Por que las personas ya propietarias tienes derechos a vivienda gratuita y además dan en arriendo dichas viviendas.

Enviado por Ana I. el Mié, 25/11/2015 - 14:55
Por que las personas ya propietarias tienes derechos a vivienda gratuita y además dan en arriendo dichas viviendas.
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen d&iacute;a, al respecto es importante tener en cuenta lo dispuesto en el&nbsp;<strong>ART&Iacute;CULO&nbsp;</strong><strong>2.1.1.2.1.2.9 del Decreto 1077 de 2015</strong><strong>&nbsp;&quot;<em>Rechazo de la postulaci&oacute;n.</em></strong>&nbsp;FONVIVIENDA rechazar&aacute; las postulaciones de los hogares que presenten alguna de las siguientes condiciones:</p>
<p style="margin-left: 18pt;">a)&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que el postulante comparta el mismo hogar potencial beneficiario con otro postulante. En este caso se aceptar&aacute; la primera postulaci&oacute;n y se rechazar&aacute;n las posteriores;</p>
<p style="margin-left: 18pt;">b)&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que alguno de los miembros del hogar postulante haya sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda con el cual haya adquirido una vivienda o construido una soluci&oacute;n habitacional, aun cuando la vivienda haya sido transferida, es decir, cuando el subsidio familiar de vivienda haya sido efectivamente aplicado en una soluci&oacute;n de vivienda;</p>
<p style="margin-left: 18pt;">c)&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que alguno de los miembros del hogar sea propietario de una o m&aacute;s viviendas;</p>
<p style="margin-left: 18pt;">d)&nbsp;&nbsp;&nbsp; Que alguno de los miembros del hogar haya sido sancionado conforme a lo dispuesto por el art&iacute;culo 30 de la Ley 3&ordf; de 1991 o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.</p>
<p><strong>Par&aacute;grafo 1&deg;.</strong>&nbsp;Las causales de rechazo se&ntilde;aladas en los literales b) y c) no aplicar&aacute;n cuando el beneficiario haya perdido la vivienda por imposibilidad de pago del cr&eacute;dito con el cual la adquiri&oacute;, ni cuando la vivienda haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable a consecuencia de desastres naturales, calamidades p&uacute;blicas, emergencias, o atentados terroristas.&quot;</p>
<p>Si lo anterior no se cumpli&oacute; dentro del proceso de asignaci&oacute;n de una vivienda gratis, usted puede presentar la respectiva denuncia ante la entidad otorgante, es decir ante el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA adjuntando los soportes que evidencien el hecho. Esto lo puede hacer en la Calle 18 # 7-59 en Bogot&aacute; o a trav&eacute;s de correo electr&oacute;nico al correo correspondencia@minvivienda.gov.co o al fax (1)817327.</p>

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