Foro virtual sectorial del Ministerio de Vivienda, Ciudad Y Territorio
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Te invitamos a participar en el Foro Virtual de vivienda, ciudad y territorio.
Podrás resolver dudas de cómo acceder a los beneficios de programas como “Mi Casa Ya”, vivienda 100% subsidiada, los productos y servicios del FNA, cómo garantizar el Agua y Saneamiento Básico en los municipios y qué hace la CRA (Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico) entre otras dudas que tengas
Los beneficios que se expresan en el Artículo 3 de la Ley 403 de 1997, me cobijan como contratista de FAO para IDEAM
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenas tardes Rosa</p>
<p>El Decreto 2559 de 1997 consagra el Certificado Electoral como un instrumento público que contiene la declaración del Presidente de la mesa de votación, del Registrador Distrital o Municipal del Estado Civil del lugar donde se haya inscrito la cédula de ciudadanía, y expresa que el ciudadano cumplió con el deber de votar en las elecciones correspondientes. </p>
<p>El beneficio más importante y llamativo para los ciudadanos es que por votar tienes derecho a medio día de descanso compensatorio remunerado. El beneficio está contemplado en la ley 403 de 1997, en el artículo 3°.Por cada elección se entrega un certificado electoral, es decir que por cada elección que se vote hay medio día compensatorio obligatorio. Este aplica para todo tipo de contratos laborales, a término fijo, indefinido, contrato de confianza, etc. Todo tipo de contrato laboral debe entregar el beneficio. </p>
<p>Otros beneficios del certificado electoral</p>
<ol>
<li>
Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.</li>
<li>
Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio</li>
<li>
Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. </li>
<li>
Derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.</li>
<li>
Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez. </li>
<li>
Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante.</li>
</ol>
<p>El certificado electoral se podrá utilizar por una sola vez para cada beneficio consagrado en la Ley 403 de 1997 y expirará con la realización de nuevas elecciones ordinarias. En cuanto a los descansos que contemplan las normas, la Ley indica que para el caso de jurados es de un día, que debe ser tomado dentro de los 45 días siguientes a la elección, y que para los votantes es de mediodía, el cual debe ser disfrutado dentro de los 30 días siguientes a la elección. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p> </p>
<p>Equipo Urna de Cristal </p>
<p>El Decreto 2559 de 1997 consagra el Certificado Electoral como un instrumento público que contiene la declaración del Presidente de la mesa de votación, del Registrador Distrital o Municipal del Estado Civil del lugar donde se haya inscrito la cédula de ciudadanía, y expresa que el ciudadano cumplió con el deber de votar en las elecciones correspondientes. </p>
<p>El beneficio más importante y llamativo para los ciudadanos es que por votar tienes derecho a medio día de descanso compensatorio remunerado. El beneficio está contemplado en la ley 403 de 1997, en el artículo 3°.Por cada elección se entrega un certificado electoral, es decir que por cada elección que se vote hay medio día compensatorio obligatorio. Este aplica para todo tipo de contratos laborales, a término fijo, indefinido, contrato de confianza, etc. Todo tipo de contrato laboral debe entregar el beneficio. </p>
<p>Otros beneficios del certificado electoral</p>
<ol>
<li>
Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.</li>
<li>
Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio</li>
<li>
Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. </li>
<li>
Derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.</li>
<li>
Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez. </li>
<li>
Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante.</li>
</ol>
<p>El certificado electoral se podrá utilizar por una sola vez para cada beneficio consagrado en la Ley 403 de 1997 y expirará con la realización de nuevas elecciones ordinarias. En cuanto a los descansos que contemplan las normas, la Ley indica que para el caso de jurados es de un día, que debe ser tomado dentro de los 45 días siguientes a la elección, y que para los votantes es de mediodía, el cual debe ser disfrutado dentro de los 30 días siguientes a la elección. </p>
<p>Cordial saludo,</p>
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<p>Equipo Urna de Cristal </p>
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