¿Qué quieres preguntar sobre los beneficios para adquirir vivienda?
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El Presidente Juan Manuel Santos anunció un nuevo programa comprar casa propia con solo un 10% de cuota inicial y con un paquete de subsidios. Esto se suma a los demás beneficios. Actualmente el Gobierno tiene varios planes para darle vivienda propia a los colombianos.
Soy madre soltera y no tengo vida crediticia. Como puedo acceder a este programa?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Al respecto le informamos que el Programa "Mi Casa Ya" se trata de un novedoso programa del Gobierno Nacional para facilitar la compra de vivienda de la clase media colombiana. El programa está dirigido a hogares con ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos a los que el Gobierno les subsidiará la cuota inicial de su vivienda, de hasta 86 millones de pesos, y subsidiará además la tasa de interés del crédito que contraten con el banco de su elección. El subsidio a la cuota inicial será de $12.887.000 para los hogares que ganan entre 2 y 3 salarios mínimos, y de $7.732.200 para los que ganan entre 3 y 4 salarios mínimos, y para todos los beneficiarios el gobierno subsidiará 4 puntos de la tasa de interés del crédito hipotecario. </p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>Si bien es cierto, uno de los requisitos que deben cumplir los hogares es <strong><u>contar con un crédito por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir </u></strong>como parte del cierre financiero, este requisito debe tramitarse directamente ante las entidades financieras, sobre las cuales ni el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ni FONVIVIENDA tienen injerencia.</p>
<p>Las condiciones y procesos establecidos por las entidades financieras dentro de sus políticas de otorgamiento de crédito son discrecionalidad de las mismas. </p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
<p>Se requiere que los hogares que cumplan las siguientes condiciones:</p>
<p>·Ingresos de su hogar superiores a 2 SMLMV y hasta 4 SMLMV ($1.281.000 - $2.563.000).</p>
<p>·Que no sean propietarios de vivienda.</p>
<p>·Que no hayan sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.</p>
<p>·Que cuenten con el cierre financiero para la adquisición de la vivienda (crédito aprobado).</p>
<p>·Que pretendan adquirir una vivienda cuyo valor no supere los 135 SMLMV ($86.987.250), en los departamentos que sean objeto del programa.</p>
<p>Si bien es cierto, uno de los requisitos que deben cumplir los hogares es <strong><u>contar con un crédito por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda a adquirir </u></strong>como parte del cierre financiero, este requisito debe tramitarse directamente ante las entidades financieras, sobre las cuales ni el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ni FONVIVIENDA tienen injerencia.</p>
<p>Las condiciones y procesos establecidos por las entidades financieras dentro de sus políticas de otorgamiento de crédito son discrecionalidad de las mismas. </p>
<p>Es importante tener en cuenta que mediante Resolución 0155 de 13 de Marzo de 2015 se estableció: “Artículo 1º. El Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya” se implementará en todos los Departamentos del país y en todos los municipios, con excepción de los siguientes: Bogotá D.C., Soacha, Cajicá, Chía, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Girardot, Madrid, Mosquera y Zipaquirá.”</p>
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