Más trabajo con la Ley de primer empleo

Enviado por Anónimo (no verificado) el 10/11/2018
10/11/2018
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Conoce todo sobre la Ley de Primer Empleo

La ley de primer empleo es una normativa que tiene como objetivo facilitar el acceso a la oferta de empleo de los menores de 28 años y recién graduados entre otros. La idea es reducir la dificultad para conseguir trabajo y la falta de oportunidades de acceso laboral de los jóvenes. Esta ley da incentivos a empresas que empleen a los jóvenes. A corte de noviembre de 2012 se reportaron en Colombia 466.164 empleos formalizados a través de la Ley del Primer Empleo. Deja todas tus preguntas sobre trabajo ACÁ. Al final de este escrito encontrarás el texto completo de la ley de primer empleo.

Abecé de la Ley de Primer empleo

¿Cuáles son los objetivos de la ley de primer empleo?

Formalizar empleos y empresas que hoy son informales, generar más empleos formales y mejorar ingresos de la población informal, de los desempleados en condiciones de desventaja y de los pequeños empresarios.

¿Quiénes se benefician de esta ley?

  • Las nuevas pequeñas empresas que empiecen a funcionar formalmente, es decir, que operen con su debida matrícula mercantil expedida por las cámaras de comercio. 
  • Las pequeñas empresas que antes de la Ley operaban informalmente, es decir, sin matrícula mercantil. 
  • Todas las empresas formales creadas antes de la Ley 1429, sin importar su tamaño. Lo colombianos menores de 28 años de edad. 
  • La personas en condición de desplazamiento, en proceso de reintegración o en situación de discapacidad. 
  • Mujeres mayores de 40 años de edad que no hayan tenido un contrato de trabajo en los 12 meses anteriores a su vinculación laboral. 
  • La madres cabeza de familia que estén en los niveles 1 y 2 del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén). 
  • Los empleados que devenguen menos de 1,5 salarios mínimos (menos de $850.050 en 2012) y que aparezcan por primera vez cotizando a la seguridad social. 

¿Cómo acceder al beneficio si se es empresario?

Para acceder a los beneficios debe haber cumplido con los lineamientos que establece la misma: formalizarse o crear empresa, contratar el tipo de personal que estipula la ley, incrementar la nómina y no reemplazar personal antiguo.

¿Cuáles son los beneficios para los jóvenes menores de 28 años que creen empresas?

Las nuevas y pequeñas empresas que se formalicen o que se creen a partir de la vigencia de esta ley tendrán beneficios tributarios en el pago de impuestos, parafiscales, matrícula mercantil y su renovación, así como el diseño de programas especiales para crédito y microcrédito que faciliten la financiación de sus proyectos. Las pequeñas empresas que se creen en este año o comiencen su actividad este año, pagarán el impuesto de renta en forma gradual. En principio, en los dos primeros años no pagan. En el tercero, el 25%. En el cuarto, el 50%. En el quinto, el 75%, y en el sexto, el 100%.

¿Qué pasa con los trabajadores, se quedan sin los servicios que se perciben por el pago de parafiscales?

No, los trabajadores gozarán de todos los beneficios y servicios derivados de los aportes mencionados desde el comienzo de su relación laboral. Existe una excepción en el caso de las cajas de compensación familiar y es que los trabajadores tendrán derecho a los servicios sociales, turismo social y capacitación en los dos primeros años, y sólo en el tercer año tendrán derecho a percibir la cuota monetaria de subsidio en proporción al aporte realizado y subsidio de vivienda.

¿Entonces no hay que presentar declaración de renta?

Los beneficios otorgados en impuesto de renta, parafiscales y matrícula mercantil se aplican sin perjuicio de la obligación que tienen las pequeñas empresas de presentar declaraciones tributarias y cumplir sus obligaciones laborales y comerciales relacionadas con el registro mercantil.

¿Cómo se establece un control para que los avivatos no se beneficien de los descuentos?

Los beneficios sólo aplican para nuevos empleos, entendiendo como nuevos empleos aquellas personas que aparezcan por primera vez en la base de datos de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila) o que, apareciendo en ella, lo hayan sido como trabajadores independientes. De esta manera, no sólo se controla que se intente, a través de la fusión de empresas, acceder a los beneficios, sino también que se pretenda pedir los beneficios por contratar personal nuevo en reemplazo de personal contratado con anterioridad.

El empleador responsable del impuesto debe incrementar el número de empleados en relación con el número que cotizaban el año inmediatamente anterior y haber incrementado el valor total de la nómina del mes de diciembre del año inmediatamente anterior al que se va a realizar el descuento.

¿El contrato de trabajo puede ser interrumpido durante el año? ¿Se puede contratar nuevamente a alguien que fue beneficiario?

Si fue beneficiario, ya no se puede considerar un primer empleo y los beneficios sólo aplican para nuevos empleos. Además, éstos no son acumulables. Ahora bien, el contrato no se puede interrumpir si se quiere ser beneficiario de la ley.

Texto completo de la Ley de Primer Empleo