¿Qué quieres preguntar sobre los beneficios para adquirir vivienda?
Imagen Miniatura Vista
El Presidente Juan Manuel Santos anunció un nuevo programa comprar casa propia con solo un 10% de cuota inicial y con un paquete de subsidios. Esto se suma a los demás beneficios. Actualmente el Gobierno tiene varios planes para darle vivienda propia a los colombianos.
yo arquiri vivienda de interes social y elbanco me dijo que yo no tenia derecho al subsidio que da el estado
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen día, con el fin de atender su inquietud y en relación al Subsidio a la Tasa de Interes nos permitimos indicar que mediante el Decreto 1190 de 2012 el Gobierno Nacional reglamentó el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, ofreciendo coberturas de tasa de interés que facilitan la financiación para la compra de vivienda de interés social nueva en áreas urbanas, a través de créditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional.</p>
<p>El artículo 3º del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p>Ahora bien, usted debe tener en cuenta que en el artículo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el artículo 1° del Decreto 1544 de 2014, se estableció que las coberturas a la tasa de interés solo cubrirán aquellos créditos que sean desembolsados en las nueva fecha <strong><u>a partir del 14 de Agosto de 2014 y hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del número de coberturas establecidas</u></strong> por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA. </p>
<p>Si el valor de la vivienda es superior al rango mencionado anteriormente, es importante resaltar que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público es la Entidad encargada de disponer de las coberturas para los créditos cuyo valor de la vivienda sea de más de 135 SMLMV.</p>
<p>El artículo 3º del Decreto 1190 de 2012 establece que los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura deberán cumplir las siguientes condiciones, además de las previstas en el Decreto en mención y en la reglamentación que para el efecto se expida, así:</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">1. Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8SMMLV).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">2. No ser propietarios de vivienda en el territorio nacional.</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">3. No haber sido beneficiario de la cobertura a la tasa de interés (Decreto 1143 de 2009 y Decreto 1190 de 2012).</p>
<p style="margin-left:14.2pt;">4. <strong><u>Comprar una vivienda nueva en área urbana por un valor que no supere los 135 SMMLV</u></strong>.</p>
<p>Ahora bien, usted debe tener en cuenta que en el artículo 4 del Decreto 1190 de 2012 modificado por el artículo 1° del Decreto 1544 de 2014, se estableció que las coberturas a la tasa de interés solo cubrirán aquellos créditos que sean desembolsados en las nueva fecha <strong><u>a partir del 14 de Agosto de 2014 y hasta el 31 de Diciembre de 2014 o hasta el agotamiento del número de coberturas establecidas</u></strong> por el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA. </p>
<p>Si el valor de la vivienda es superior al rango mencionado anteriormente, es importante resaltar que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público es la Entidad encargada de disponer de las coberturas para los créditos cuyo valor de la vivienda sea de más de 135 SMLMV.</p>
Comentarios