Pregúntale a la Ministra de Educación
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Este domingo 17 de noviembre desde las 8:00 p.m. por Canal Institucional María Fernanda Campo, Ministra de Educación y su equipo de trabajo responden todas tus preguntas en vivo en Urna de Cristal TV.
Podrían invertir tambien en uni privadas, ellas tambien cumplen con funcion social y se invierte en equipos no en nómina
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Estimado ciudadano,</p>
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<p>De manera atenta, me permito informarle que el financiamiento de la educación superior pública en Colombia se da a través de mecanismos dirigidos a la oferta y de subsidios a la demanda.</p>
<p>Entre los mecanismos de oferta se cuentan los aportes directos de la Nación (Art. 86 y 87 de la Ley 30 de 1992), las entidades territoriales a las instituciones de educación superior pública y la generación de recursos propios que cada institución consigue en el ejercicio de sus labores misionales de formación, investigación y extensión junto con los proyectos de fomento dirigidos desde el Ministerio de Educación Nacional, entre otros. En este sentido, la Nación ha venido cumpliendo con la responsabilidad legal de girar anualmente los recursos para funcionamiento e inversión de las universidades estatales de conformidad con la Ley 30 de 1992.</p>
<p>En cuanto al financiamiento de la demanda, el Gobierno Nacional desarrolla estrategias de financiamiento para garantizar el ingreso de los egresados a la Educación Media y la permanencia de los estudiantes en la Educación Superior, a través de créditos y subsidios educativos para pregrado y posgrado. De acuerdo al artículo 27 de la Ley 1450 de 2011, los recursos fiscales de la Nación destinados a becas o a créditos educativos universitarios en Colombia deben ser girados exclusivamente al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) y a él corresponde su administración; ésta es la única entidad autorizada y con plenas competencias para ofrecer créditos educativos.</p>
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<p>Cordialmente,</p>
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<p>Viceministerio de Educación Superior</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
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<p>De manera atenta, me permito informarle que el financiamiento de la educación superior pública en Colombia se da a través de mecanismos dirigidos a la oferta y de subsidios a la demanda.</p>
<p>Entre los mecanismos de oferta se cuentan los aportes directos de la Nación (Art. 86 y 87 de la Ley 30 de 1992), las entidades territoriales a las instituciones de educación superior pública y la generación de recursos propios que cada institución consigue en el ejercicio de sus labores misionales de formación, investigación y extensión junto con los proyectos de fomento dirigidos desde el Ministerio de Educación Nacional, entre otros. En este sentido, la Nación ha venido cumpliendo con la responsabilidad legal de girar anualmente los recursos para funcionamiento e inversión de las universidades estatales de conformidad con la Ley 30 de 1992.</p>
<p>En cuanto al financiamiento de la demanda, el Gobierno Nacional desarrolla estrategias de financiamiento para garantizar el ingreso de los egresados a la Educación Media y la permanencia de los estudiantes en la Educación Superior, a través de créditos y subsidios educativos para pregrado y posgrado. De acuerdo al artículo 27 de la Ley 1450 de 2011, los recursos fiscales de la Nación destinados a becas o a créditos educativos universitarios en Colombia deben ser girados exclusivamente al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) y a él corresponde su administración; ésta es la única entidad autorizada y con plenas competencias para ofrecer créditos educativos.</p>
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<p>Cordialmente,</p>
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<p>Viceministerio de Educación Superior</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
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