Déjale preguntas al nuevo gabinete de Ministros
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Este jueves 28 de agosto, desde las 7:00 p.m. por Canal Institucional Gina Parody, Ministra de Educación y Alfonso Prada, Director del SENA responden tus inquietudes. Participa con todas tus preguntas, aportes, opiniones y comentarios.
Presidente,por que al paciente sele trata mal y se le humilla,por parte del area de la salud.
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenas tardes sr. Malagón:</p>
<p>Agradecemos su comunicación en la que nos manifiesta su preocupación por la calidad en la prestación de los servicios de salud.</p>
<p>Atentamente le informamos que el Ministerio de Salud y Protección Social viene trabajando coordinadamente con Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), Empresas Promotoras de Salud (EPS) y Direcciones Territoriales de Salud en estrategias encaminadas a mejorar la atención en salud en los distintos niveles. Se busca que en cada servicio que preste el sistema de salud se cuente con la seguridad, efectividad, oportunidad y equidad necesarias, todo ello centrado en el paciente.</p>
<p>Adicionalmente, se han producido herramientas para que los usuarios conozcan los derechos que tienen en el Sistema de Seguridad Social, como la Carta de Derechos y Deberes de los Usuarios (<a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/CAS/Paginas/deberes-derechos-salud.aspx">http://www.minsalud.gov.co/salud/CAS/Paginas/deberes-derechos-salud.aspx</a>), un documento editado por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Defensoría del Pueblo y la Superintendencia Nacional de Salud, para que los usuarios de los servicios de salud los conozcan y los exijan ante las distintas entidades. </p>
<p>Entre los aspectos que reconoce la Carta se destaca el acceso a los servicios sin que se impongan trámites administrativos adicionales a los de Ley; la autorización de los servicios incluidos en el Plan Obligatorio de Salud de manera oportuna y la obligación de las EPS e IPS de brindar a las personas la información necesaria para acceder a los servicios de salud, permitiendo la libre elección tanto la entidad aseguradora como del hospital o la clínica.</p>
<p>La libertad de escogencia es fundamental, por cuanto permite a las personas desvincularse de aquellas entidades que no garantizan adecuadamente el goce efectivo de su derecho a la salud, a la vez que le permiten afiliarse a aquellas que demuestren que están prestando los servicios de salud con idoneidad, oportunidad y calidad.</p>
<p>Lo invitamos a consultar esta Carta y a exigir sus derechos. En caso de requerir más orientación puede acudir los organismos de vigilancia y control, como la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.org.co) o las personerías municipales.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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<p>Agradecemos su comunicación en la que nos manifiesta su preocupación por la calidad en la prestación de los servicios de salud.</p>
<p>Atentamente le informamos que el Ministerio de Salud y Protección Social viene trabajando coordinadamente con Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), Empresas Promotoras de Salud (EPS) y Direcciones Territoriales de Salud en estrategias encaminadas a mejorar la atención en salud en los distintos niveles. Se busca que en cada servicio que preste el sistema de salud se cuente con la seguridad, efectividad, oportunidad y equidad necesarias, todo ello centrado en el paciente.</p>
<p>Adicionalmente, se han producido herramientas para que los usuarios conozcan los derechos que tienen en el Sistema de Seguridad Social, como la Carta de Derechos y Deberes de los Usuarios (<a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/CAS/Paginas/deberes-derechos-salud.aspx">http://www.minsalud.gov.co/salud/CAS/Paginas/deberes-derechos-salud.aspx</a>), un documento editado por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Defensoría del Pueblo y la Superintendencia Nacional de Salud, para que los usuarios de los servicios de salud los conozcan y los exijan ante las distintas entidades. </p>
<p>Entre los aspectos que reconoce la Carta se destaca el acceso a los servicios sin que se impongan trámites administrativos adicionales a los de Ley; la autorización de los servicios incluidos en el Plan Obligatorio de Salud de manera oportuna y la obligación de las EPS e IPS de brindar a las personas la información necesaria para acceder a los servicios de salud, permitiendo la libre elección tanto la entidad aseguradora como del hospital o la clínica.</p>
<p>La libertad de escogencia es fundamental, por cuanto permite a las personas desvincularse de aquellas entidades que no garantizan adecuadamente el goce efectivo de su derecho a la salud, a la vez que le permiten afiliarse a aquellas que demuestren que están prestando los servicios de salud con idoneidad, oportunidad y calidad.</p>
<p>Lo invitamos a consultar esta Carta y a exigir sus derechos. En caso de requerir más orientación puede acudir los organismos de vigilancia y control, como la Superintendencia Nacional de Salud (<a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>), la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.org.co) o las personerías municipales.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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