa que la tengo hipotecada y mis recurso no me alcanzan ?
Respuesta
Hola Edgar,
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:
Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/
Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/
Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios
Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/
Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda
Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:
https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021
Mi proceso de indemnización administrativa por victimas del conflicto de desplazamiento forzado cuanto tardaría
Mi proceso de indemnización administrativa por victimas del conflicto de desplazamiento forzado cuanto tardaría
Respuesta
Hola,
Respecto a tu solicitud, queremos informarte que debes comunicarte con la Unidad de Victimas, a continuación, encontraras las líneas de contacto:
Página web www.unidadvictimas.gov.co
Línea nacional 018000911119
Bogotá, 426 11 11. Los horarios de atención son de lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 9:00 p.m., y sábados de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.
Recuerda estar atenta ÚNICAMENTE a los diferentes medios oficiales de información de Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, y de la Unidad de Victimas los cuales encontraras a continuación:
Páginas oficiales:
https://id.presidencia.gov.co/deinteres/index.html
https://www.unidadvictimas.gov.co/
www.dnp.gov.co
https://www.sisben.gov.co/
https://devolucioniva.dnp.gov.co/
Redes sociales:
https://twitter.com/infopresidencia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
https://twitter.com/UnidadVictimas?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
¡Gracias por escribirnos! Tu opinión es muy importante para la construcción de un mejor país. Sigue participando en Urna de Cristal en nuestra página web www.urnadecristal.gov.co, o a través de nuestros canales, Call Center 018000952525 o en Bogotá en el 3907950, o en nuestras redes sociales.
Facebook: www.facebook.com/urnadecristal
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Instagram: www.instagram.com/urnadecristal
LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/urna-de-cristal/
Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.
Respecto a tu solicitud, queremos informarte que debes comunicarte con la Unidad de Victimas, a continuación, encontraras las líneas de contacto:
Página web www.unidadvictimas.gov.co
Línea nacional 018000911119
Bogotá, 426 11 11. Los horarios de atención son de lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 9:00 p.m., y sábados de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.
Recuerda estar atenta ÚNICAMENTE a los diferentes medios oficiales de información de Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, y de la Unidad de Victimas los cuales encontraras a continuación:
Páginas oficiales:
https://id.presidencia.gov.co/deinteres/index.html
https://www.unidadvictimas.gov.co/
www.dnp.gov.co
https://www.sisben.gov.co/
https://devolucioniva.dnp.gov.co/
Redes sociales:
https://twitter.com/infopresidencia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
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Hay alguna posibilidad de realizar un curso los niños menores que no hallan terminado el bachillerato?
Registrada:
Código:
12149
Hay alguna posibilidad de realizar un curso los niños menores que no hallan terminado el bachillerato?
Registrada:
Código:
12149
Respuesta
Hola,
Respecto a tu solicitud, queremos informarte que debes realizarla al ICFES, a continuación, puedes encontrar los diferentes canales de atención al ciudadano:
Horario de atención telefónica: Lunes a Viernes 7 am a 7 pm
Tel.: (57+1) 484-1460 | PBX: (57+1) 484-1410
Línea nacional gratuita 018000-519535
Código postal: 110311
Correo solicitudes de información:
solicitudesinformacion@icfes.gov.co
Correo de notificaciones judiciales:
http://atencionciudadano.icfes.gov.co/pqr/radicar.php
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Horario de atención telefónica: Lunes a Viernes 7 am a 7 pm
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Línea nacional gratuita 018000-519535
Código postal: 110311
Correo solicitudes de información:
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Que debe hacer una persona mayor de 37 años para realizar un curso En el sena, si no tiene las pruebas icfes?
Que debe hacer una persona mayor de 37 años para realizar un curso En el sena, si no tiene las pruebas icfes?
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Hola Jorge,
Respecto a tu solicitud, queremos informarte que debes realizarla al ICFES, a continuación, puedes encontrar los diferentes canales de atención al ciudadano:
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Línea nacional gratuita 018000-519535
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Correo solicitudes de información:
solicitudesinformacion@icfes.gov.co
Correo de notificaciones judiciales:
http://atencionciudadano.icfes.gov.co/pqr/radicar.php
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Línea nacional gratuita 018000-519535
Código postal: 110311
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Correo de notificaciones judiciales:
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Hola,
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Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.
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mi nombre es Miguel angel feria ,soy desplazado por la violencia tengo 2 niños, pago arriendo como puedo tener vivienda
mi nombre es Miguel angel feria ,soy desplazado por la violencia tengo 2 niños, pago arriendo como puedo tener vivienda
Respuesta
Hola Miguel Angel,
Respecto de tu solicitud queremos informarte que:
El programa de las viviendas 100% subsidiadas nace como respuesta del Gobierno Nacional a la realidad de miles de hogares que viven en situación de extrema pobreza y, por lo tanto, no logran acceder a un crédito para obtener su vivienda por los mecanismos tradicionales que ofrece el mercado. Este programa pretende entregar 100 mil viviendas y tiene como objetivo central seguir avanzando en el cumplimiento de las metas del Gobierno de crear empleo y reducir la pobreza en Colombia.
El programa da prioridad a las familias desplazadas, a las que hacen parte de la Red Unidos y a los sectores más vulnerables. También, un porcentaje de viviendas en cada proyecto será destinado a los hogares afectados por los desastres naturales o que habiten en zonas de alto riesgo no mitigable.
Con el programa, el Gobierno Nacional promueve un trabajo conjunto entre el sector público y el sector privado, para definir un método de selección objetivo, ágil y transparente de los diseñadores, constructores e interventores de las obras.
Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/viviendas-100-subsidiadas
Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
Respecto de tu solicitud queremos informarte que:
El programa de las viviendas 100% subsidiadas nace como respuesta del Gobierno Nacional a la realidad de miles de hogares que viven en situación de extrema pobreza y, por lo tanto, no logran acceder a un crédito para obtener su vivienda por los mecanismos tradicionales que ofrece el mercado. Este programa pretende entregar 100 mil viviendas y tiene como objetivo central seguir avanzando en el cumplimiento de las metas del Gobierno de crear empleo y reducir la pobreza en Colombia.
El programa da prioridad a las familias desplazadas, a las que hacen parte de la Red Unidos y a los sectores más vulnerables. También, un porcentaje de viviendas en cada proyecto será destinado a los hogares afectados por los desastres naturales o que habiten en zonas de alto riesgo no mitigable.
Con el programa, el Gobierno Nacional promueve un trabajo conjunto entre el sector público y el sector privado, para definir un método de selección objetivo, ágil y transparente de los diseñadores, constructores e interventores de las obras.
Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/viviendas-100-subsidiadas
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¿Se pueden crear programas pedagogicos gratuitos que contribuyan con la historia ancestral, filosofia y etica ciudadana?
¿Se pueden crear programas pedagogicos gratuitos que contribuyan con la historia ancestral, filosofia y etica ciudadana?
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Hola Carolina,
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Hola, quisiera saber sobre el subsidio que otorga el gobierno mensualmente. Me han suspendido el pago de sept y Oct
Hola, quisiera saber sobre el subsidio que otorga el gobierno mensualmente. Me han suspendido el pago de sept y Oct
Respuesta
Hola,
Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial
Páginas oficiales:
https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html
https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx
www.dnp.gov.co
https://www.sisben.gov.co/
https://devolucioniva.dnp.gov.co/
https://ingresosolidario.dnp.gov.co/
Redes sociales:
https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx
https://twitter.com/DNP_Colombia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
Respecto a tu solicitud queremos informarte que el Gobierno Nacional, busca llegar a todas las familias en estado de extrema pobreza, razón por la cual a través de sus programas ya existentes tales como Familias en acción, Jóvenes en acción y adulto mayor, entrega subsidios a las personas que se encuentran inscritas en ellos. Es bien sabido que no todas las personas y/o familias se encuentran allí, por esta razón y por la coyuntura presentada por el virus COVID-19 fueron creados los subsidios de Ingreso Solidario y Devolución del Iva, por medio de los cuales tres millones de familias se ven beneficiadas. Si no te encuentras inscrito a ninguno de los programas o subsidios anteriormente mencionados, debes estar atento a las próximas ayudas que se realicen, de igual manera te invitamos a estar atento a los subsidios que son realizados por parte de las Alcaldías Locales o Municipales, para que puedas verte beneficiado con ellas. Si necesitas información específica te sugerimos contactarte con Presidencia de la República, Alcaldías Municipales y Locales, Departamento de Prosperidad Social y Departamento Nacional de Planeación a través de sus canales de información oficial
Páginas oficiales:
https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html
https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx
www.dnp.gov.co
https://www.sisben.gov.co/
https://devolucioniva.dnp.gov.co/
https://ingresosolidario.dnp.gov.co/
Redes sociales:
https://id.presidencia.gov.co/Paginas/presidenciaco.aspx
https://twitter.com/DNP_Colombia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
Hola!
Cómo puedo solicitar vías peatonales que hacen mucha falta en vías concurridas de vehículos en Bquilla (080020)?
Hola!
Cómo puedo solicitar vías peatonales que hacen mucha falta en vías concurridas de vehículos en Bquilla (080020)?
Respuesta
Hola,
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Hola soy tecnólogo en electricidad industrial y también en electrónica industrial me gustaría saber de vacantes en Cali
Hola soy tecnólogo en electricidad industrial y también en electrónica industrial me gustaría saber de vacantes en Cali
Respuesta
Respetado Ciudadano (a): En primer lugar agradecerle por la petición presentada. Ahora el Gobierno Nacional a través del Ministerio del Trabajo tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones pueden participar, con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo en las condiciones mencionadas anteriormente. El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co. La encargada de la provisión de los empleos públicos es la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC que es un órgano autónomo e independiente, del más alto nivel en la estructura del Estado Colombiano, con personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial y técnica, y no hace parte de ninguna de las ramas del poder público. Según el artículo 130 de la Constitución Política, es "responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial". La misión de la Comisión está orientada a posicionar el mérito y la igualdad en el ingreso y desarrollo del empleo público; velar por la correcta aplicación de los instrumentos normativos y técnicos que posibiliten el adecuado funcionamiento del sistema de carrera; y generar información oportuna y actualizada, para una gestión eficiente del sistema de carrera administrativa. La ley 909 de 2004 consagra las normas básicas sobre la integración, organización y funciones de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como el régimen de sus integrantes. La Ley contiene, además, normas sobre carrera administrativa, empleo público y gerencia pública. Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.
Atentamente, Grupo Atención al Ciudadano Ministerio del Trabajo.
Atentamente, Grupo Atención al Ciudadano Ministerio del Trabajo.
En un predio rural en el cual el punto de más cercano de energía está a medio kilómetro, quién paga la instalación?
En un predio rural en el cual el punto de más cercano de energía está a medio kilómetro, quién paga la instalación?
Respuesta
Hola Félix,
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quiero saber como acceder a la ayuda del gobierno para la vivienda gratuita, soy madre cabeza de hogar y soy desplazada.
quiero saber como acceder a la ayuda del gobierno para la vivienda gratuita, soy madre cabeza de hogar y soy desplazada.
Respuesta
Apreciado ciudadano, en respuesta a su solicitud, le informamos que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, cuenta con diferentes programas de Vivienda para el acceso a la vivienda, lo invitamos a consultar la oferta en el siguiente link y así, poder validar el programa que se acomode a sus necesidades.
https://minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda
Adicionalmente, lo invitamos a comunicarse a través de nuestros canales de atención:
https://minvivienda.gov.co/atencion-la-ciudadania/puntos-de-atencion-sedes
https://minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda
Adicionalmente, lo invitamos a comunicarse a través de nuestros canales de atención:
https://minvivienda.gov.co/atencion-la-ciudadania/puntos-de-atencion-sedes
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