Deja tus preguntas sobre la reforma tributaria
Imagen Miniatura Vista
Esta semana seguimos aclarando tus dudas sobre la reforma tributaria, que avanza actualmente en el Congreso. Infórmate en Urna de Cristal y déjanos tus preguntas, opiniones y comentarios.
Enlaces relacionados
QUE TERMINO TIENE LA DIAN PARA LEVANTAR LOS EMBARGOS DESPUÉS QUE EL CONTRIBUYENTE A PAGADO LA TOTALIDAD DE LA DEUDA
El gobierno response
Urna de Cristal
<p> </p>
<p style="margin-left:13.05pt;">El Estatuto Tributario indica los eventos en que procede el levantamiento de las medidas cautelares decretadas en el proceso de cobro coactivo, así: Artículos, 814, 833, 831, 839-1,839-3,840. La normattividad tributaria al determinar expresamente los eventos en que se puede desembargar y/o levantar las medidas cautelares dentro del proceso de cobro, reguló el tema. Y en los artículos 832 y 833 establece el trámite de las excepciones, términos, y procedimiento, en el caso de excepciones probadas. Por tanto, en aquellos casos en los que se alegue como excepción contra el mandamiento de pago, el pago efectivo, el término para levantar medidas precautorias dependerá de cada caso en particular en la Seccional que adelante el proceso de cobro coactivo.</p>
<p style="margin-left:13.05pt;">El Estatuto Tributario indica los eventos en que procede el levantamiento de las medidas cautelares decretadas en el proceso de cobro coactivo, así: Artículos, 814, 833, 831, 839-1,839-3,840. La normattividad tributaria al determinar expresamente los eventos en que se puede desembargar y/o levantar las medidas cautelares dentro del proceso de cobro, reguló el tema. Y en los artículos 832 y 833 establece el trámite de las excepciones, términos, y procedimiento, en el caso de excepciones probadas. Por tanto, en aquellos casos en los que se alegue como excepción contra el mandamiento de pago, el pago efectivo, el término para levantar medidas precautorias dependerá de cada caso en particular en la Seccional que adelante el proceso de cobro coactivo.</p>
Comentarios