Pregúntale a la Ministra de Educación
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Este domingo 17 de noviembre desde las 8:00 p.m. por Canal Institucional María Fernanda Campo, Ministra de Educación y su equipo de trabajo responden todas tus preguntas en vivo en Urna de Cristal TV.
pasar chicos a las malas, que no tienen interés haciéndole muchas nivelaciones solo incentiva la pereza, porque se hace?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Estimado ciudadano,</p>
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<p>Con relación a su inquietud se debe anotar que el Decreto 1290 de 2009, establece en su artículo 6, sobre la promoción escolar, que “cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Así mismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje de asistencia que incida en la promoción del estudiante.</p>
<p> </p>
<p>En este sentido el Decreto 1290 de 2009, le da a las instituciones educativas la autonomía para formular unos parámetros de evaluación; sin embargo, es importante considerar que dicha autonomía deber ser administrada de manera responsable, evitando a toda costa que el establecimiento educativo se convierta en un órgano sancionatorio, expulsor del sistema educativo o un estamento en el que los estudiantes avanzan de un grado a otro sin importar en qué estado está su aprendizaje.</p>
<p> </p>
<p>Es así que la evaluación, tal y como se concibe en el decreto 1290 de 2009, dista de ser algo meramente punitivo o sancionatorio, orientado simplemente a dar una calificación a un estudiante, sin considerar los determinantes y alternativas a considerar para permitirle al estudiante alcanzar los fines propuestos dentro del proceso educativo, por tanto si desde algún establecimiento educativo se está dando la promoción de estudiantes en independencia a si han alcanzado o no los propósitos del grado, se estaría violentando lo dispuesto en el Decreto 1290 de 2009 y ameritaría poner en conocimiento de la respectiva secretaria de educación , toda vez que con base en la ley 715 de 2001, será competencia de los Distritos y municipios certificados el dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, y a la vez ejercer la inspección, vigilancia y supervisión de la educación en su jurisdicción.</p>
<p> </p>
<p>Con el objeto de profundizar en el tema, le invito a leer con detenimiento el Documento 11, Fundamentaciones y orientaciones para la implementación del Decreto 1290 de 2009, el cual se encuentra disponible en el siguiente enlace: <a href="http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-213769_archivo_pdf_evaluacion.pdf">http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-213769_archivo_pdf_evaluacion.pdf</a> ”.</p>
<p> </p>
<p>Cordialmente,</p>
<p> </p>
<p>Dirección de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
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<p>Con relación a su inquietud se debe anotar que el Decreto 1290 de 2009, establece en su artículo 6, sobre la promoción escolar, que “cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Así mismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje de asistencia que incida en la promoción del estudiante.</p>
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<p>En este sentido el Decreto 1290 de 2009, le da a las instituciones educativas la autonomía para formular unos parámetros de evaluación; sin embargo, es importante considerar que dicha autonomía deber ser administrada de manera responsable, evitando a toda costa que el establecimiento educativo se convierta en un órgano sancionatorio, expulsor del sistema educativo o un estamento en el que los estudiantes avanzan de un grado a otro sin importar en qué estado está su aprendizaje.</p>
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<p>Es así que la evaluación, tal y como se concibe en el decreto 1290 de 2009, dista de ser algo meramente punitivo o sancionatorio, orientado simplemente a dar una calificación a un estudiante, sin considerar los determinantes y alternativas a considerar para permitirle al estudiante alcanzar los fines propuestos dentro del proceso educativo, por tanto si desde algún establecimiento educativo se está dando la promoción de estudiantes en independencia a si han alcanzado o no los propósitos del grado, se estaría violentando lo dispuesto en el Decreto 1290 de 2009 y ameritaría poner en conocimiento de la respectiva secretaria de educación , toda vez que con base en la ley 715 de 2001, será competencia de los Distritos y municipios certificados el dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, y a la vez ejercer la inspección, vigilancia y supervisión de la educación en su jurisdicción.</p>
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<p>Con el objeto de profundizar en el tema, le invito a leer con detenimiento el Documento 11, Fundamentaciones y orientaciones para la implementación del Decreto 1290 de 2009, el cual se encuentra disponible en el siguiente enlace: <a href="http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-213769_archivo_pdf_evaluacion.pdf">http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-213769_archivo_pdf_evaluacion.pdf</a> ”.</p>
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<p>Cordialmente,</p>
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<p>Dirección de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media</p>
<p>Ministerio de Educación Nacional</p>
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