Respuestas del Gobierno

Respuesta
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Estimado ciudadano,</div>

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El programa est&aacute; dirigido &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes tres requisitos:</div>

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&nbsp;</div>

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1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educaci&oacute;n media - Icfes Saber 11&deg;</div>

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2. Grupo familiar clasificado en el Sisb&eacute;n de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>

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&nbsp;</div>

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&Aacute;rea Puntaje menor a</div>

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14 ciudades principales: 57.21</div>

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Otra cabecera: 56.32</div>

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Rural: 40.75</div>

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&nbsp;</div>

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3. Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad</div>

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&nbsp;</div>

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Si no cumple con los requisitos, le invitamos a consultar otras opciones de financiaci&oacute;n en la p&aacute;gina del icetex: http://www.icetex.gov.co</div>

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&nbsp;</div>

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Cordialmente,</div>

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&nbsp;</div>

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Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior</div>

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Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</div>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la informaci&oacute;n sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a trav&eacute;s de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulaci&oacute;n se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar de todo el pa&iacute;s,&nbsp; gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Uni&oacute;n Temporal de Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar&nbsp; &ldquo;CAVIS UT&rdquo;&nbsp;</span>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de los programas de Vivienda que lidera el Gobierno Nacional es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, al respecto le informamos que ested puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo<span class="apple-converted-space">&nbsp;</span></span><a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co"><span style="font-size:9.0pt;

font-family:&quot;Arial&quot;,&quot;sans-serif&quot;">correspondencia@minvivienda.gov.co</span></a><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 59 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>El programa J&oacute;venes Rurales, busca incentivar al joven rural para que adelante estudios de educaci&oacute;n superior en carreras de ciencias agropecuarias, ya sea a nivel profesional o t&eacute;cnico; a trav&eacute;s de la financiaci&oacute;n hasta en un 100% del valor de la matr&iacute;cula. Se apoyar&aacute; a estudiantes que ingresen a primer semestre y aquellos que cursen 2 semestre que cumplan con los requisitos de puntaje requerido en la Pruebas SABER 11 y un promedio de calificaci&oacute;n del semestre cursado de m&iacute;nimo 3.4. La convocatoria para el primer semestre del a&ntilde;o 2015 se encuentra abierta hasta el 6 de febrero del 2015, se est&aacute; ajustando el programa para que sea abierto a estudiantes de cualquier semestre que re&uacute;na las condiciones y no solamente a primero y segundo semestre como est&aacute; estipulado en la actualidad.</p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <u>Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</u></p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Este programa comenzar&aacute; a operar desde el 1 enero de 2015.</p>

Respuesta
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Estimado ciudadano,</div>

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&nbsp;</div>

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El programa de los 10000 cr&eacute;dito-beca, contempla que solo es para estudiantes de grado 11 que hayan presentado el examen Saber 11 el 3 de agosto de 2014. En las metas del Gobierno existe la posibilidad de gestionar recursos para asignar nuevas becas cada a&ntilde;o y de acuerdo a ello, aumentar la cantidad.</div>

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&nbsp;</div>

<div>

Cordialmente,</div>

<div>

&nbsp;</div>

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Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior</div>

<div>

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</div>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la informaci&oacute;n sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a trav&eacute;s de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulaci&oacute;n se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar de todo el pa&iacute;s,&nbsp; gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Uni&oacute;n Temporal de Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar&nbsp; &ldquo;CAVIS UT&rdquo;&nbsp;</span></p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p><span>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o p=""></o></span></p>

<p><span>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;<o p=""></o></span></p>

<p><span>Toda la informaci&oacute;n sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a trav&eacute;s de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulaci&oacute;n se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar de todo el pa&iacute;s,&nbsp; gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Uni&oacute;n Temporal de Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar&nbsp; &ldquo;CAVIS UT&rdquo;&nbsp;</span></p>

<p><span><o p=""></o></span></p>

<p><span>Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de los programas de vivienda del Gobierno Nacional es indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que los rige.</span></p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p><span><o p=""></o></span></p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Este programa comenzar&aacute; a operar desde el 1 enero de 2015.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto le manifestamos que es importante aclarar que de acuerdo al Decreto 2190 de 2009, <em>&ldquo;El Subsidio Familiar de Vivienda de que trata este Decreto es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restituci&oacute;n, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de inter&eacute;s social&rdquo;.&nbsp;</em></p>

<p>No obstante le informamos que en la Ley 1469 de 2011 (el cual se encuentra en proceso de reglamentaci&oacute;n), por el cual se adoptan las Medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda, el Gobierno Nacional estableci&oacute; en su&nbsp; Art&iacute;culo 28, par&aacute;grafo 2&deg;, la posibilidad de que aquellos usuarios cabeza de hogar, que hicieron uso de un cr&eacute;dito de vivienda de inter&eacute;s social o inter&eacute;s prioritario, y que perdieron su vivienda por efectos de un remate judicial o daci&oacute;n en pago, y que hayan acreditado dicha calamidad domestica o p&eacute;rdida de empleo ante las autoridades competentes, podr&aacute;n postularse una sola vez para recibir el subsidio familiar de vivienda que otorga el Gobierno Nacional.&rdquo;</p>

<p>Por lo anterior le sugerimos estar al pendiente sobre la reglamentaci&oacute;n de esta norma.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, al respecto le informamos que el Gobierno Nacional, en su Pol&iacute;tica de Vivienda busca ampliar la oferta de financiaci&oacute;n de Vivienda de Inter&eacute;s Social, en especial a sectores de poblaci&oacute;n de bajos ingresos, a trav&eacute;s de los siguientes instrumentos:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Seg&uacute;n el Decreto 2555 de 2010, se estableci&oacute; que la persona afiliada al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) puede celebrar contratos de Ahorro Voluntario Contractual (AVC) con dicha entidad, teniendo en cuenta que la Junta directiva del FNA define las condiciones de los contratos de AVC, basado en los criterios estimados en el Articulo 10.5.10.1.2 (Condiciones del AVC), del decreto anteriormente mencionado.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;La l&iacute;nea de reduescuento de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. (FINDETER) le permite a las Cajas de Compensaci&oacute;n, Cooperativas de Ahorro y Cr&eacute;dito, Cooperativas Multiactivas e Integrales con secci&oacute;n de ahorro y cr&eacute;dito y Fondos de Empleados, otorgar cr&eacute;ditos para&nbsp; adquisici&oacute;n de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;Por medio del Decreto 1143 de 2009 se cre&oacute; la medida de cobertura condicionada o tambi&eacute;n conocida como subsidio a la tasa de inter&eacute;s, para lo cual se ide&oacute; una permuta financiera entre la entidad otorgante del pr&eacute;stamo y FRECH, la cual permitir&aacute; que el cliente reciba un beneficio del gobierno representado en una menor tasa de inter&eacute;s durante los primeros siete a&ntilde;os de vida del cr&eacute;dito. Este beneficio se ve representado en una menor tasa durante los siete primeros a&ntilde;os de la vigencia del cr&eacute;dito hipotecario a trav&eacute;s de una reducci&oacute;n de puntos porcentuales (p.p) de la tasa de inter&eacute;s.</p>

<p>La Ley&nbsp; 546 de 1999 y las circulares externas 085 de 2000 y 13 de 2009 de la Superintendencia Financiera, se&ntilde;alan las condiciones financieras y los sistemas de amortizaci&oacute;n a los cuales deben sujetarse actualmente los&nbsp; cr&eacute;ditos de vivienda, por lo anterior, las entidades financieras ofrecen cr&eacute;ditos de acuerdo con la citada normativa.</p>

<p>Por lo anterior, el interesado en adquirir un cr&eacute;dito para vivienda puede dirigirse a cualquiera de estas entidades y exponer su caso, all&iacute; le orientar&aacute;n sobre los requisitos para obtener los recursos que requiere para poder adquirir su vivienda. No obstante, es importante aclarar que las entidades financieras son establecimientos aut&oacute;nomos y tienen pol&iacute;ticas internas de manejo y aprobaci&oacute;n de los cr&eacute;ditos que otorgan y por tal raz&oacute;n, el seguimiento y control a estas actividades es desarrollado por la Superintendencia Financiera.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Este programa comenzar&aacute; a operar desde el 1 enero de 2015.</p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le solicitamos aclarar su solicitud en relaci&oacute;n al tema exacto sobre el cual requiere informaci&oacute;n, lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud.<span class="apple-converted-space">&nbsp;</span><o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo<span class="apple-converted-space">&nbsp;</span></span><a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co"><span style="font-size:9.0pt;

font-family:&quot;Arial&quot;,&quot;sans-serif&quot;">correspondencia@minvivienda.gov.co</span></a><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 59 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.</span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio</span></p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt"><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la informaci&oacute;n sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a trav&eacute;s de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulaci&oacute;n se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar de todo el pa&iacute;s,&nbsp; gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Uni&oacute;n Temporal de Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar&nbsp; &ldquo;CAVIS UT&rdquo;&nbsp;<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<div class="gmail_default">

<span>​</span><font face="georgia, serif">Respetado se&ntilde;or Cabrera Bayona,&nbsp;</font></div>

<div class="gmail_default">

&nbsp;</div>

<div class="gmail_default">

<font face="georgia, serif">En atenci&oacute;n a la consulta realizada, le informamos que&nbsp;</font><font color="#073763" face="georgia, serif">el plan y las medidas de descongesti&oacute;n en la Rama Judicial le corresponde concertarlos a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, de conformidad con lo dispuesto en el art&iacute;culo 63 de la Ley 1285 de 2009, que modific&oacute; el art&iacute;culo 63 de la Ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administraci&oacute;n de Justicia. Por tal motivo, corresponder&aacute; a dicha Corporaci&oacute;n absolver de fondo su inquietud.</font></div>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano(a):</p>

<p><strong>ART&Iacute;CULO 101. RENTABILIDAD M&Iacute;NIMA.</strong> &lt;Art&iacute;culo modificado por el art&iacute;culo <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1328_2009_pr001.html#52">52</a> de la Ley 1328 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:&gt; La totalidad de los rendimientos obtenidos en el manejo de los Fondos de Pensiones, una vez aplicadas las comisiones por mejor desempe&ntilde;o a que haya lugar, ser&aacute; abonada en las cuentas de ahorro pensional individual de los afiliados, a prorrata de las sumas acumuladas en cada una de ellas y de la permanencia de las mismas durante el respectivo per&iacute;odo.</p>

<p>Las sociedades administradoras de Fondos de Pensiones deber&aacute;n garantizar a los afiliados una rentabilidad m&iacute;nima de cada uno de los Fondos de Pensiones, la cual ser&aacute; determinada por el Gobierno Nacional.</p>

<p>En igual forma, deber&aacute;n garantizar a los afiliados a los Fondos de Cesant&iacute;as una rentabilidad m&iacute;nima de cada uno de los portafolios de inversi&oacute;n administrados, que ser&aacute; determinada por el Gobierno Nacional.</p>

<p>En el caso de los Fondos de Cesant&iacute;as, trat&aacute;ndose del portafolio que se defina para la inversi&oacute;n de los recursos de corto plazo destinados a atender las solicitudes de retiros anticipados, la rentabilidad m&iacute;nima deber&aacute; tener como referente la tasa de inter&eacute;s de corto plazo o un indicador de corto plazo que el Gobierno Nacional determine, en los t&eacute;rminos y condiciones que el mismo establezca.</p>

<p>En aquellos casos en los cuales no se alcance la rentabilidad m&iacute;nima, las sociedades administradoras deber&aacute;n responder con sus propios recursos, afectando inicialmente la reserva de estabilizaci&oacute;n de rendimientos que el Gobierno Nacional defina para estas sociedades.</p>

<p>PAR&Aacute;GRAFO 1o. Cuando en cualquier disposici&oacute;n se haga menci&oacute;n a la rentabilidad m&iacute;nima del fondo o Fondos de Pensiones, se entender&aacute; que la misma est&aacute; referida a la rentabilidad de cada uno de los Fondos de Pensiones cuya gesti&oacute;n se autoriza a las sociedades administradoras.</p>

<p>PAR&Aacute;GRAFO 2do (...............)</p>

<p>Art&iacute;culos ( .................. 102, 103, 104...)</p>

<p>Teniendo en cuenta la reglamentaci&oacute;n anterior y las normas posteriores expedidas es como funcionan las AFP, sin embargo usted puede dirigirse directamente a la Superintendencia Financiera que es la entidad responsable de regular y vigilar las operaciones de las AFP en Colombia la cual ofrece toda la&nbsp; informaci&oacute;n financiera, contable y estad&iacute;stica de los fondos de pensiones.</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de los diferentes programas del Gobierno Nacional es indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la informaci&oacute;n sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a trav&eacute;s de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulaci&oacute;n se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar de todo el pa&iacute;s,&nbsp; gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Uni&oacute;n Temporal de Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar&nbsp; &ldquo;CAVIS UT&rdquo;&nbsp;</span></p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que de acuerdo al Decreto 2190 de 2009, <em>&ldquo;El Subsidio Familiar de Vivienda - SFV de que trata este Decreto es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restituci&oacute;n, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de inter&eacute;s social&rdquo;.&nbsp;</em></p>

<p>No obstante, el Decreto 2190&nbsp; de 2009 en su Art&iacute;culo 4 Inciso&nbsp; 2 ha establecido como postulantes:&nbsp; &ldquo;<strong>Las personas que formen parte de hogares beneficiarios del - SFV podr&aacute;n postular nuevamente a &eacute;ste cuando en el futuro conformen un nuevo hogar</strong>, siempre y cuando cumplan con las condiciones exigidas para ello,&nbsp; para lo cual se deber&aacute; demostrar la conformaci&oacute;n de un nuevo hogar diferente al que fuera beneficiario del SFV y <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior </strong>con la presentaci&oacute;n de los siguientes documentos ante la Caja de Compensaci&oacute;n, y el diligenciamiento del respectivo formulario establecido para tal efecto .</p>

<p>1.Presentaci&oacute;n del formato de conformaci&oacute;n de nuevo hogar debidamente diligenciado, en el cual se debe relacionar, los miembros del nuevo hogar conformado, registrando nombres, apellidos y documentos de identidad Anexo 11&nbsp; pagina 1. Nota: En la presentaci&oacute;n del formato de nuevo hogar <strong>no pueden coincidir dos personas mayores de edad del hogar anterior</strong>. 2.Fotocopia de los documentos de identidad de los miembros mayores y menores de edad que conforman el nuevo hogar. 3.Documento que acredite la disoluci&oacute;n de la sociedad conyugal o de la sociedad patrimonial. (Escritura P&uacute;blica o sentencia judicial). 4.Registro civil de matrimonio o prueba marital de hecho de conformidad con el art&iacute;culo segundo de la Ley 979 de 2005, como son: &middot;Escritura P&uacute;blica ante notario por mutuo consentimiento de los compa&ntilde;eros permanentes. &middot;Acta de conciliaci&oacute;n suscrita por los compa&ntilde;eros permanentes, en centro legalmente constituido. &middot;Sentencia judicial, mediante los medios ordinarios de prueba, consagrados en c&oacute;digo del procedimiento civil, con conocimiento de los jueces de familia de primera instancia, seg&uacute;n sea el caso. 5.Certificado de libertad y tradici&oacute;n del inmueble en el cual se aplic&oacute; el - SFV, donde conste que el beneficiario que conforma el nuevo hogar no ostenta la propiedad.</p>

<p>Luego de haber realizado el tr&aacute;mite anteriormente descrito a trav&eacute;s de la caja de compensaci&oacute;n y si el hogar que usted encabeza desea postularse a un SFV, quedar&iacute;a libre de hacerlo en las convocatorias que adelante cualquier entidad otorgante del SFV.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Este programa comenzar&aacute; a operar desde el 1 enero de 2015.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, respecto a su inquietud le manifestamos que e<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 9pt; line-height: 115%;">l Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</span></p>

<p>Es importante aclarar que de acuerdo al Decreto 2190 de 2009, <em>&ldquo;El Subsidio Familiar de Vivienda de que trata este Decreto es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restituci&oacute;n, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de inter&eacute;s social&rdquo;.&nbsp;</em></p>

<p><i>As&iacute; mismo, la postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda es una acto voluntario que realiza el hogar postulante y en la cual acepta las condiciones de la misma en el momento de la firma del formulario de postulaci&oacute;n</i></p>

<p>&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <u>Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</u></p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.&nbsp;</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Este programa comenzar&aacute; a operar desde el 1 enero de 2015.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p>&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p><span>Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.&nbsp;</span>Teniendo en cuenta las caracteristicas a que hace menci&oacute;n,&nbsp;no podria ser beneficiario del subsidio familiar de Vivienda a traves del Programa Mi Casa ya.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <u>Que no sean propietarios de vivienda.</u></p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Por lo anterior es importante tener en cuenta que para ser beneficiario de este programa indispensable cumplir con requisitos establecidos en la normatividad que lo rige.<o:p></o:p></span></p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Este programa comenzar&aacute; a operar desde el 1 enero de 2015.</p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le solicitamos aclarar su solicitud en relaci&oacute;n al tema exacto sobre el cual requiere informaci&oacute;n, lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud.<span class="apple-converted-space">&nbsp;</span><o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo<span class="apple-converted-space">&nbsp;</span></span><a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co"><span style="font-size:9.0pt;

font-family:&quot;Arial&quot;,&quot;sans-serif&quot;">correspondencia@minvivienda.gov.co</span></a><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 59 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Cordialmente,<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.</span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;"><o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio</span></p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Este programa comenzar&aacute; a operar desde el 1 enero de 2015.</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>El art&iacute;culo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003, establece que una persona afiliada al R&eacute;gimen de Prima Media &ndash; RPM, tendr&aacute; derecho a la Pensi&oacute;n de Vejez siempre y cuando re&uacute;na los siguientes requisitos: (...) Haber cumplido cincuenta y cinco (55) a&ntilde;os de edad si es mujer o sesenta (60) a&ntilde;os si es hombre. A partir del 1&deg;. de enero del a&ntilde;o 2014 la edad se incrementar&aacute; a cincuenta y siete (57) a&ntilde;os para la mujer, y sesenta y dos (62) a&ntilde;os para el hombre. Haber cotizado un m&iacute;nimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo. A partir del 1&deg;. de enero del a&ntilde;o 2005, el n&uacute;mero de semanas se incrementar&aacute; en 50 y a partir del 1&deg;. de enero de 2006 se incrementar&aacute; en 25 cada a&ntilde;o hasta llegar a 1.300 semanas en el a&ntilde;o 2015. Es de anotar que los requisitos mencionados no son optativos o alternativos, lo que indica que se deben reunir los dos para acceder a la Pensi&oacute;n de Vejez, sin olvidar que para el a&ntilde;o 2012 se exige desde el 1&deg; de enero hasta el 31 de Diciembre un m&iacute;nimo de 1.225 semanas cotizadas.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>

<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la informaci&oacute;n sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a trav&eacute;s de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulaci&oacute;n se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de&nbsp;</span><span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 9pt;">Compensaci&oacute;n Familiar de todo el pa&iacute;s,&nbsp; gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Uni&oacute;n Temporal de Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar&nbsp; &ldquo;CAVIS UT&rdquo;&nbsp;</span></p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud El Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;<o:p></o:p></span></p>

<p><span style="font-size: 9pt; font-family: Arial, sans-serif;">Toda la informaci&oacute;n sobre el Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social Urbana que asigna el Gobierno Nacional a trav&eacute;s de FONVIVIENDA, fechas de apertura y cierre de convocatorias y requisitos para la postulaci&oacute;n se brinda en forma gratuita por medio del Fondo Nacional del Ahorro-FNA y las Cajas de&nbsp;</span><span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 9pt;">Compensaci&oacute;n Familiar de todo el pa&iacute;s,&nbsp; gracias al contrato firmado entre FONVIVIENDA y la Uni&oacute;n Temporal de Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar&nbsp; &ldquo;CAVIS UT&rdquo;&nbsp;</span></p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Interes Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
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Estimado ciudadano,</div>

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La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil cr&eacute;ditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional est&aacute; dirigido &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:</div>

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1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educaci&oacute;n media - Icfes Saber 11&deg;</div>

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2. Grupo familiar clasificado en el Sisb&eacute;n de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:</div>

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&Aacute;rea Puntaje menor a</div>

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14 ciudades principales 57.21</div>

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Otra cabecera 56.32</div>

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Rural 40.75</div>

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3. Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015</div>

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&nbsp;</div>

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Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n que puede visitar en www.icetex.gov.co</div>

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Cordialmente,</div>

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Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior</div>

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Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</div>