¿Qué quieres preguntarle al Gobierno sobre el acceso a salud de los colombianos?
Imagen Miniatura Vista
Este jueves 19 de diciembre desde las 7:00 a.m. estaremos por Canal Institucional en vivo respondiendo todas tus preguntas sobre las nuevas disposiciones de salud, rebaja de medicamentos y actualización del POS. Cuéntanos todas tus preguntas, opiniones y comentarios.
¿Por qué no se dan incentivos a IPS?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenas tardes sr. López:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley contempla en sus artículos 40 y 41 aspectos relacionados con incentivos a IPS. Es así como el primero de ellos establece que los Gestores de Servicios de Salud y los Prestadores de Servicios de Salud podrán pactar al momento de la contratación indicadores de desempeño e incentivos, sujetos a la reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>Entre tanto, el artículo 41 asigna a esta entidad la función de diseñar e implementar un sistema de pago por desempeño que incentive a los Gestores de Servicios de Salud y a los Prestadores de Servicios de Salud a alcanzar los mayores logros posibles en el mejoramiento del estado de salud de la población, el mejoramiento de la calidad de la atención, la satisfacción y experiencia del usuario y la adecuada utilización de sus recursos.</p>
<p>De acuerdo con este artículo, el Ministerio de Salud y Protección Social establecerá la metodología, el conjunto de indicadores de desempeño y el esquema de incentivos para la implementación progresiva del sistema. Estos indicadores como mínimo deberán enfocarse en el logro de metas o resultados esperados y en actividades consideradas prioritarias, obligatorias o de interés en salud pública; en el mejoramiento de la calidad de la atención, la experiencia y satisfacción del usuario y en la adecuada gestión de los recursos.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que el Proyecto de Ley contempla en sus artículos 40 y 41 aspectos relacionados con incentivos a IPS. Es así como el primero de ellos establece que los Gestores de Servicios de Salud y los Prestadores de Servicios de Salud podrán pactar al momento de la contratación indicadores de desempeño e incentivos, sujetos a la reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.</p>
<p>Entre tanto, el artículo 41 asigna a esta entidad la función de diseñar e implementar un sistema de pago por desempeño que incentive a los Gestores de Servicios de Salud y a los Prestadores de Servicios de Salud a alcanzar los mayores logros posibles en el mejoramiento del estado de salud de la población, el mejoramiento de la calidad de la atención, la satisfacción y experiencia del usuario y la adecuada utilización de sus recursos.</p>
<p>De acuerdo con este artículo, el Ministerio de Salud y Protección Social establecerá la metodología, el conjunto de indicadores de desempeño y el esquema de incentivos para la implementación progresiva del sistema. Estos indicadores como mínimo deberán enfocarse en el logro de metas o resultados esperados y en actividades consideradas prioritarias, obligatorias o de interés en salud pública; en el mejoramiento de la calidad de la atención, la experiencia y satisfacción del usuario y en la adecuada gestión de los recursos.</p>
<p>Lo invitamos a consultar el texto del proyecto de ley 210 de 2013 aprobado en sesión plenaria del Senado de la Republica en el link: <a href="http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf">http://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/general-temp-jd/PL%20210%202013%20aprobado%20en%20Plenaria%20del%20Senado.pdf</a></p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
Comentarios