La pensión no es sólo un tema para personas mayores, pues todos los colombianos que comenzamos una vida laboral debemos tener claro cuál será el mecanismo de protección para nuestra vejez.
En otras palabras, ¿de dónde provendrán nuestros recursos económicos una vez culminemos nuestro ciclo laboral?, o si tenemos un negocio independiente, ¿qué pasará el día en que no podamos trabajar y no exista forma de manejarlo?
Para comenzar desde lo básico, la pensión es un recurso económico que se recibe luego de que se cumple una serie de requisitos según el régimen al que se pertenezca o una situación diferente a vejez como la llamada “pensión por invalidez” así como la “pensión de sobrevivientes”. Los recursos provienen del ahorro que haga cada persona a lo largo de su vida y pueden ser entregados por el Estado o por un fondo privado.
Hoy en Urna de Cristal, te describiremos cuáles son las opciones que existen para emprender el camino hacia tu pensión, independientemente de tu edad o tipo de trabajo y cómo acceder a ellas, nos centraremos únicamente en la pensión por vejez.
Existen 2 opciones opciones, cada una con características bien definidas, estas son:
Régimen de Prima Media
Este es un fondo común administrado por el Estado, allí los colombianos realizan aportes a lo largo de su vida laboral durante 1300 semanas. Así mismo los hombres deben tener una edad de 62 años, y las mujeres 57 años. Lo más relevante que debes saber de este sistema es:
Si eres trabajador Dependiente debes:
- Diligenciar el formulario de vinculación (El formulario se encuentra disponible en cualquier Punto de Atención Colpensiones o a través del portal de la Entidad www.colpensiones.gov.co)
- Haz firmar el formulario por el empleador o por la persona designada para ello en la empresa donde laboras. Por supuesto tú también lo debes firmar
- Debes presentar fotocopia del documento de identificación.
- Finalmente debes radicar los documentos en cualquier Punto de Atención.
Si eres trabajador Independiente y aún no estás afiliado al Sistema General de Pensiones, puedes realizar la vinculación inicial a COLPENSIONES siguiendo estos pasos:
- Diligencia y firma el formulario de vinculación (El formulario se encuentra disponible en cualquier Punto de Atención Colpensiones o a través del portal de la Entidad www.colpensiones.gov.co).
- Presenta tu documento de identificación.
- Radica los documentos en cualquier Punto de Atención Colpensiones.
Una vez afiliado, la empresa se encargará de realizar los aportes, o lo harás tú directamente si eres independiente a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes . Si eres independiente, el monto de tu sueldo mensual que deberás aportar se calcula multiplicando este valor por 40% (0,4) y este resultado a su vez por 16% (0,16).
Por ejemplo si ganas 2 millones de pesos al mes, el 40% de este valor es 800 mil pesos, ese es tu IBC o índice base de cotización. A este IBC debes extraerle el 16% el cual es 128 mil pesos para este ejemplo, y ese será el valor correspondiente que deberás aportar para tu pensión. Si eres dependiente, debes enterarte del porcentaje de tu sueldo asignado para pensión a través de tu empresa. Recuerda que a este se suma el pago de salud y riesgos laborales.
La pensión que recibirás luego de cumplir las semanas y la edad deberás solicitarla directamente con Colpensiones a través de tu historia laboral en la que aparece el número de semanas aportado. Esta será revisada en detalle, y por ley, la entidad tendrá 4 meses para resolverla.
Régimen de Fondos Privados
Como su nombre lo indica, este es administrado por diversas empresas privadas. Allí los recursos aportados van a una cuenta de ahorro individual y el monto de la pensión depende del capital ahorrado.
- Las empresas empresas reciben estos recursos y los invierten en el mercado financiero; esto hace que existan ganancias o pérdidas de acuerdo a la situación económica. Para este régimen se requiere un total de 1150 semanas cotizadas.
- Aquí tienes la posibilidad de realizar aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorias con el fin de incrementar el monto de tu pensión y anticiparla.
- No existe un valor máximo de pensión, es decir que puedes recibir un monto superior al máximo establecido por el Régimen de Prima Media.
- Los requisitos de afiliación dependen del Fondo que elijas, pero por lo general se trata también de formularios y documentos de identificación.
- En caso de fallecimiento, el monto que hayas ahorrado es heredable.
En en los Fondos Privados existen 3 modalidades de pensión los cuales te describimos brevemente:
a. Renta vitalicia inmediata
Tus ahorros son transferidos a una compañía de seguros, la cual debe pagarte el monto convenido, así como la sobrevivencia. Debes tener en cuenta que al tomar esta decisión no puedes revocarla o modificarla, y como se señaló anteriormente estos montos son heredables en caso de fallecimiento. Este tiene un incremento anual de acuerdo a la inflación.
b. Retiro programado
El Fondo de Pensiones te realizará los pagos de acuerdo a los recursos ahorrados en tu cuenta individual. Este monto se calcula cada año teniendo en cuenta el saldo de la cuenta así como la rentabilidad (rendimiento del Fondo de Pensiones) y expectativas de vida.
c. Retiro programado con renta vitalicia diferida
Es de cierta forma la combinación de las dos opciones mencionadas anteriormente. Recibes tu pensión pro parte del Fondo, y otra pensión desde la compañía de seguros. El Fondo determina cuánto recibirás en el periodo de retiro programado, pero tú decides por cuánto tiempo tendrás esta pensión. Posteriormente, recibirás los recursos desde la compañía de seguros una vez seas pensionado.
Estos son sólo algunos de los aspectos relacionados con el sistema pensional en nuestro país, te invitamos a profundizar toda la información directamente en el sitio web de Colpensiones o del Fondo Privado de tu preferencia. Lo más importante es entender que es una tarea que debes inicia desde ahora si aún no tienes clara la forma en que garantizarás una vejez digna.
Estas son 5 preguntas y respuestas que te ayudarán a entender mejor los aspectos pensionales:
- ¿Qué diferencias hay entre ahorrar con Colpensiones y en un fondo privado?
- ¿Cómo se calcula el monto que debo ahorrar para la pensión en Colpensiones?
- ¿Si uno sale del país puede seguir ahorrando para la pensión?
- ¿Si trabajé hace años en una empresa que ya no existe, esas semanas se pierden?
- ¿En qué consiste la pensión familiar y para quiénes aplica?