Es posible que el Propio Estado, después de proteger un predio, se lo extinga a los dueños desplazados por violencia?

Enviado por Erika Hernande… el Jue, 29/01/2015 - 20:13
Es posible que el Propio Estado, después de proteger un predio, se lo extinga a los dueños desplazados por violencia?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Dando respuesta a su pregunta, le informo que el INCODER cuenta con la Direcci&oacute;n T&eacute;cnica de Procesos Agrarios, oficina encargada de adelantar los procedimientos administrativos de clarificaci&oacute;n de la propiedad, deslinde de tierras de la Naci&oacute;n, extinci&oacute;n del derecho del dominio, recuperaci&oacute;n de predios indebidamente ocupados, reglamentaciones de uso y manejo de terrenos comunales. Adicionalmente, se encarga de identificar los proyectos emblem&aacute;ticos de gran impacto social y econ&oacute;mico. Para cualquier informaci&oacute;n puede comunicarse al tel&eacute;fono 3830444 Ext: 1521 &ndash; 1528, a la l&iacute;nea gratuita 018000100132 o 018000115121, o enviar su comunicaci&oacute;n al correo incoder@incoder.gov.co.</p>

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