Respuestas del Gobierno

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio al programa.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, respecto al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, le manifestamos que estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio, esta reglamentaci&oacute;n se estar&aacute; dando a conocer a trav&eacute;s de nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co/">www.minvivienda.gov.co</a></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil cr&eacute;ditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional est&aacute; dirigido &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:<br />

<br />

1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educaci&oacute;n media - Icfes Saber 11&deg;<br />

2. Grupo familiar clasificado en el Sisb&eacute;n de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:<br />

<br />

&Aacute;rea Puntaje menor a<br />

14 ciudades principales 57.21<br />

Otra cabecera 56.32<br />

Rural 40.75<br />

<br />

3. Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015<br />

<br />

Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n que puede visitar en www.icetex.gov.co<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado docente,<br />

<br />

Atentamente, me permito informarle que toda la informaci&oacute;n correspondientes a las 3000 becas para la Excelencia Docente (Becas Excelencia Docente, Universidades Vinculadas, Establecimientos Educativos Seleccionados, el Paso a Paso, las Preguntas Frecuentes y Datos de Contacto), los puede encontrar directamente en el siguiente link: http://190.248.55.4/excelencia_docente/<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong><u>Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</u></strong></p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio.</p>

Respuesta
<p><strong>Apreciado Ciudadan@</strong></p>

<p><strong>Reciba un cordial saludo del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA</strong></p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Agradecemos el inter&eacute;s mostrado hacia la entidad y el tiempo que dedica para escribirnos.</p>

<p>Con el objetivo de brindar mayor informaci&oacute;n al respecto, agradecemos que nos remita la situaci&oacute;n planteada con mayor detalle a trav&eacute;s de nuestros canales oficiales y en especial en el canal virtual <a href="http://www.sena.edu.co/">www.sena.edu.co</a> en la opci&oacute;n servicio al ciudadano y en <strong>PQRS</strong>, donde recibiremos y gestionaremos las <strong>Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y/o Felicitaciones</strong> que tenga.</p>

<p>Muchas gracias y esperamos atender a satisfacci&oacute;n.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&nbsp;</p>

<p><strong>SENA</strong></p>

<p><strong>Grupo Servicio al Cliente</strong></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

El Ministerio puede verificar que el programa que otorg&oacute; el titulo tuviera vigente el registro calificado en su momento, lo que significa que el t&iacute;tulo es v&aacute;lido y legal. Lo que compete a las Secretarias de Salud son del resorte del Ministerio de Salud, en este sentido no podemos responder por actos administrativos de dicha entidad.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Despacho Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil cr&eacute;ditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional est&aacute; dirigido &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:<br />

<br />

1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educaci&oacute;n media - Icfes Saber 11&deg;<br />

2. Grupo familiar clasificado en el Sisb&eacute;n de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:<br />

<br />

&Aacute;rea Puntaje menor a<br />

14 ciudades principales 57.21<br />

Otra cabecera 56.32<br />

Rural 40.75<br />

<br />

3. Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015<br />

<br />

Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n que puede visitar en www.icetex.gov.co<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria &ldquo;Ser Pilo Paga&rdquo; hace entrega de los 10.000 cr&eacute;ditos condonables a los aspirantes que cumpliendo totalmente con los tres requisitos exigidos (Puntaje ICFES igual o superior a 310 puntos, Puntaje espec&iacute;fico de SISBEN con el corte respectivo al 19 de septiembre de 2014 y Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad), hicieron expreso su deseo de constituirse en beneficiario del Programa, legalizando su inscripci&oacute;n ante el ICETEX en el plazo m&aacute;ximo establecido de 11 de diciembre de 2014 y cumplieron con oportunidad los procesos de selecci&oacute;n y posterior matr&iacute;cula establecidos por la Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior de Alta Calidad en la que fuesen admitidos.<br />

<br />

Es decir, aquellos j&oacute;venes que, pese a cumplir con los requisitos previamente expresados, no surtieran los debidos procesos para legalizar su inscripci&oacute;n al Programa &ldquo;Ser Pilo Paga&rdquo;, o de formalizaci&oacute;n de su matr&iacute;cula ante la Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior de Alta Calidad, no podr&aacute;n ser beneficiarios del Programa.<br />

<br />

Sin embargo, el Instituto Colombiano de Cr&eacute;dito Educativo y Estudios T&eacute;cnicos en el Exterior ICETEX pone a su disposici&oacute;n un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n. Dentro de estas l&iacute;neas es importante resaltar el Programa de Acceso con Calidad a la Educaci&oacute;n Superior&ndash;ACCES. &Eacute;sta l&iacute;nea otorga cr&eacute;dito de car&aacute;cter reembolsable, que le permite cubrir total o parcialmente los costos en programas acad&eacute;micos debidamente registrados en el Sistema Nacional del Informaci&oacute;n de la Educaci&oacute;n Superior &ndash;SNIES. El cr&eacute;dito financia un porcentaje del valor de la matr&iacute;cula de acuerdo a la clasificaci&oacute;n socioecon&oacute;mica por estrato del estudiante y el nivel correspondiente de SISBEN, en este caso el deudor solidario no requiere de bien ra&iacute;z. Los recursos del programa ACCES est&aacute;n orientados a cr&eacute;dito de matr&iacute;cula o de sostenimiento.<br />

<br />

Es importante se&ntilde;alar que a partir de la expedici&oacute;n de la Ley 1547 del 05 de julio de 2012, se ha establecido que todos los estudiantes beneficiarios de cr&eacute;ditos para educaci&oacute;n superior de pregrado otorgados por el ICETEX, pertenecientes a estratos socioecon&oacute;micos 1, 2 o 3, se les conceder&aacute; subsidio equivalente al 100% de los intereses generados por dicho cr&eacute;dito durante la vigencia del mismo. Mayor informaci&oacute;n en la p&aacute;gina web www.icetex.gov.co<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Despacho Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, respecto al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, le manifestamos que estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio, esta reglamentaci&oacute;n se estar&aacute; dando a conocer a trav&eacute;s de nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co/">www.minvivienda.gov.co</a></p>

<p>Es importante tener en cuenta que el hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil cr&eacute;ditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional est&aacute; dirigido &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:<br />

<br />

1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educaci&oacute;n media - Icfes Saber 11&deg;<br />

2. Grupo familiar clasificado en el Sisb&eacute;n de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:<br />

<br />

&Aacute;rea Puntaje menor a<br />

14 ciudades principales 57.21<br />

Otra cabecera 56.32<br />

Rural 40.75<br />

<br />

3. Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015<br />

<br />

Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n que puede visitar en www.icetex.gov.co<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil cr&eacute;ditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional est&aacute; dirigido &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:<br />

<br />

1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educaci&oacute;n media - Icfes Saber 11&deg;<br />

2. Grupo familiar clasificado en el Sisb&eacute;n de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:<br />

<br />

&Aacute;rea Puntaje menor a<br />

14 ciudades principales 57.21<br />

Otra cabecera 56.32<br />

Rural 40.75<br />

<br />

3. Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015<br />

<br />

Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n que puede visitar en www.icetex.gov.co<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil cr&eacute;ditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional est&aacute; dirigido &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:<br />

<br />

1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educaci&oacute;n media - Icfes Saber 11&deg;<br />

2. Grupo familiar clasificado en el Sisb&eacute;n de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:<br />

<br />

&Aacute;rea Puntaje menor a<br />

14 ciudades principales 57.21<br />

Otra cabecera 56.32<br />

Rural 40.75<br />

<br />

3. Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015<br />

<br />

Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n que puede visitar en www.icetex.gov.co<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que mediante el Decreto 1921 del 17 de septiembre de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013, se reglament&oacute; la metodolog&iacute;a para la focalizaci&oacute;n, identificaci&oacute;n y selecci&oacute;n de los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE, en el marco del programa de vivienda gratuita, as&iacute;:<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Los potenciales beneficiarios del SFVE son los hogares registrados en los siguientes listados o bases de datos, proporcionados por las entidades competentes:<o:p></o:p></span></p>

<p style="margin-left:14.2pt;text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">&Oslash; Sistema de informaci&oacute;n de la Red para la Superaci&oacute;n de la Pobreza Extrema UNIDOS -SIUNIDOS-o la que haga sus veces. &Oslash; Sistema de identificaci&oacute;n para potenciales beneficiarios de los programas sociales SISBEN III o el que haga sus veces. &Oslash; Registro &Uacute;nico de Poblaci&oacute;n Desplazada -RUPD-o el que haga sus veces. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano que se encuentre sin aplicar u hogares que se encuentren en estado &quot;Calificado&quot;. &Oslash; Sistema de Informaci&oacute;n del Subsidio Familiar de Vivienda Administrado por FONVIVIENDA o &eacute;l que haga sus veces con los hogares que hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda urbano asignado en la bolsa de desastres naturales que se encuentre sin aplicar.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">El Departamento para la Prosperidad Social - DPS es la entidad encargada de realizar la selecci&oacute;n de los potenciales beneficiarios del SFVE teniendo en cuenta los porcentajes de composici&oacute;n poblacional del proyecto y atendiendo los criterios de priorizaci&oacute;n que se determinan en el Decreto 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2013.<o:p></o:p></span></p>

<p style="text-align:justify"><span style="font-size: 10pt; font-family: Verdana, sans-serif;">Por lo anterior debe consultar si se encuentra en los listados mencionados a trav&eacute;s de las oficinas del DPS o a trav&eacute;s de la p&aacute;gina web www.dps.gov.co de encontrarse en alg&uacute;n listado deber&aacute; presentar postulaci&oacute;n al subsidio familiar de vivienda en especie en cualquier caja de compensaci&oacute;n de su municipio &nbsp;dentro de las fechas establecidas para tal fin.<o:p></o:p></span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual <strong><u>es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario</u></strong>, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Lo anterior quiere decir que el subsidio se recibe por una sola vez y el hogar decide de que subsidio ser&aacute; beneficiario.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria del Programa &ldquo;Ser Pilo Paga&rdquo; establece que otorgar&aacute; -previo cumplimiento de los tres requisitos definidos-, 10.000 cr&eacute;ditos condonables que cubren el 100% del valor de la matr&iacute;cula para la duraci&oacute;n total del programa acad&eacute;mico de pregrado en el que haya sido aceptado el beneficiario, cualquiera que este fuera, en una Instituci&oacute;n de Eduaci&oacute;n Superior acreditada en alta calidad.<br />

<br />

Es decir, el programa curricular de medicina se encuentra incluido, sin requerirse en ning&uacute;n momento la figura de Convenio para garantizar que el aspirante se presente y apruebe el proceso de selecci&oacute;n establecido por cada una de las Instituciones de Educaci&oacute;n Superior de Alta Calidad, en el marco de su Autonom&iacute;a, seg&uacute;n lo contemplado en el Art&iacute;culo 28 de la Ley 30 de 1992, que establece: &ldquo;La autonom&iacute;a universitaria consagra en la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica de Colombia y de conformidad con la presente ley, reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades acad&eacute;micas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas acad&eacute;micos, definir y organizar sus labores formativas, acad&eacute;micas, docentes, cient&iacute;ficas y culturales, otorgar los t&iacute;tulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes reg&iacute;menes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misi&oacute;n social y de su funci&oacute;n institucional&rdquo;.<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Despacho Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
Buena tarde;



No esta licenca de conduccion, requiere ser renovada, le sugerimos no conducir hasta su renovacion.





Esperamos que esta información sea clara y responda completamente su inquietud. No olvide comunicarse con el Ministerio de Transporte a través de su línea gratuita 018000112042 o redes sociales en Twitter @MinTransporteCo y facebook Ministerio de Transporte oficial

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio.</p>

Respuesta
<p>Estimado ciudadano,<br />

<br />

La Convocatoria para acceder al Programa de los 10 mil cr&eacute;ditos becas ofrecidos por el Gobierno Nacional est&aacute; dirigido &uacute;nicamente al grupo de j&oacute;venes de &uacute;ltimo grado de bachillerato o de educaci&oacute;n media que presentaron las pruebas Saber 11 el 3 de agosto de 2014 y cumplan en su totalidad con los siguientes requisitos:<br />

<br />

1. Puntaje igual o superior a 310 en el examen de Estado de la educaci&oacute;n media - Icfes Saber 11&deg;<br />

2. Grupo familiar clasificado en el Sisb&eacute;n de acuerdo con el siguiente puntaje, con corte al 19 de septiembre de 2014:<br />

<br />

&Aacute;rea Puntaje menor a<br />

14 ciudades principales 57.21<br />

Otra cabecera 56.32<br />

Rural 40.75<br />

<br />

3. Admisi&oacute;n en una Instituci&oacute;n de Educaci&oacute;n Superior acreditada en Alta Calidad para el primer semestre del 2015<br />

<br />

Si usted no cumple con la totalidad de los requisitos anteriormente descritos, el Icetex cuenta con un amplio portafolio de l&iacute;neas de financiaci&oacute;n que puede visitar en www.icetex.gov.co<br />

<br />

Cordialmente,<br />

<br />

Viceministerio de Educaci&oacute;n Superior<br />

Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, respecto al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, le manifestamos que estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio, esta reglamentaci&oacute;n se estar&aacute; dando a conocer a trav&eacute;s de nuestra p&aacute;gina web <a href="http://www.minvivienda.gov.co/">www.minvivienda.gov.co</a></p>

<p>Para ser beneficiario de este programa es necesario esperar su reglamentaci&oacute;n para poder ser beneficiario del mismo.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
Buena tarde;



Las unicas empresas autorizadas para el transporte de carga y pasajeros, son las que se encuentran legalmente habilitas por el Ministerio de transporte, exijale la resolucion de habilitación.



Esperamos que esta información sea clara y responda completamente su inquietud. No olvide comunicarse con el Ministerio de Transporte a través de su línea gratuita 018000112042 o redes sociales en Twitter @MinTransporteCo y facebook Ministerio de Transporte oficial

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su pregunta, atentamente le solicitamos aclarar su solicitud en relaci&oacute;n al tema exacto sobre el cual requiere informaci&oacute;n, lo anterior con el fin de atender de una forma adecuada su inquietud.&nbsp;</p>

<p>Usted puede dirigir sus solicitudes al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo&nbsp;<a href="mailto:correspondencia@minvivienda.gov.co">correspondencia@minvivienda.gov.co</a>, a la Calle 18 N&deg; 7 &ndash; 49 en la ciudad de Bogot&aacute; D.C. o al Fax (1)2817327 en donde con gusto le atenderemos.</p>

<p>Cordialmente,</p>

<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Usuario y Archivo.</p>

Respuesta
<p>Hola Jes&uacute;s. Cordial saludo.&nbsp;</p>

<p>Agradecemos tu comentario, pero lo mejor es que formules tus denuncias concretas ante los entes encargados, con las respectivas pruebas. Para ello dispones de harremientas. En la Procuradur&iacute;a puedes hacerlo en este enlace&nbsp;http://www.procuraduria.gov.co/portal/index.jsp?option=co.gov.pgn.portal.frontend.component.pagefactory.QuejasDenunciasComponentPageFactory&nbsp;</p>

<p>De la misma forma puedes marcar la L&iacute;nea gratuita para todo el pa&iacute;s: 018000 910 315 - L&iacute;nea reducida: 142 - PBX: (571) 5878750</p>

<p>Para denunciar en la Contralor&iacute;a est&aacute; este instructivo&nbsp;http://www.contraloriagen.gov.co/documents/10136/175114077/plegable-denuncias.pdf/53a1fd5a-c63b-483a-b1b7-bf873cde3ed7</p>

<p>En ambos casos es importante contar con pruebas. Te aclaramos adem&aacute;s que Urna de Cristal no es un ente de control y no tiene herramientas jur&iacute;dicas para sancionar, ni investigar. Sino una iniciativa de participaci&oacute;n ciudadana.&nbsp;</p>

<p>Gracias por tu participaci&oacute;n.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>Respetado (a) Ciudadano (a):</p>

<p>Para las diferentes convocatorias de cargos p&uacute;blicos debe ingresar a la p&aacute;gina de la Comisi&oacute;n Nacional del Servicio Civil&nbsp; <a href="http://www.cnsc.gov.co/">www.cnsc.gov.co</a> y revisar las diferentes ofertas laborales.</p>

<p>Ahora bien no sobra recordarle el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los &iacute;ndices de desempleo en el pa&iacute;s tanto es as&iacute; que se ha logrado reducir el desempleo a un d&iacute;gito, sin embargo ning&uacute;n esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicaci&oacute;n a este prop&oacute;sito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.</p>

<p>No obstante,&nbsp; es preciso que usted conozca la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a trav&eacute;s de El <strong>Ministerio del Trabajo</strong> el cual tiene la misi&oacute;n de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que re&uacute;nen las condiciones por usted citadas pueden participar.</p>

<p>El servicio de la Nueva Agencia P&uacute;blica de Empleo funciona en internet, a trav&eacute;s de la p&aacute;gina <a href="http://www.redempleo.gov.co/" target="_blank">www.redempleo.gov.co</a>,&nbsp; en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podr&aacute;n encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. Tambi&eacute;n funcionar&aacute; por medio de las m&uacute;ltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros p&uacute;blicos de atenci&oacute;n en diferentes partes del pa&iacute;s, con la colaboraci&oacute;n de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensaci&oacute;n. Tambi&eacute;n se puede consultar la p&aacute;gina del SENA el cual es <u>sne.sena.edu.co. </u></p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Atentamente,</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Grupo Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

<p>Ministerio del Trabajo.&nbsp;</p>

Respuesta
<p><span style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; line-height: 16px; text-align: justify;">S&iacute;, el programa Mi Casa Ya, se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda a las familias Colombianas. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos ($1.288.700 - $2.577.400) a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, con valor superior a 70 SMLMV ($45.104.500) e inferior a 135 SMLMV ($86.987.250), y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n.</span></p>

Respuesta
<p><span style="color: rgb(0, 0, 0); font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; line-height: 16px; text-align: justify;">S&iacute;, el programa de mi Casa Ya se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda a las familias Colombianas. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos ($1.288.700 - $2.577.400) a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, con valor superior a 70 SMLMV ($45.104.500) e inferior a 135 SMLMV ($86.987.250), y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n.</span></p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 28 del Decreto 2190 de 2009.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p>Como debe ser de su conocimiento, en d&iacute;as pasados el Gobierno Nacional hizo el lanzamiento del PIPE 2.0&nbsp; (Segundo Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo), en el cual se contempla la redirecci&oacute;n de recursos ya existentes hacia programas de mayor impacto sobre productividad y empleo. En este sentido, el programa incluye la reactivaci&oacute;n de coberturas a la tasa de inter&eacute;s para viviendas entre 135 SMMLV y 335 SMMLV. Actualmente, este Ministerio se encuentra acordando el mecanismo con los establecimientos de cr&eacute;dito y posteriormente llevara a cabo el procedimiento de reglamentaci&oacute;n, le sugerimos consultar de manera peri&oacute;dica la p&aacute;gina web del Ministerio de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico (<a href="http://www.minhacienda.gov.co">www.minhacienda.gov.co</a>), donde se publicar&aacute;n en los pr&oacute;ximos meses las caracter&iacute;sticas de este nuevo programa y las fechas de inicio.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud nos permitimos manifestarle que el &ldquo;Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA&rdquo;,&nbsp; va dirigido&nbsp; tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.&nbsp; Adicionalmente los hogares deben cumplir los siguientes requisitos:</p>

<p>&middot;No tener propiedad en el territorio nacional.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el subsidio haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.&nbsp;&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.&nbsp;&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 28 del Decreto 2190 de 2009.&nbsp;&middot;Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.&nbsp;&middot;En caso de ser beneficiario de un Subsidio Familiar de Vivienda para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el subsidio es asignado por una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha Caja.</p>

<p>Las familias que se quieran postular al programa<strong>, deber&aacute;n presentarse en las salas de ventas de los proyectos.</strong>&nbsp;Los proyectos seleccionados en el marco del Programa VIPA se encuentran publicados en la p&aacute;gina web de Fiduciaria Bogot&aacute;:&nbsp;<a href="http://www.fidubogota.com/">www.fidubogota.com</a>, &nbsp;para que cualquier persona interesada en participar pueda conocer los listados de proyectos, su ubicaci&oacute;n y la informaci&oacute;n acerca del constructor. El valor de la vivienda no podr&aacute; ser superior a setenta (70) salarios m&iacute;nimos legales mensuales vigentes.</p>

Respuesta
<p>Al respecto le informamos que el Programa &quot;Mi Casa Ya&quot; se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa est&aacute; dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios m&iacute;nimos a los que el Gobierno les subsidiar&aacute; la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiar&aacute; adem&aacute;s la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito que contraten con el banco de su elecci&oacute;n. El subsidio a la cuota inicial ser&aacute; de 12 millones para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios m&iacute;nimos, y de 8 millones para los que ganan entre 3 y 4 salarios m&iacute;nimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiar&aacute; 4 puntos de la tasa de inter&eacute;s del cr&eacute;dito hipotecario. &nbsp;</p>

<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no sean propietarios de vivienda.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de inter&eacute;s.</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que cuenten con el cierre financiero para la adquisici&oacute;n de la vivienda (cr&eacute;dito aprobado).</p>

<p style="margin-left:14.2pt;">&middot;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.000.000), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>

<p>El hogar interesado en acceder al programa &ldquo;Mi Casa Ya&rdquo;, debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de su preferencia, que tenga un valor de hasta 86 millones de pesos. Puede elegir la que mejor le convenga en el proyecto que m&aacute;s le llame la atenci&oacute;n. Una vez decida qu&eacute; vivienda comprar se acerca a la entidad financiera de su elecci&oacute;n o al Fondo Nacional del Ahorro y tramitar el cr&eacute;dito hipotecario cobijado con la medida.</p>

<p>Este programa es para compra de cualquier vivienda nueva que no supere los 135 SMLMV ($86.000.000 del 2015) y que cumpla con los requisitos t&eacute;cnicos en el marco del programa. Estamos en la etapa de estructuraci&oacute;n y desarrollo del marco normativo del programa y esperamos el decreto para dar inicio.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que el Gobierno Nacional conoce las dificultades de las familias colombianas para tener acceso a una vivienda propia. Para ayudar a las familias m&aacute;s pobres en materia de soluci&oacute;n habitacional el Gobierno cuenta con un &uacute;nico instrumento: el Subsidio Familiar de Vivienda, el cual es un aporte en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se devuelve y que &uacute;nicamente puede ser usado para adquisici&oacute;n de vivienda nueva, construcci&oacute;n en sitio propio o mejoramiento de vivienda. De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados y v&iacute;ctimas de actos terroristas apliquen este subsidio en arrendamiento y compra de vivienda usada.</p>

<p>Las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar otorgan Subsidio Familiar de Vivienda de Inter&eacute;s Social a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante de subsidio de vivienda urbana de Inter&eacute;s Social Prioritario, para quienes no tienen afiliaci&oacute;n a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar; de la misma forma, los subsidios para viviendas en zona rural son asignados por el Banco Agrario.&nbsp;</p>

<p>Respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

Respuesta
<p>De acuerdo con lo establecido por el art&iacute;culo 9o. del Estatuto Tributario, las personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el pa&iacute;s y las sucesiones il&iacute;quidas de causantes con residencia en el pa&iacute;s en el momento de su muerte, est&aacute;n sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios en lo concerniente a sus rentas y ganancias ocasionales, tanto de fuente nacional como de fuente extranjera, y a su patrimonio pose&iacute;do dentro y fuera del pa&iacute;s.</p>

<p>En este caso el impuesto a la renta se causa sobre los rendimientos financieros que llegasen a producir los dineros consignados en cuenta de ahorro o corriente; este impuesto se recauda mediante el sistema de retenci&oacute;n en la fuente que debe practicar la entidad financiera en la que se encuentren depositados los dineros, en cumplimiento de lo establecido por el Articulo 395 del mismo reglamento: &ldquo;CONCEPTOS OBJETO DE RETENCI&Oacute;N. Establ&eacute;cese una retenci&oacute;n en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta que efect&uacute;en las personas jur&iacute;dicas y sociedades de hecho, por concepto de rendimientos financieros, tales como, intereses, descuentos, beneficios, ganancias, utilidades y, en general, lo correspondiente a rendimientos de capital o a diferencias entre valor presente y valor futuro de &eacute;ste, cualesquiera sean las condiciones o nominaciones que se determinen para el efecto.&rdquo;</p>

<p>El gobierno determinar&aacute; los porcentajes de retenci&oacute;n en la fuente, sin que sobrepasen el quince por ciento (15%) del respectivo pago o abono en cuenta. Para el a&ntilde;o gravable 2014 el ochenta y dos punto seis por ciento (82,06%) del valor de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones il&iacute;quidas, no obligadas a llevar libros de contabilidad, de conformidad con lo previsto en los art&iacute;culos 38, 40-1 y 41 del Estatuto Tributario, no constituye renta ni ganancia ocasional.</p>

<p>Seg&uacute;n el art&iacute;culo 41 del E.T., el componente inflacionario solo es aplicable a las personas naturales y sucesiones il&iacute;quidas no obligadas a llevar contabilidad.</p>

<p>NORMAS RELACIONADAS</p>

<p>Estatuto Tributario, arts. 38 39, 40-1, 41&nbsp; y art. 395.</p>

<p>Arts 1&ordm; y 2&ordm; Decreto 426 del 11 de marzo de 2015.</p>

Respuesta
<p>Buen d&iacute;a, en atenci&oacute;n a su inquietud le manifestamos que respecto a los diferentes programas que lidera el Gobierno Nacional actualmente le sugerimos visitar los siguientes links donde encontrar&aacute; informaci&oacute;n detallada sobre cada uno de los programas as&iacute; como los requisitos en cada programa:</p>

<p>Programa de Vivienda Gratis:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/viviendas-100-por-ciento-subsidiadas</p>

<p>Programa de Vivienda de Inter&eacute;s Prioritario para Ahorradores - VIPA:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/vipa</p>

<p>Programa Mi Casa Ya:&nbsp;http://portal.minvivienda.local/mi-casa-ya</p>

<p>Es importante tener en cuenta que el beneficiario de programas como Mi Casa Ya debe ser una persona a la que una entidad bancaria pueda otorgarle un cr&eacute;dito. Si aparece como deudor moroso en alguna central de informaci&oacute;n crediticia no podr&aacute; acceder al programa. Por su parte en el programa de VIPA &nbsp;y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 15 del Decreto 1432 de 2013, modificado por el art&iacute;culo 3 del Decreto 2391 de 2013&nbsp; los hogares deben certificar ante el oferente el ahorro previo y de acuerdo con el literal e. del art&iacute;culo 12 del Decreto 1432 de 2013 modificado por el art&iacute;culo 2 del Decreto 2391 de 2013 el ahorro previo debe ser m&iacute;nimo del 5% del valor de la vivienda. El cr&eacute;dito pre-aprobado se solicita para acreditar el dinero faltante para el cierre financiero pero no es una obligaci&oacute;n tener&nbsp; un cr&eacute;dito pre-aprobado para participar en el proceso. Si el hogar demuestra de sus recursos propios el valor que resulta entre descontar el valor del subsidio y el valor total de la vivienda no requerir&aacute; de acreditar un cr&eacute;dito aprobado. Es importante aclarar que los recursos que tenga el hogar deben ser probados en una de las formas que se establecen en el Decreto 1432 de 2013, &ldquo;P<em>or el cual se reglamenta el par&aacute;grafo&nbsp;4&deg;&nbsp;del art&iacute;culo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el art&iacute;culo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones&rdquo;</em>, modificado por el Decreto 2391 de 2013.&nbsp;</p>

Respuesta
<p>&nbsp;</p>

<p>Buen d&iacute;a, al respecto le informamos que actualmente de acuerdo a la Resoluci&oacute;n 2295 de 30 de diciembre de 2014 FONVIVIENDA adicion&oacute; 130.000 mil coberturas disponibles en la nueva fase&nbsp; para cr&eacute;ditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1&ordm; de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta el agotamiento del n&uacute;mero de coberturas que defina FONVIVIENDA.</p>

<p>Establece FONVIVIENDA mediante la Resoluci&oacute;n 2295 de 2014, respecto de las coberturas disponibles, que:</p>

<p>A) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea de hasta setenta (70) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIP&nbsp; se asignara un total de treinta mil (30.000) coberturas. Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 4500, 2016: 8500, 2017: 8500, 2018:8500</p>

<p>B) Para viviendas cuyo valor de acuerdo al avalu&oacute; del establecimiento de cr&eacute;dito sea mayor a setenta (70) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y hasta (135) Salarios m&iacute;nimos mensuales legales vigentes (SMMLV) vivienda VIS&nbsp; se asignara un total de cien&nbsp; mil (100.000) coberturas, Las cuales se encontraran distribuidas anualmente como se indica a continuaci&oacute;n: 2015: 25000, 2016: 25000, 2017: 25000, 2018:25000.</p>

<p>Las condiciones de acceso, vigencia y terminaci&oacute;n anticipada de las coberturas disponibles en la nueva fase,&nbsp; se desarrollan de conformidad con lo previsto en el Decreto 1190 de 2012.</p>