Para declarar renta es necesario inscribirse en el RUT. Es la situación en la que se han visto muchos colombianos que declaran por primera vez. Conoce todo sobre este trámite, indispensable para presentar declaración. Cuéntanos todas tus preguntas sobre este procedimiento en cualquier temática haciendo clic ACÁ
¿Qué es el RUT?
RUT significa Registro Único Tributario. Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio; los responsables del régimen común y los pertenecientes al régimen simplificado; los agentes retenedores; los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros, y los demás sujetos de obligaciones administradas por la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, respecto de los cuales esta requiera su inscripción.
¿Para qué sirve el RUT?
El RUT sirve para avalar e identificar la actividad económica ante terceros con quienes sostenga una relación comercial, laboral o económica en general y ante los diferentes entes de supervisión y control, a su vez, este documento le señala sus obligaciones frente al Estado Colombiano.
A su vez, le permite a la DIAN contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable de todos los sujetos obligados a inscribirse en el mismo, para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que a su vez facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias así como la simplificación de trámites y reducción de costos.
¿Quiénes deben inscribirse en el RUT?
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Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales, y demás impuestos administrados por la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN;
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Los inversionistas extranjeros obligados a cumplir deberes formales;
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Las sucursales en el país de personas jurídicas o entidades extranjeras;
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Las personas naturales que actúan en calidad de representantes legales, mandatarios, delegados, apoderados y representantes en general que deban suscribir declaraciones, presentar información y cumplir otros deberes a nombre del contribuyente, responsable, agente retenedor, declarante, informante o inversionista extranjero, en materia tributaria, aduanera o cambiaria. Así mismo, deben cumplir con esta inscripción los revisores fiscales y contadores, que deban suscribir declaraciones por disposición legal;
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Las personas y entidades no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio y las personas naturales y jurídicas del régimen simplificado del impuesto al consumo.
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Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regímenes común o simplificado;
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Las personas o entidades no responsables del impuesto sobre las ventas, que requieran la expedición de NIT cuando por disposiciones especiales estén obligadas expedir factura, o como consecuencia del desarrollo de una actividad económica no gravada;
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Los responsables del impuesto al consumo.
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Los responsables del impuesto nacional a la gasolina y a.1 ACPM;
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Los agentes retenedores,
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Los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros;
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Los profesionales de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajeros;
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Los obligados a declarar el ingreso o salida del país de divisas o moneda legal colombiana en efectivo;
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La U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN podrá requerir la inscripción de otros sujetos diferentes de los enunciados en los literales anteriores, para efectos del control de las obligaciones sustanciales y formales que administra.
¿Cómo me inscribo en el RUT?
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Debes dirigirte a un punto de la DIAN. En Bogotá puede hacerse en el Supercade de la NQS con calle 26 o en cualquier punto de la DIAN en el país.
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Lleva tu cédula de ciudadanía y fotocopia ampliada al 150 por ciento
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Puedes actualizar información personal, como dirección de la residencia.
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Debes escoger el listado de una actividad económica de la que provienen tus ingresos.
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Posteriormente firmas el documento y se lo entregan.
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La recomendación es guardarlo muy bien, para utilizarlo como fotocopia en todos los trámites.
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Sácale fotocopia al RUT porque lo vas a necesitar.
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Ese trámite es gratuito, como cualquiera otro que se realice ante la Dian. La entidad insistió en destacar que los trámites ante ella no tienen costo alguno.
¿Se debe actualizar el RUT?
El RUT no tiene vigencia, debes actualizarlo solo si cambias de trabajo o actividad económica. Igualmente si modificas dirección, teléfono, correo electrónico, entre otros. NO es necesario actualizar el RUT cada año.