Estas son las funciones de los consejeros juveniles

Enviado por leforero el 06/12/2021
06/12/2021
Imagen de noticia
Foto de Element5 Digital en Pexels

Los Consejos de Juventudes fueron creados para garantizar la participación, concertación y control de las actividades e iniciativas para los jóvenes, además de estar al pendiente de lo que se desarrolle en las entidades de sus territorios.

Este domingo, 5 de diciembre, en el país se adelantaron por primera vez unas votaciones juveniles, en las que más de 12 millones de jóvenes en edades entre los 14 y los 28 años estaban habilitados para elegir a sus representantes en los Consejos de Juventud. En total se escogieron a 10.837 consejeros.

Conoce las funciones de los consejeros juveniles 

  1. Actuar como mecanismo válido de interlocución y concertación ante la administración, las entidades públicas y las organizaciones privadas, en los temas relativos a juventud.

  2. Proponerles a las respectivas autoridades planes, programas, y demás normas relativas a juventud. Así como concertar su inclusión en los planes de desarrollo, de acuerdo con la agenda juvenil acordada al interior del subsistema de participación.

  3. Establecer estrategias para que los jóvenes participen en el diseño de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo dirigidos a la juventud.

  4. Participar en el diseño y desarrollo de agendas municipales, distritales, departamentales y nacionales de juventud.

  5. Presentar informes semestrales de su gestión, trabajo y avances en audiencia pública, convocada ampliamente y con la participación de los diversos sectores institucionales y de juventudes.

  6. Ejercer veeduría y control social a los planes de desarrollo, las políticas públicas de juventud y la ejecución de las agendas territoriales de las juventudes.

  7. Interactuar con las entidades públicas que desarrollen procesos con el sector, y coordinar con ellas acciones conjuntas.

  8. Promover la difusión, respeto y ejercicio de los derechos humanos, civiles, sociales y políticos de la juventud, así como sus deberes.

  9. Elegir representantes ante las instancias que traten los asuntos de juventud, y cuyas regulaciones o estatutos así lo dispongan.

  10. Participar en el diseño e implementación de las políticas, programas y proyectos dirigidos a la población joven en las respectivas entidades territoriales.

  11. Es compromiso de los Consejos de Juventud, luego de constituidos, presentar un plan unificado de trabajo que oriente su gestión durante el periodo para el que fueron elegidos.

  12. Adoptar su propio reglamento interno de organización y funcionamiento.

Así los jóvenes demostraron en la urna que han vuelto a creer en las Instituciones.