¿Conoces el seguro de desempleo? ¿Qué quieres saber sobre este mecanismo de protección para el trabajador cesante?
Imagen Miniatura Vista
Este martes 18 de junio se sanciona la ley de protección al cesante, mediante la cual los colombianos podrán acceder a una serie de mecanismos para reengancharse de forma rápida al mercado laboral. Uno de estos beneficios es el seguro de desempleo. Por ello este domingo 23 de junio el Gobierno responde tus preguntas en Urna de Cristal TV a las 8:00 p.m. por Canal Institucional. Déjanos tus inquietudes opiniones y comentarios sobre este tema.
TRABAJE FEBRERO 2012 CON CONTRATO HASTA FEBRE 2013 Y ESTOY DESEMPLEADA A DONDE DEBO ACUDIR TENGO 1 NIÑO CON DISCAPACIDAD
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetada Ciudadana:</p>
<p class="rtejustify">En primer lugar con el fin de informarse sobre la oferta de empleo que busca en los diferentes municipios del país es necesario que ingrese al portal de atención del Ministerio de Trabajo, así:</p>
<ol>
<li>
<a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a></li>
<li>
Ingresar al enlace <u>servicio de empleo. </u></li>
</ol>
<p><strong>En cuanto a su hijo discapacitado debe acudir a la Gobernación o Alcaldía de su domicilio, con el fin de informarse de los programas que tienen para esta población. </strong></p>
<p>Por último el tema por Usted solicitado se encuentra regulado en la Ley 1636 de 2013 que es la Ley de Protección al Cesante. Los Requisitos para acceder a los beneficios están consagrados en el artículo 13 de la citada Ley</p>
<p>Así mismo le informo que el artículo 47 de esta Ley establece lo siguiente: “Artículo 47. Reglamentación. El Gobierno Nacional reglamentará un plazo de seis (6) meses lo dispuesto en la presente ley”.</p>
<p>Para mayor información el ciudadano debe ingresar a la página del Ministerio de Trabajo, así:</p>
<ol>
<li>
<a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a></li>
<li>
Ingresar al enlace <u>mecanismo de protección al trabajador cesante. </u></li>
</ol>
<p class="rtejustify">En primer lugar con el fin de informarse sobre la oferta de empleo que busca en los diferentes municipios del país es necesario que ingrese al portal de atención del Ministerio de Trabajo, así:</p>
<ol>
<li>
<a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a></li>
<li>
Ingresar al enlace <u>servicio de empleo. </u></li>
</ol>
<p><strong>En cuanto a su hijo discapacitado debe acudir a la Gobernación o Alcaldía de su domicilio, con el fin de informarse de los programas que tienen para esta población. </strong></p>
<p>Por último el tema por Usted solicitado se encuentra regulado en la Ley 1636 de 2013 que es la Ley de Protección al Cesante. Los Requisitos para acceder a los beneficios están consagrados en el artículo 13 de la citada Ley</p>
<p>Así mismo le informo que el artículo 47 de esta Ley establece lo siguiente: “Artículo 47. Reglamentación. El Gobierno Nacional reglamentará un plazo de seis (6) meses lo dispuesto en la presente ley”.</p>
<p>Para mayor información el ciudadano debe ingresar a la página del Ministerio de Trabajo, así:</p>
<ol>
<li>
<a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a></li>
<li>
Ingresar al enlace <u>mecanismo de protección al trabajador cesante. </u></li>
</ol>
Comentarios