¿Qué dudas tienes sobre el Programa de Vivienda de Interés Prioritario?
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El Presidente Juan Manuel Santos anunción que en 2013 se entregarán las 100 mil viviendas gratis. Por eso esta semana queremos aclarar tus dudas sobre el Programa de Vivienda de Interés Prioritario, que tiene como objetivo entregar 100 mil viviendas en todas las regiones de Colombia con 100% de subsidio para los más pobres.
DEFORMA DETALLADA¿CUÁLES SONLOS REQUISITOS QUESE DEBEN CUMPLIR,PARA OBTENER1VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y CUÁNTO CUESTA?
El gobierno response
Urna de Cristal
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<p><strong>REQUISITOS GENERALES DEL HOGAR</strong>: Los requisitos principales, de acuerdo a la normativa vigente (Decreto 2190 de 2009), que debe cumplir el hogar para poder acceder al Subsidio Familiar de Vivienda son los siguientes:</p>
<p style="margin-left:18.0pt;">· Los ingresos mensuales del hogar no deben ser superiores a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes (4 SMLMV).</p>
<p style="margin-left:18.0pt;">· No haber sido beneficiarios de subsidios familiares de vivienda. Lo anterior cobija los subsidios otorgados por el Fondo Nacional de Vivienda, el Instituto Nacional de Vivienda y Reforma Urbana –Inurbe hoy en liquidación, la Caja Agraria hoy en liquidación, el Banco Agrario, Focafé, las Cajas de Compensación Familiar y por el FOREC hoy en liquidación.</p>
<p style="margin-left:18.0pt;">· En el caso de adquisición o construcción en sitio propio, ninguno de los miembros del hogar debe ser propietario o poseedor de una vivienda a la fecha de postular. </p>
<p style="margin-left:18pt;">· En el caso de mejoramiento, la vivienda no debe estar localizada en desarrollos ilegales o zonas de riesgo y ninguno de los miembros del hogar debe ser poseedor o propietario de otra vivienda a la fecha de postular.</p>
<p style="margin-left:18pt;">· En el caso de planes de construcción en sitio propio, la solución de vivienda no debe estar localizada en desarrollos ilegales o zonas de riesgo y alguno de los miembros del hogar debe ser propietario del terreno que se pretende construir.</p>
<p style="margin-left:18.0pt;">· Si algún miembro del hogar está afiliado a Caja de Compensación Familiar, debe solicitar el subsidio en dicha Caja.</p>
<p>Los hogares que habiendo sido beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda, hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago, podrán postularse nueva­mente al mismo subsidio familiar de vivienda en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 33 de la Ley 546 de 1999. Así mismo, una vez calificada su postulación conforme a la fórmula establecida, la asignación por una sola vez más del Subsidio Familiar de Vivienda, se hará de manera preferente entre todos los hogares calificados que cumplan con el lleno de los requisitos establecidos en las normas vigentes.</p>
<p>El valor de la vivienda, si es Vivienda de interés Prioritario (VIP) no puede pasar los 70 SMLMV, es decir la vivienda no puede costar más de $ 39.668.973.oo</p>
<p> Si la vivienda es de Interés Social (VIS), no puede pasar los 135 SMLMV, es decir la vivienda no puede costar más de $ 76.504.448.oo</p>
<p><strong>REQUISITOS GENERALES DEL HOGAR</strong>: Los requisitos principales, de acuerdo a la normativa vigente (Decreto 2190 de 2009), que debe cumplir el hogar para poder acceder al Subsidio Familiar de Vivienda son los siguientes:</p>
<p style="margin-left:18.0pt;">· Los ingresos mensuales del hogar no deben ser superiores a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes (4 SMLMV).</p>
<p style="margin-left:18.0pt;">· No haber sido beneficiarios de subsidios familiares de vivienda. Lo anterior cobija los subsidios otorgados por el Fondo Nacional de Vivienda, el Instituto Nacional de Vivienda y Reforma Urbana –Inurbe hoy en liquidación, la Caja Agraria hoy en liquidación, el Banco Agrario, Focafé, las Cajas de Compensación Familiar y por el FOREC hoy en liquidación.</p>
<p style="margin-left:18.0pt;">· En el caso de adquisición o construcción en sitio propio, ninguno de los miembros del hogar debe ser propietario o poseedor de una vivienda a la fecha de postular. </p>
<p style="margin-left:18pt;">· En el caso de mejoramiento, la vivienda no debe estar localizada en desarrollos ilegales o zonas de riesgo y ninguno de los miembros del hogar debe ser poseedor o propietario de otra vivienda a la fecha de postular.</p>
<p style="margin-left:18pt;">· En el caso de planes de construcción en sitio propio, la solución de vivienda no debe estar localizada en desarrollos ilegales o zonas de riesgo y alguno de los miembros del hogar debe ser propietario del terreno que se pretende construir.</p>
<p style="margin-left:18.0pt;">· Si algún miembro del hogar está afiliado a Caja de Compensación Familiar, debe solicitar el subsidio en dicha Caja.</p>
<p>Los hogares que habiendo sido beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda, hayan perdido la vivienda por imposibilidad de pago, podrán postularse nueva­mente al mismo subsidio familiar de vivienda en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 33 de la Ley 546 de 1999. Así mismo, una vez calificada su postulación conforme a la fórmula establecida, la asignación por una sola vez más del Subsidio Familiar de Vivienda, se hará de manera preferente entre todos los hogares calificados que cumplan con el lleno de los requisitos establecidos en las normas vigentes.</p>
<p>El valor de la vivienda, si es Vivienda de interés Prioritario (VIP) no puede pasar los 70 SMLMV, es decir la vivienda no puede costar más de $ 39.668.973.oo</p>
<p> Si la vivienda es de Interés Social (VIS), no puede pasar los 135 SMLMV, es decir la vivienda no puede costar más de $ 76.504.448.oo</p>
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