En Urna de Cristal Radio hablamos sobre esta Ley que obliga a los entes del orden nacional, como ministerios, departamentos administrativos, órganos de control, partidos políticos, movimientos ciudadanos, las prestadoras de servicios públicos y todo aquel particular que gestione recursos públicos, des este mismo nivel, están obligados a brindar información a los ciudadanos cuando la requieran.
Fernando Segura, asesor de la Secretaría de Transparencia explicó que el acceso a la información pública es una necesidad permanente de los ciudadanos ya que “todas las personas alguna vez en la vida hemos tenido que recurrir a una entidad pública para necesidades como la vacunación, cupos escolares, derecho a medicamentos” de ahí que esta Ley esté enfocada en garantizar este derecho. Agregó que se trata de algo que ya está en vigencia desde el pasado 6 de septiembre, por lo tanto es de obligatorio cumplimiento.
Nuestro invitado resaltó que ahora las entidades están obligadas a publicar información relacionada con su misión, estructura y servicios de manera que “el no publicar la información se constituye en una violación del derecho fundamental”. De manera que la ley divide la información en tres partes:
- Información mínima: respecto a la estructura de la entidad, funcionarios, horarios y canales de atención entre otros.
- Información de servicios: trámites, costos, normas de los mismos.
- Información sobre contratos: objeto, origen de los recursos, clasificación y ejecución.
Estas normas rigen a entidades públicas pero también para las que administren recursos del Estado, que tengan funciones o servicios públicos delegados. Las personas naturales o jurídicas que sean beneficiarias de recursos públicos también deberán publicar información relacionada con los montos que manejan, esto incluye a los partidos políticos, cámaras de comercio, notarías, EPS y las IPS. Todos estos sujetos obligados tendrán 10 días hábiles para habilitar acceso a documentos e información pública de acuerdo con el Código de Procedimiento Administrativo.
Los ciudadanos en condición de discapacidad también podrán acceder a esta información, por lo tanto la Ley establece que las entidades deben habilitar sus canales de comunicación para facilitar por ejemplo el acceso a personas en sillas de ruedas, con muletas a las oficinas de atención al ciudadano o en los sitios web, aplicar recursos para que personas con limitaciones visuales puedan conocer la información.
Urna de Cristal Radio - Emisión 10/09/2014 - LEY DE TRANSPARENCIA by Urnadecristal on Mixcloud