Aclaraciones sobre la reforma a la salud

Enviado por lpedraza el 10/11/2018
10/11/2018
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Respuestas sobre la reforma a la salud

Alejandro Gaviria, Ministro de Salud comparte respuestas a las inquietudes de los colombianos sobre la recientemente aprobada reforma a la salud. Tenemos abierto un espacio para que dejes todas tus preguntas. La respuesta se tramita directamente con el Ministerio de Salud y la respuesta llega a tu correo electrónico y a tu perfil en Urna de Cristal. Deja tu inquietud puntual sobre la reforma a la salud ACÁ. Compartimos las respuestas del jefe de la cartera de salud. 

Enlaces relacionados

¿No creen que el Estado podría tener su EPS pública y ahorrarse las ganancias de las EPS? 

La experiencia de las EPS públicas ha sido desastrosa. No solo en el caso del Seguro Social. Los casos de Calisalud, Selvasalud y Saludcondor fueron todos un desastre, casi paradigmas de la corrupción y el despilfarro. En nuestras evaluaciones anuales, que conjugan tanto indicadores de goce efectivo de derechos como variables de resultados en salud, dos EPS públicas figuran entre las peores, Caprecom y Convida. La reforma es ecléctica, no prohíbe las EPS públicas, incluso promueve las alianzas público-privadas. Pero crear un gran monopolio público podría terminar “capreconizando” nuestro sistema de salud. 

¿Los dineros dejarán de ser públicos? 

Los dineros dejan de ser públicos una vez prestado el servicio. Inicialmente (con el fin de evitar los carteles de embargos) se propuso algo distinto. Pero el asunto se corrigió desde la ponencia para primer debate en mayo pasado. Este es un debate ya resuelto. 

¿Por qué sigue la integración vertical si es nefasta? 

No siempre es nefasta. La literatura academica sobre el tema muestra, entre otras cosas, que disminuye los costos de transacción, reduce las asimetrías de información y puede resultar en ganancias de eficiencia ya que reduce la necesidad de tener excedentes en cada punto de la cadena. 

Sobre el tema hay mucha desinformación. Para algunos es mala cuando se construye de arriba hacia abajo (del aseguramiento hacia la prestación) pero buena cuando se construye de abajo hacia arriba (de la prestación al aseguramiento). El tema es complejo e involucra intereses poderosos. De allí la pugnacidad del debate. 

Queremos controlarla. Evitar los abusos de posición dominante. Pero no podemos descartar de buenas a primera modelos exitosos de gestión de riesgo que están basados en la integración de pagadores con los niveles básicos de atención. Actualmente no existe una oferta suficiente, sobre todo en las grandes ciudades, de prestadores de primer nivel. El debate no se ha cerrado y seguiremos buscando una solución adecuada. 

¿Por qué no desaparecen los intermediarios en la salud, por qué no se crea la línea directa gobierno hospitales? ¿No cree usted que el Estado podría tener su EPS pública y ahorrarse las ganancias de las EPS? 

La experiencia de las EPS públicas ha sido desastrosa. No solo en el caso del Seguro Social. Los casos de Calisalud, Selvasalud y Saludcondor fueron todos un desastre, casi paradigmas de la corrupción y el despilfarro. En nuestras evaluaciones anuales, que conjugan tanto indicadores de goce efectivo de derechos como variables de resultados en salud, dos EPS públicas figuran entre las peores, Caprecom y Convida. La reforma es ecléctica, no prohíbe las EPS públicas, incluso promueve las alianzas público-privadas. Pero crear un gran monopolio público podría terminar “capreconizando” nuestro sistema de salud. 

Documentos que amplían la respuesta: 

Estudio sobre el modo de gestionar la salud en Colombia

Exposición de motivos del Proyecto de Ley 210 de 2013 

¿Los dineros de la salud dejarán de ser públicos? 

Los dineros dejan de ser públicos una vez prestado el servicio. Inicialmente (con el fin de evitar los carteles de embargos) se propuso algo distinto. Pero el asunto se corrigió desde la ponencia para primer debate en mayo pasado. Este es un debate ya resuelto. 

¿Cómo quedaron los docentes con esta reforma a la salud?

De conformidad con el numeral 10 del artículo 150 de la Constitución Política, revístese al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias, hasta por el término de seis (6) meses, contados a partir de la promulgación de la presente ley, para expedir un decreto con fuerza de ley que reglamente el régimen excepcional de salud de los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, sin que en ningún caso se puedan menoscabar las condiciones actuales del mismo, en concordancia con el principio de progresividad. En el desarrollo de estas facultades se garantizara la participación de los representantes de FECODE.

¿Es cierto que Gobierno pretende establecer salario medico en 2.6 millones y especialistas en 3.6 millones?

Dentro del texto del proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” aprobado en segundo debate por la plenaria del Senado de la República, no existe disposición alguna en el sentido referenciado.

¿Por qué quiere que empresas como Saludcoop formen especialistas? 

Esa no es la idea. Jamás hemos pensado en algo así. Pero creemos que, para poner algunos ejemplos, la Fundación Santa Fe o la Fundación Cardioinfantil o el Hospital Pablo Tobón Uribe o la Fundación Cardiovascular de Bucaramanga, previo aval del Ministerio de Educación, podrían formar especialistas. Es una propuesta para discusión que no debería descartarse con base en legalismos o prejuicios.

¿Qué va a pasar con la política farmacéutica y la oferta de medicamentos y los medicamentos biológicos?

El Gobierno Nacional establecerá una Política Farmacéutica Nacional, programática e integral en la que se identifiquen las estrategias, prioridades, mecanismos de financiación, adquisición, almacenamiento, producción, compra y distribución de los insumos, tecnologías y medicamentos, así como los mecanismos de regulación de precios de medicamentos. Esta política estará basada en criterios de necesidad, calidad, costo efectividad, suficiencia y oportunidad.

Con el objetivo de mantener la transparencia en la oferta de medicamentos necesarios para proteger el derecho fundamental a la salud, una vez por semestre la entidad responsable de la expedición del registro sanitario, emitirá un informe de carácter público sobre los registros otorgados a nuevos medicamentos incluyendo la respectiva información terapéutica. Así mismo, remitirá un listado de los registros negados y un breve resumen de las razones que justificaron dicha determinación.

Artículo 23. Ley estatutaria

Medicamentos biológicos y tecnológicos no están dentro del Proyecto de Ley. El Ministerio de salud y Protección Social adelanta una Consulta Pública sobre el proyecto de decreto "Por el cual se reglamenta, para propósitos del registro sanitario, el procedimiento de evaluación de calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos biológicos y se dictan otras disposiciones"  Mayor información

¿Qué va a pasar con los medicamentos de alto costo si se van a controlar?, ¿cómo lo van hacer?

Gobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Salud y Protección Social, estará a cargo de regular los precios de los medicamentos a nivel nacional para los principios activos. Dichos precios se determinarán con base en comparaciones internacionales. En todo caso no podrán superar el precio internacional de referencia de acuerdo con la metodología que defina el Gobierno  Nacional.

Se regularán los precios de los medicamentos hasta la salida del proveedor mayorista. El Gobierno Nacional deberá regular el margen de distribución y comercialización cuando éste no refleje condiciones competitivas. Artículo 23 de la Ley Estatutaria.

¿Qué va a pasar con los seguros de salud, ya que soy directamente afectada pagando doble salud la eps y una póliza?

Actualmente el texto del proyecto de ley “Por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”, no contempla preceptos sobre el tema de su interés

Información del Ministerio de Salud