No te dejes engañar: la revisión técnico mecánica se hace cada seis años

Enviado por Anónimo (no verificado) el 10/11/2018
10/11/2018
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La revisión técnico mecánica se hace cada 6 años

No importa si ya le habías hecho una revisión técnico mecánica a tu vehículo, antes de la expedición del Decreto Ley Antitrámites. Cuentas seis años a partir de la matrícula del automotor  y en esa deberán hacerle la revisión. En adelante cada año.

Por ejemplo si tu carro fue matriculado en 2009 y le hiciste una revisión en 2010, la siguiente revisión será en el 2015. Luego en el 2016, 2017 y así sucesivamente. No importa si ya le habías hecho una revisión.

En el caso de las motos la primera revisión será a los dos años de la fecha de matrícula y en adelante cada año. Por ejemplo si tu motocicleta fue matriculada en el 2011, la primera revisión será en el 2013 y en adelante cada año. 2014, 2015 y así sucesivamente.

¿Qué pasó con la demanda al decreto antitrámites, por el tema de la revisión técnico mecánica?

La demanda por constitucionalidad no prosperó La corte constitucional declaró exequible el artículo 202 del Decreto Ley Antitrámites, donde se considera que la revisión técnico mecánica debe hacerse seis años después de la fecha de matrícula de un vehículo.

Por unanimidad, los magistrados consideraron que la disposición no va en contra de la Constitución y que el Ejecutivo tenía facultades para entrar a regular la materia.

Este artículo del Decreto Ley Antitrámites había sido demandado porque, supuestamente violaba el derecho a un ambiente sano.

Igualmente la corte consideró el Gobierno sí cumple con las facultades para regular el tema, y que la disposición está ajustada a las normatividades que rige el tránsito y el transporte en el país. Además, reiteró que el artículo busca proteger el medio ambiente.

La norma señala textualmente que “los vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del sexto (6°) año contado a partir de la fecha de su matrícula”.

Mintransporte te explica el fallo sobre la revisión técnico mecánica