Déjanos tus propuestas para el Plan de Acción de Gobierno Abierto
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A través de Urna de Cristal el Gobierno recibirá tus propuestas para la construcción del Plan de Acción de Gobierno Abierto. Puedes dejar tus propuestas de estos cuatro temas. Los aportes se utilizarán en la construcción de la pólítica pública. Los temas son:
POR QUE EN REGIONES PRODUCTORAS DE PETROLEO VEREDAS TAN ABANDONADAS COMO PARTE ALTA DE ACACIAS SIN VIAS ETC. ABANDONO
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen día,</p>
<p>El gobierno Nacional de acuerdo con la Ley 105 del 93, define las competencias sobre la Infraestructura de Transporte establecido en las vías nacionales son aquellas a cargo de la Nación, las vías departamentales son aquellas a cargo de los departamentos y las vías municipales y distritales aquellas a cargo de los municipios.</p>
<p>También de acuerdo a la Ley 1228 de 2008, “las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional se denominan arteriales o de primer orden, intermunicipales o de o de segundo orden y veredales o de tercer orden. Estas categorías podrán corresponder a carreteras a cargo de la Nación, departamentos, los distritos especiales y los municipios. El Ministerio de Transporte será la autoridad que mediante criterios técnicos, determine a que categoría pertenecen” </p>
<p>Teniendo en cuenta las inquietudes del asunto, se informa que el Ministerio tiene como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica y técnica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo. </p>
<p>De otro lado, el Ministerio está facultado para atender las vías a cargo de la Nación a través del Invías o de la ANI cuando se trate de una vía en concesión; las solicitudes que se registran en las carreteras departamentales, Distritales o Municipales, como en este caso, son atendidas directamente por la entidad territorial que tiene a cargo dicha infraestructura. Por lo anterior se informa que el Gobierno Nacional cuenta con programas y fuentes de financiación para apoyar el desarrollo de proyectos de infraestructura vial del orden departamental y municipal, tales como: Sistema General de Regalías, Financiera De Desarrollo Territorial SA, Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, Banco de Maquinaria, entre otras.</p>
<p>Por lo anterior el Gobierno Nacional a través del Instituto Nacional de Vías – INVIAS y la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, no puede invertir en vías ni Distritales, ni Departamentales, ni Municipales.</p>
<p>Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</p>
<p>El gobierno Nacional de acuerdo con la Ley 105 del 93, define las competencias sobre la Infraestructura de Transporte establecido en las vías nacionales son aquellas a cargo de la Nación, las vías departamentales son aquellas a cargo de los departamentos y las vías municipales y distritales aquellas a cargo de los municipios.</p>
<p>También de acuerdo a la Ley 1228 de 2008, “las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional se denominan arteriales o de primer orden, intermunicipales o de o de segundo orden y veredales o de tercer orden. Estas categorías podrán corresponder a carreteras a cargo de la Nación, departamentos, los distritos especiales y los municipios. El Ministerio de Transporte será la autoridad que mediante criterios técnicos, determine a que categoría pertenecen” </p>
<p>Teniendo en cuenta las inquietudes del asunto, se informa que el Ministerio tiene como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica y técnica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo. </p>
<p>De otro lado, el Ministerio está facultado para atender las vías a cargo de la Nación a través del Invías o de la ANI cuando se trate de una vía en concesión; las solicitudes que se registran en las carreteras departamentales, Distritales o Municipales, como en este caso, son atendidas directamente por la entidad territorial que tiene a cargo dicha infraestructura. Por lo anterior se informa que el Gobierno Nacional cuenta con programas y fuentes de financiación para apoyar el desarrollo de proyectos de infraestructura vial del orden departamental y municipal, tales como: Sistema General de Regalías, Financiera De Desarrollo Territorial SA, Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, Banco de Maquinaria, entre otras.</p>
<p>Por lo anterior el Gobierno Nacional a través del Instituto Nacional de Vías – INVIAS y la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, no puede invertir en vías ni Distritales, ni Departamentales, ni Municipales.</p>
<p>Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</p>
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