una vivienda rematada en al año 2006 por el banco se puede volver a recuperar por los mismos dueños

Enviado por spacios el Mié, 25/11/2015 - 22:47
una vivienda rematada en al año 2006 por el banco se puede volver a recuperar por los mismos dueños
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respecto a su inquietud, nos permitimos manifestarle que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad p&uacute;blica del orden nacional que de acuerdo&nbsp;con las condiciones de acceso y financiaci&oacute;n de vivienda, y de prestaci&oacute;n de servicios p&uacute;blicos de agua potable y saneamiento b&aacute;sico, es responsable de formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la pol&iacute;tica p&uacute;blica, planes y proyectos en materia de vivienda urbana, agua potable y saneamiento b&aacute;sico, desarrollo territorial y urbano planificado del pa&iacute;s y de la consolidaci&oacute;n del sistema de ciudades, con patrones de uso eficiente y sostenible del suelo.</p>
<p>Por&nbsp; lo anterior, y en raz&oacute;n a las funciones legalmente establecidas como ente regulador, una de las herramientas con las que cuenta el Gobierno Nacional para la regulaci&oacute;n de los instrumentos implementados de la Pol&iacute;tica Publica de Vivienda, es la Comisi&oacute;n Accidental del Congreso de la Rep&uacute;blica, perteneciente a la Comisi&oacute;n S&eacute;ptima. Esta instancia permite una revisi&oacute;n, regulaci&oacute;n y control de las medidas que promueven el sector vivienda en busca de reducir el d&eacute;ficit habitacional en el pa&iacute;s por expreso mandato expreso de la Ley 3 de 1992 (art&iacute;culo 2).</p>
<p>As&iacute; mismo, la Constituci&oacute;n establece en su Art&iacute;culo 6 que &ldquo;Los particulares s&oacute;lo son responsables ante las autoridades por infringir la Constituci&oacute;n y las leyes. Los servidores p&uacute;blicos lo son por la misma causa y por omisi&oacute;n o extralimitaci&oacute;n en el ejercicio de sus funciones&rdquo;; en tal virtud, el Ministerio ejerce las funciones que le han sido atribuidas mediante Art&iacute;culo 1.1.1.1.1 &nbsp;&nbsp;del Decreto 1077 de 2015, sin que le sea posible definir controversias o interferir en asuntos de car&aacute;cter particular y concreto.</p>
<p>Por lo anterior le sugerimos acudir a un consultorio juridico de cualquier universidad a nivel nacional que disponga de este servicio, donde le asesoran respecto a su situaci&oacute;n en particular.</p>

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