pasar chicos a las malas, que no tienen interés haciéndole muchas nivelaciones solo incentiva la pereza, porque se hace?

Enviado por Arancibia el Sáb, 16/11/2013 - 18:37
pasar chicos a las malas, que no tienen interés haciéndole muchas nivelaciones solo incentiva la pereza, porque se hace?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Estimado ciudadano,</p>
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<p>Con relaci&oacute;n a su inquietud se debe anotar que el Decreto 1290 de 2009, establece en su art&iacute;culo 6, sobre la promoci&oacute;n escolar, que &ldquo;cada establecimiento educativo determinar&aacute; los criterios de promoci&oacute;n escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluaci&oacute;n de los estudiantes. As&iacute; mismo, el establecimiento educativo definir&aacute; el porcentaje de asistencia que incida en la promoci&oacute;n del estudiante.</p>
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<p>En este sentido el Decreto 1290 de 2009, le da a las instituciones educativas la autonom&iacute;a para formular unos par&aacute;metros de evaluaci&oacute;n; sin embargo, es importante considerar que dicha autonom&iacute;a deber ser administrada de manera responsable, evitando a toda costa que el establecimiento educativo se convierta en un &oacute;rgano sancionatorio, expulsor del sistema educativo o un estamento en el que los estudiantes avanzan de un grado a otro sin importar en qu&eacute; estado est&aacute; su aprendizaje.</p>
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<p>Es as&iacute; que la evaluaci&oacute;n, tal y como se concibe en el decreto 1290 de 2009, dista de ser algo meramente punitivo&nbsp; o sancionatorio, orientado simplemente a dar una calificaci&oacute;n a un estudiante, sin considerar los determinantes y alternativas a considerar para permitirle al estudiante alcanzar los fines propuestos dentro del proceso educativo, por tanto si desde alg&uacute;n establecimiento educativo se est&aacute; dando la promoci&oacute;n de estudiantes en independencia a si han alcanzado o no los prop&oacute;sitos del grado, se estar&iacute;a violentando lo dispuesto en el Decreto 1290 de 2009 y ameritar&iacute;a poner en conocimiento de la respectiva secretaria de educaci&oacute;n , toda vez que&nbsp; con base en la ley 715 de 2001, ser&aacute; competencia de los Distritos y municipios certificados el dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, b&aacute;sica y media, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, y a la vez ejercer la inspecci&oacute;n, vigilancia y supervisi&oacute;n de la educaci&oacute;n en su jurisdicci&oacute;n.</p>
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<p>Con el objeto de profundizar en el tema, le invito a leer con detenimiento el Documento 11, Fundamentaciones y orientaciones para la implementaci&oacute;n del Decreto 1290 de 2009,&nbsp; el cual se encuentra disponible en el siguiente enlace: <a href="http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-213769_archivo_pdf_evaluacion.pdf">http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-213769_archivo_pdf_evaluacion.pdf</a> &rdquo;.</p>
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<p>Cordialmente,</p>
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<p>Direcci&oacute;n de Calidad para la Educaci&oacute;n Preescolar, B&aacute;sica y Media</p>
<p>Ministerio de Educaci&oacute;n Nacional</p>

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