¿Qué quieres saber sobre la nueva licencia de conducción? ¿Cuáles son tus dudas sobre la renovación del documento?
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Desde el próximo 15 de julio entrará en vigencia un nuevo formato de la licencia de conducción, el cual unificara las categorías en un solo documento. Adicionalmente debes saber que gracias al Decreto Ley Antitrámites la vigencia para el documento de conducción de carros particulares se extendió a 10 años. Participa y déjanos tus preguntas, opiniones y comentarios sobre esta temática,.
Tengo licencia de cuarta para carro particular, esta vencida, ¿que debo hacer para sacarla de carro publico y de quinta?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p class="rtejustify">Buenos días </p>
<p class="rtejustify">Atendiendo la consulta realizada, La resolución 001500 de 2005 en su artículo 5° señala las diferentes categorías de las licencias de conducción. Esta disposición normativa no ha sido modificada. Dentro de la misma norma se señala que dentro de una misma nomenclatura, el titular de la Licencia de Conducción de mayor categoría podrá conducir vehículos de categoría inferior.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido, los conductores que posean Licencia de Conducción para vehículos de servicio público, podrán conducir vehículos particulares de similar o menor categoría. Sin embargo y atendiendo los plazos y vencimiento de licencias de conducción en la actualidad, si la fecha de vencimiento de las categorías relacionadas con la conducción de vehículos de servicio público se encuentra vencida, deberá ser renovada la misma.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
<p class="rtejustify"> </p>
<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
<p class="rtejustify">Atendiendo la consulta realizada, La resolución 001500 de 2005 en su artículo 5° señala las diferentes categorías de las licencias de conducción. Esta disposición normativa no ha sido modificada. Dentro de la misma norma se señala que dentro de una misma nomenclatura, el titular de la Licencia de Conducción de mayor categoría podrá conducir vehículos de categoría inferior.</p>
<p class="rtejustify">En este sentido, los conductores que posean Licencia de Conducción para vehículos de servicio público, podrán conducir vehículos particulares de similar o menor categoría. Sin embargo y atendiendo los plazos y vencimiento de licencias de conducción en la actualidad, si la fecha de vencimiento de las categorías relacionadas con la conducción de vehículos de servicio público se encuentra vencida, deberá ser renovada la misma.</p>
<p class="rtejustify">En Urna de Cristal tramitamos las preguntas relacionadas con la temática promovidas por el Gobierno, junto con las del programa de televisión en Urna de Cristal TV y programa de radio a través de Urna de Cristal Radio. Te invitamos a que participes y votes semanalmente en nuestra página web <a href="http://www.urnadecristal.gov.co">www.urnadecristal.gov.co</a>, o igualmente a través de nuestros canales, Call Center 018000952525, facebook.com/urnadecristal o en Twitter en @urnadecristal.</p>
<p class="rtejustify">Cordial saludo,</p>
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<p class="rtejustify">Equipo Urna de Cristal</p>
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