Uno de los trámites deberes más importantes para los colombianos es definir la situación militar . Para aclarar todas las inquietudes al respecto, nos acompañó el Capitán Andrés Rengifo de la Dirección de Reclutamiento del Ejército Nacional, quien habló sobre las disposiciones a la hora de incorporarse a la institución o adquirir la libreta militar en diversas circunstancias.
Nuestro invitado advirtió que “todos los jóvenes, sin excepción, deben presentarse a la cita de incorporación, esto no quiere decir que vayan a ser incluidos en las filas necesariamente” pues esto depende de circunstancias particulares, algunas de ellas son:
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Ciudadanos condenados.
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Hijos únicos.
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Huérfanos de padre y madre, que con su trabajo atiendan el sustento de sus hermanos.
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El hijo de padres incapacitados para trabajar o mayores de 60 años, cuando éstos carezcan de renta, pensión o medios de subsistencia, siempre que dicho hijo vele por ellos.
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Los casados que hagan vida conyugal.
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Los inhábiles relativos y permanentes.
Estas condiciones deben ser comprobadas con los soportes correspondientes, por lo tanto todos los ciudadanos varones deben presentarse independientemente de la exención que tengan; posteriormente el Distrito generará un recibo de pago cuyo valor corresponde al 1% del patrimonio sumado al 60% líquido de los ingresos mensuales de los padres. Esto aplica para personas menores de 25 años.
Quienes no se presenten a la cita serán considerados como remisos y deberán pagar una multa que corresponde al 20% de un salario mínimo legal vigente por cada año que pase y podrán ser llevados por las autoridades a la prestación obligatoria del servicio en su condición de infractores de ley.
Urna de Cristal Radio - Emisión 30/10/2013 by Urnadecristal on Mixcloud