¿Qué quieres preguntar sobre modelo para arrendatarios de compra de vivienda sin cuota inicial?
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El Gobierno presentó el Modelo Financiero TACS (Tasa al Ahorro Construyendo Sociedad), un modelo de ahorro que permite a los arrendatarios acceder a una casa propia sin pagar una cuota inicial. Se trata de pagar la vivienda con lo que se cancelaría normalmente como canon de arrendamiento.
Cual es el plazo máximo que una EPS regimen contriutivo tiene para dar una cita con un médico especialista?
El gobierno response
Urna de Cristal
<p>Buenas tardes sr García:</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que de acuerdo con la resolución 1552 de 2013 (http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resolución%201552%20de%202013.pdf#search=Resoluci%C3%B3n%201552%20de%202013), para la asignación de citas con especialistas las EPS deben tener agendas abiertas todos los días hábiles del año. Adicionalmente deben informar al usuario la fecha para la cual se asigna la cita, “sin que les sea permitido negarse a recibir la solicitud y a fijar la fecha de la consulta requerida”.</p>
<p>Dicha norma establece que cuando la cita requiera autorización previa por parte de la EPS, esta deberá responder al paciente a más tardar en los 5 días hábiles siguientes desde la fecha de solicitud.</p>
<p>En caso de incumplimiento de esta norma, puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control sobre las EPS y demás entidades de aseguramiento.</p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano<br />
En Bogotá: (57-1) 483 7000<br />
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />
<br />
Oficina de Atención al Usuario</p>
<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World<br />
Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>
<p>Página web: <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
<p>En respuesta a su pregunta, atentamente le informamos que de acuerdo con la resolución 1552 de 2013 (http://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resolución%201552%20de%202013.pdf#search=Resoluci%C3%B3n%201552%20de%202013), para la asignación de citas con especialistas las EPS deben tener agendas abiertas todos los días hábiles del año. Adicionalmente deben informar al usuario la fecha para la cual se asigna la cita, “sin que les sea permitido negarse a recibir la solicitud y a fijar la fecha de la consulta requerida”.</p>
<p>Dicha norma establece que cuando la cita requiera autorización previa por parte de la EPS, esta deberá responder al paciente a más tardar en los 5 días hábiles siguientes desde la fecha de solicitud.</p>
<p>En caso de incumplimiento de esta norma, puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control sobre las EPS y demás entidades de aseguramiento.</p>
<p>Líneas de Atención al Ciudadano<br />
En Bogotá: (57-1) 483 7000<br />
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 513700<br />
<br />
Oficina de Atención al Usuario</p>
<p>Avenida Ciudad de Cali # 51-66 - Edificio World<br />
Horario: lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m.</p>
<p>Página web: <a href="http://www.supersalud.gov.co">www.supersalud.gov.co</a>, formulario de peticiones y reclamos en el enlace http://200.31.219.8:8080/ExtranetQuejasReclamosV2.nsf/FTramite?openform&Reclamo.</p>
<p>Gracias por su participación.</p>
<p>Cordial saludo,</p>
<p>Grupo de Atención al Ciudadano</p>
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