Es verdad q créditos para VIPAS sólo se entregan en UVR y no en pesos por parte de los bancos?

Enviado por Felipe jaramillo el Vie, 06/03/2015 - 20:22
Es verdad q créditos para VIPAS sólo se entregan en UVR y no en pesos por parte de los bancos?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>El programa VIPA, va dirigido tanto a trabajadores formales afiliados a una Caja de Compensaci&oacute;n Familiar - CCF, como a trabajadores independientes o informales, que demuestren ingresos hasta 2 SMLMV. Se deber&aacute; cumplir con los siguientes requisitos:</p>
<p>&middot;No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional</p>
<p>&middot;No haber sido beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda &nbsp;- SFV que haya sido efectivamente aplicado, salvo quienes hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago o la vivienda en la que se aplic&oacute; el SFV haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastre natural, calamidad p&uacute;blica o emergencia.</p>
<p>&middot;No haber sido beneficiarios de la cobertura a la tasa de inter&eacute;s.</p>
<p>&middot;Contar con un ahorro m&iacute;nimo del cinco por ciento (5%) del valor de la vivienda, de acuerdo con las modalidades de ahorro establecidas en el art&iacute;culo 28 del Decreto 2190 de 2009. Los hogares certificar&aacute;n ante el oferente del proyecto de vivienda nueva de inter&eacute;s prioritario, su ahorro en las siguientes modalidades:</p>
<p>&middot;<strong><u>Contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir.</u></strong></p>
<p>&middot;En caso de ser beneficiario de un SFV para adquisici&oacute;n de vivienda urbana nueva, vigente y sin aplicar, otorgado por Fonvivienda con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013 es decir 05 de julio de 2013, la autorizaci&oacute;n para que el subsidio asignado sea girado al patrimonio aut&oacute;nomo que se constituya. Si el SFV es asignado por una CCF, el hogar deber&aacute; autorizar el tr&aacute;mite que determine dicha CCF.&nbsp;</p>
<p>Como se cita en el p&aacute;rrafo anterior, en la parte inicial del proceso se requiere es un <strong>cr&eacute;dito pre aprobado</strong>, la aprobaci&oacute;n definitiva del cr&eacute;dito la debe presentar cuatro meses antes de la escrituraci&oacute;n de las viviendas, tal como se cita en los t&eacute;rminos de referencia establecidos por programa VIPA y que usted puede consultar en la p&aacute;gina Web de la Fiduciaria Bogot&aacute; www.fidubogota.com.</p>
<p>Si bien es cierto, uno de los requisitos que deben cumplir los hogares es <strong><u>contar con un cr&eacute;dito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la soluci&oacute;n de vivienda a adquirir </u></strong>como parte del cierre financiero, este requisito debe tramitarse directamente ante las entidades financieras, sobre las cuales ni el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ni FONVIVIENDA tienen injerencia.</p>
<p>Las condiciones y procesos establecidos por las entidades financieras dentro de sus pol&iacute;ticas de otorgamiento de cr&eacute;dito son discrecionalidad de las mismas. &nbsp;</p>

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