¿Qué quieres preguntar sobre los beneficios para adquirir vivienda?
Imagen Miniatura Vista
El Presidente Juan Manuel Santos anunció un nuevo programa comprar casa propia con solo un 10% de cuota inicial y con un paquete de subsidios. Esto se suma a los demás beneficios. Actualmente el Gobierno tiene varios planes para darle vivienda propia a los colombianos.
¿cual es el tiempo de vigencia de mi subsidio vipa ya aprobado?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buen día,</p>
<p> </p>
<p>En atención a su inquietud nos permitimos hacer referencia a lo dispuesto en el artículo 9 del decreto 1432 de 2013: "<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 11pt; text-indent: 0cm; background-color: transparent;">La vigencia de los subsidios de vivienda destinados a la adquisición de vivienda de interés prioritario urbana nueva de que trata el presente decreto, será de doce (12) meses contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación.</span></p>
<p class="Cuerpodeltexto0" style="margin-top:0cm;margin-right:8.5pt;margin-bottom:
0cm;margin-left:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent:0cm;background:transparent"><span style="font-size:11.0pt;font-family:"Arial",sans-serif"> </span></p>
<p class="Cuerpodeltexto0" style="margin-top:0cm;margin-right:8.5pt;margin-bottom:
0cm;margin-left:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent:0cm;background:transparent"><span style="font-size:11.0pt;font-family:"Arial",sans-serif">La entidad otorgante del subsidio podrá prorrogar hasta por doce (12) meses la vigencia anteriormente señalada, siempre y cuando dentro del plazo inicial de la vigencia del subsidio, el oferente haya suscrito promesa de compraventa de la vivienda respectiva con el beneficiario del subsidio y la escrituración y entrega de la vivienda se haya pactado para ser realizada dentro del término de la prórroga del subsidio. El oferente deberá remitir a la entidad otorgante, dentro de los plazos que establezca esta última, la respectiva copia de la promesa de compraventa."<o:p></o:p></span></p>
<p> </p>
<p>En atención a su inquietud nos permitimos hacer referencia a lo dispuesto en el artículo 9 del decreto 1432 de 2013: "<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 11pt; text-indent: 0cm; background-color: transparent;">La vigencia de los subsidios de vivienda destinados a la adquisición de vivienda de interés prioritario urbana nueva de que trata el presente decreto, será de doce (12) meses contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación.</span></p>
<p class="Cuerpodeltexto0" style="margin-top:0cm;margin-right:8.5pt;margin-bottom:
0cm;margin-left:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent:0cm;background:transparent"><span style="font-size:11.0pt;font-family:"Arial",sans-serif"> </span></p>
<p class="Cuerpodeltexto0" style="margin-top:0cm;margin-right:8.5pt;margin-bottom:
0cm;margin-left:0cm;margin-bottom:.0001pt;text-indent:0cm;background:transparent"><span style="font-size:11.0pt;font-family:"Arial",sans-serif">La entidad otorgante del subsidio podrá prorrogar hasta por doce (12) meses la vigencia anteriormente señalada, siempre y cuando dentro del plazo inicial de la vigencia del subsidio, el oferente haya suscrito promesa de compraventa de la vivienda respectiva con el beneficiario del subsidio y la escrituración y entrega de la vivienda se haya pactado para ser realizada dentro del término de la prórroga del subsidio. El oferente deberá remitir a la entidad otorgante, dentro de los plazos que establezca esta última, la respectiva copia de la promesa de compraventa."<o:p></o:p></span></p>
Comentarios