Para los trabajadores independientes cual es el proceso para afiliarnos y tenerlo complet, ya que no tenemos cesantías?

Enviado por Hernán Alonso … el Mié, 19/06/2013 - 13:11

¿Conoces el seguro de desempleo? ¿Qué quieres saber sobre este mecanismo de protección para el trabajador cesante?

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Este martes 18 de junio se sanciona la ley de protección al cesante, mediante la cual los colombianos podrán acceder a una serie de mecanismos para reengancharse de forma rápida al mercado laboral. Uno de estos beneficios es el seguro de desempleo. Por ello este domingo 23 de junio el Gobierno responde tus preguntas en Urna de Cristal TV a las 8:00 p.m. por Canal Institucional. Déjanos tus inquietudes opiniones y comentarios sobre este tema.

Para los trabajadores independientes cual es el proceso para afiliarnos y tenerlo complet, ya que no tenemos cesantías?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Respetado Ciudadano.</p>
<p>Si su pregunta se refiere a la Ley de Protecci&oacute;n al Cesante, le informo que esta se aplica a todos los trabajadores del sector p&uacute;blico y privado, dependientes o independientes, que realicen aportes a las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar por lo menos por un a&ntilde;o continuo o discontinuo en los &uacute;ltimos 3 a&ntilde;os si se es dependiente, y por lo menos 2 a&ntilde;os continuos o discontinuos en los &uacute;ltimos 3 a&ntilde;os si se es independiente, sin importar la forma de su vinculaci&oacute;n laboral</p>
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<p>Los art&iacute;culos 7, 8 y 9 con sus respectivos par&aacute;grafos de la Ley de Protecci&oacute;n al cesante establecen que los trabajadores dependientes o independientes que ahorren voluntariamente para el mecanismo de protecci&oacute;n al cesante, recibir&aacute;n un beneficio proporcional a su ahorro que se har&aacute; efectivo en el momento en que quede cesante con cargo al FOSFEC, de conformidad con la reglamentaci&oacute;n que expida el Gobierno Nacional.&nbsp;</p>
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<p>Igualmente para los trabajadores independientes o que pacten salario integral, la afiliaci&oacute;n al Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante es voluntaria y el ahorro de las cesant&iacute;as ser&aacute; igualmente voluntario y se consignar&aacute; anualmente en su cuenta de cesant&iacute;as, adem&aacute;s para acceder al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protecci&oacute;n al Cesante los trabajadores con salario integral deber&aacute;n realizar aportes a las Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar, en las mismas condiciones de los trabajadores dependientes.</p>
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<p>La afiliaci&oacute;n de los trabajadores independientes al Mecanismo de Protecci&oacute;n al Cesante requerir&aacute; en todo caso, la afiliaci&oacute;n previa a los Sistemas de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Cajas de Compensaci&oacute;n Familiar.</p>
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<p>Los&nbsp; Requisitos para acceder a los beneficios est&aacute;n consagrados en el art&iacute;culo 13 de la citada Ley</p>
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<p>El art&iacute;culo 47 de esta Ley establece lo siguiente: &ldquo;Art&iacute;culo 47. Reglamentaci&oacute;n. El Gobierno Nacional reglamentar&aacute; un plazo de seis (6) meses lo dispuesto en la presente ley&rdquo;.</p>
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<p>Para mayor informaci&oacute;n el ciudadano debe ingresar a la p&aacute;gina del Ministerio de Trabajo, as&iacute;:</p>
<ol>
<li>
<a href="http://www.mintrabajo.gov.co/">www.mintrabajo.gov.co</a></li>
<li>
Ingresar al enlace <u>mecanismo de protecci&oacute;n al trabajador cesante. </u></li>
</ol>
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