¿Qué le preguntarías al Gobierno sobre la gestión en tu región?
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El Gobierno se toma la región caribe y esta semana visita San Andrés, Cesar, La Guajira y Magdalena. Queremos conocer tus necesidades y preguntas concretas sobre la gestión e inversión en la región.
¿Que acciones han realizado encaminadas a la disposicion adecuada y final de residuos sólidos, en playas del Pacífico?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en conjunto con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidieron la Resolución 754 de 2014 <em>“Por la cual se adopta la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos” , en donde se resaltó la importancia de incluir indicadores de medición de línea base y de seguimiento para la recolección de residuos y limpieza de playas costeras tales como:</em></p>
<p> </p>
<p><strong><em>Línea base, </em></strong><strong>Tabla de objetivos y metas: </strong></p>
<p> </p>
<table border="0" cellpadding="0" cellspacing="0">
<tbody>
<tr>
<td style="height:15px;">
<p><em>Área de playas costeras y ribereñas ubicadas en suelo urbano </em></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td style="height:14px;">
<p><em>Cantidad de residuos recogidos con ocasión de la actividad de limpieza de playas (costeras y/o ribereñas) </em></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td style="height:14px;">
<p><em>Cantidad de residuos recogidos con ocasión de jornadas de limpieza y recolección de ríos y mares </em></p>
</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p> </p>
<p>Así mismo, se estableció la necesidad de que los municipios en su PGIRS involucren un programa de limpieza de playas costeras y ribereñas de acuerdo a los lineamientos establecidos en el numeral 4.4.4 de la Resolución 754 de 2014 de la siguiente manera</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p><strong>Programa de limpieza de playas costeras y ribereñas </strong></p>
<p style="margin-left:35.4pt;">En cuanto a la limpieza de playas, el PGIRS definirá las respectivas áreas (metros cuadrados y ubicación) de playas costeras o ribereñas ubicadas en suelo urbano que serán objeto de limpieza, de conformidad con lo establecido en el artículo 63 del Decreto 2981 de 2013 o la norma que lo modifique o sustituya. Se tendrán en cuenta las recomendaciones del Comité Local para la Organización de las Playas, en aquellos municipios y distritos que lo tengan constituido, de acuerdo al Decreto 1766 de 2013 o la norma que lo modifique o sustituya.</p>
<p> </p>
<p><strong><em>Línea base, </em></strong><strong>Tabla de objetivos y metas: </strong></p>
<p> </p>
<table border="0" cellpadding="0" cellspacing="0">
<tbody>
<tr>
<td style="height:15px;">
<p><em>Área de playas costeras y ribereñas ubicadas en suelo urbano </em></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td style="height:14px;">
<p><em>Cantidad de residuos recogidos con ocasión de la actividad de limpieza de playas (costeras y/o ribereñas) </em></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td style="height:14px;">
<p><em>Cantidad de residuos recogidos con ocasión de jornadas de limpieza y recolección de ríos y mares </em></p>
</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p> </p>
<p>Así mismo, se estableció la necesidad de que los municipios en su PGIRS involucren un programa de limpieza de playas costeras y ribereñas de acuerdo a los lineamientos establecidos en el numeral 4.4.4 de la Resolución 754 de 2014 de la siguiente manera</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p><strong>Programa de limpieza de playas costeras y ribereñas </strong></p>
<p style="margin-left:35.4pt;">En cuanto a la limpieza de playas, el PGIRS definirá las respectivas áreas (metros cuadrados y ubicación) de playas costeras o ribereñas ubicadas en suelo urbano que serán objeto de limpieza, de conformidad con lo establecido en el artículo 63 del Decreto 2981 de 2013 o la norma que lo modifique o sustituya. Se tendrán en cuenta las recomendaciones del Comité Local para la Organización de las Playas, en aquellos municipios y distritos que lo tengan constituido, de acuerdo al Decreto 1766 de 2013 o la norma que lo modifique o sustituya.</p>
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