¿ puedo pagar solo salud independiente?

Enviado por Arnedy Avila el Sáb, 11/10/2014 - 11:23
¿ puedo pagar solo salud independiente?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenas tardes sra. Arnedy:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que por regla general todo trabajador independiente que se encuentre cotizando al r&eacute;gimen contributivo de salud, debe hacerlo tambi&eacute;n al sistema de pensiones sobre la misma base de cotizaci&oacute;n, excepto aquellos trabajadores independientes con ingresos iguales o inferiores a un salario m&iacute;nimo que a noviembre de 2011 se encontraban registrados como Independientes de Bajos Ingresos cotizando s&oacute;lo a salud mediante el cotizante 41 &oacute; 42. Por lo tanto, si a dicha fecha usted se encontraba en la mencionada situaci&oacute;n, puede seguir cotizando &uacute;nicamente a salud hasta tanto se establezca otra disposici&oacute;n.</p>
<p>Agradecemos su participaci&oacute;n.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atenci&oacute;n al Ciudadano</p>

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