quiero saber a que se refería el canciller español con el termino desmilitarizacion,

Enviado por libardo27 el Mié, 21/01/2015 - 12:51
quiero saber a que se refería el canciller español con el termino desmilitarizacion,
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado se&ntilde;or:</p>
<p>JOS&Eacute; LIBARDO LOZANO RODR&Iacute;GUEZ</p>
<p>San Luis de Cubarral - META</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Cordial saludo:</p>
<p class="rtejustify">En respuesta a su pregunta, le informamos que es posible que usted se refiera a las palabras pronunciadas por el Canciller espa&ntilde;ol Jos&eacute; Manuel Garc&iacute;a Margallo en el escenario de la cumbre de los cancilleres de la Uni&oacute;n Europea al proponer una Unidad de Paz para el post- conflicto en Colombia, y en cuya intervenci&oacute;n habl&oacute; de desmovilizaci&oacute;n, desmilitarizaci&oacute;n, desminado.&nbsp; Pero el embajador de Espa&ntilde;a en Colombia, Ram&oacute;n Gandarias Alonso de Celis, aclar&oacute; ante el medio radial BLU RADIO (emisi&oacute;n del 20 de enero de 2015 ) que el t&eacute;rmino &ldquo;desmilitarizaci&oacute;n&rdquo; no ten&iacute;a el mismo contenido en Espa&ntilde;a que en Colombia y que el Canciller espa&ntilde;ol se refer&iacute;a al total apoyo que el Gobierno de Espa&ntilde;a brindaba al Gobierno colombiano en el proceso de paz.</p>
<p class="rtejustify">No obstante, para arrojar total claridad sobre el asunto, desde el punto de vista legal y constitucional, actualmente no es posible en Colombia tener zonas desmilitarizadas o despejadas de fuerza p&uacute;blica.&nbsp; El Gobierno Nacional o los representantes autorizados para celebrar di&aacute;logos o acuerdos con grupos alzados en armas no se encuentran facultados para establecer las denominadas &ldquo;zonas de despeje&rdquo; o similares: La Ley 1421 de 2010, modificada y prorrogada por la Ley 1738 de 2014, estipula que los acuerdos deben garantizar el normal y pleno funcionamiento de las instituciones civiles de la regi&oacute;n en donde ejerce influencia el grupo armado al margen de la ley que los suscribe (inc. 5, art. 3) y en ning&uacute;n caso podr&aacute;n establecerse &oacute;rdenes especiales de localizaci&oacute;n a la fuerza p&uacute;blica para la creaci&oacute;n espec&iacute;fica de zonas de ubicaci&oacute;n o de despeje de cualquier parte del territorio nacional (inc. 2, par. 1, art. 3).</p>
<p class="rtejustify">Agradecemos su participaci&oacute;n y los invitamos a utilizar nuestros siguientes canales para la recepci&oacute;n de peticiones, sugerencias, quejas o reclamos de competencia de la Presidencia de la Rep&uacute;blica: p&aacute;gina web <a href="http://www.presidencia.gov.co/">www.presidencia.gov.co</a> parte inferior &ldquo;Servicios a la Ciudadan&iacute;a&rdquo; Links: Escr&iacute;bale al Presidente o PSQR, igualmente a trav&eacute;s de la l&iacute;nea nacional gratuita 01 8000 913666 o en la Calle 7 No. 6-54.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p><strong>Presidencia de la Rep&uacute;blica</strong></p>

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