Una de las principales modificaciones que trajo la reforma tributaria fue la modificación de la retención en la fuente, que afecta principalmente a quienes laboran como contratistas.
Lo primero que hay que decir, es que la nueva tabla de retención está reglamentada por el Decreto No. 99 de 2013 y que entra a regir desde el 1° de abril de 2013.
La tabla de retenciones se mide por lo que se conoce como Unidad de Valor Tributario (UVT), la cual equivale a $26.841 pesos. Así las cosas, según señala el decreto, los contratistas que ganen menos de $2’549.895 pesos no deben pagar nada de retención.
Si tus ingresos son de $2’549.895 pesos hasta $4’026.150 pesos deberás pagar el 19% de retención. Y si tus ingresos son de $4’026.150 pesos hasta $9’662.760 deberás contribuir con el 28% sobre dicho valor.
Eso en el caso de contratistas, porque en el caso de los contratos de nómina o contratos laborales la deducción se hace descontando el valor de los aportes a seguridad social. Según la tabla de retención en la fuente, si su sueldo mensual es menor a 128,96 UVT, es decir $3’461.415, no tendrá que cancelar ningún valor.
Si ganas cerca de $5’465.000 pesos el valor a pagar será de $59.318 pesos, mientras que si ganas más de $7’600.000 pesos el costo será superior a $228.000 pesos.
Esto aplicará después del 1° de abril de 2013.
Tabla de retención para ingresos laborales grabados