¿Qué preguntas tienes sobre el cambio de licencia de conducción?
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El Ministerio de Transporte fijó nuevos plazos para el cambio de la licencia de conducción. Es necesario tener en cuenta las licencias que NO deben cambiarse, gracias al Decreto Ley Antitrámites. Si tu documento es de categorías 2, 3, A o B NO debes cambiarlo y vence en el año 2022. La única restricción es si eres mayor de 60 años.
¿Es verdad que la licencia para motociclistas no hay que actualizarla por ahora? en qué fecha?
El gobierno response
Urna de Cristal
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Buen día,</div>
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Las licencias para conducir moto corresponden a licencia categoria particular y estas no hay que renovarlas, porque todas las de servicio particular están vigentes de conformidad con lo señalado en el Decreto 019 de 2012, el cual dispuso que tenían una vigencia de 10 años a partir de enero de 2012. Por lo tanto, hoy quienes portan licencias para conducir vehículo particular no están obligados a renovarla porque están vigentes.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
Buen día,</div>
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Las licencias para conducir moto corresponden a licencia categoria particular y estas no hay que renovarlas, porque todas las de servicio particular están vigentes de conformidad con lo señalado en el Decreto 019 de 2012, el cual dispuso que tenían una vigencia de 10 años a partir de enero de 2012. Por lo tanto, hoy quienes portan licencias para conducir vehículo particular no están obligados a renovarla porque están vigentes.</div>
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Esperamos la información brindada sea clara y responda a su inquietud. Igualmente puede consultar el "ABC de la Renovación de las licencias de conducción" y "Renueve así su licencia de conducción", en la página web del Ministerio de Transporte.</div>
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Lo invitamos a comunicarse con el Ministerio de Transporte y hacer parte de sus redes sociales @MinTransporteCo en Twitter y facebook.com/MintransporteColombiaoficial en Facebook.</div>
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